Si hicimos un reclamación, antes de la sentencia, esas reclamaciones las denegaban sin excepción, despues había que recurrir, y ese paso se nos pasó, con lo que se da por cerrado el caso.
Hay algún caso de alguien que antes de la sentencia del Tribunal Supremo haya presentado una solicitud de rectificación, es que es mi caso, y parece ser que los que en su día reclamamos ahora no lo podemos hacer si no recurrimos la decisión, por que Hacienda entiende que es un acto consentido y firme, vamos que nos la mete doblada.
Solicitudes desestimadas con resolución firme: la falta de impugnación en tiempo y forma del acuerdo desestimatorio de rectificación de autoliquidación hace que se convierta en
un acto firme y consentido y, por tanto, el contribuyente
no puede volver a solicitar la rectificación de la autoliquidación ni a recurrirlo.