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Jero1317

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Jero1317 04/01/09 14:05
Ha respondido al tema Contratar seguro antes o despues de la reforma?
Bienvenido Eltiotino: Yo lo contrataría antes de la reforma, y con los valores que vaya a tener después (normalmente todos nos olvidamos de actualizar nuestro seguro después de una reforma o de haber comprado más muebles) En un piso normal, ninguna aseguradora va a ir a inspeccionar tu casa antes de asegurarla (Castillos en Escocia, es otra historia) :-) El continente no es caro de asegurar, así que no te compliques la vida con que si hay seguro de comunidad o qué me cubre el seguro de la comunidad y qué no. Valora tu vivienda en base a 1000 - 1200 euros metro cuadrado en función de las calidades y hazlo por ese valor. En cuanto al contenido, puedes echar un vistazo a la página 3 de la pregunta que hizo Clemenza en este foro hace unos días. Y atento a la garantía de responsabilidad civil si vas a hacer obras. Hay compañías que sí la cubren (que te metas en el salón del vecino al tirar un tabique, por ejemplo) y otras que no. Y también ponen sus limitaciones en cuanto al valor máximo de la obra que puedes hacer para tener cobertura. Del mismo modo, hay aseguradoras que excluyen los daños que se causen a la vivienda con motivo de las obras de reforma (que te lleves por delante un cable de la luz picando, y se provoque un incendio por ejemplo) Mi consejo es el de siempre, usa Internet para tener una idea de los precios, pero para contratar acude a un mediador (agente exclusivo, vinculado, corredor, operador banca-seguros) el que sea; pero que te lo explique detalladamente, y sea capaz de resolver todas las dudas que le expongas; que te inspire confianza y que sea capaz de dar la cara por ti cuando haya un siniestro. Saludos.
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Jero1317 02/01/09 20:19
Ha respondido al tema Seguro de vida y suicido: alguien que me asesore?
Complicado y delicado el asunto. Habría que valorar si dejó de pagar una de las mensualidades de un seguro anual, en el caso de que éste se cobrase por mensualidades, o fue la renovación anual de la póliza. ¿Expresó por escrito su deseo de anular el seguro? ¿Devolvió el recibo bancario o es que no había saldo en la cuenta para atender el pago? Si era un seguro para pagar la hipoteca (protección de préstamos), ¿era él el tomador o lo era la entidad hipotecaria? ¿Le notificó fehacientemente la aseguradora la cancelación de la póliza? Como muy bien dice "Insurance", a un buen abogado especializado en seguros; y como referencia quizá os sirva en algo una sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba de 2 de Octubre de 1998 (Rollo de apelación 174/98) Pero también teneis que valorar el coste del procedimiento y el riesgo de perderlo frente al importe del seguro. Suerte.
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Jero1317 02/01/09 17:58
Ha respondido al tema Seguro de Hogar y Vida, donde encontrar mejor relacion c-p?
No vale con que tu sostengas que el total son 15.000 El perito de la aseguradora valorará todo lo que tienes en tu casa, y a ello le sumará lo robado; y si ese total es superior a 15.000 te aplicará una regla proporcional por insuficiencia de capitales. Por supuesto que tu puedes nombrar un perito por tu cuenta (y pagarle) para que "negocie" con el perito de la aseguradora; y si no hay acuerdo entre ellos, deberán nombrar un tercer perito (honorarios a medias entre tu y la aseguradora) y etc., etc., etc. ¿No te parece un cisco de tres pares todo eso? Al final "tragas" con lo que te ofrezca el seguro, te acuerdas de la madre que les parió y te dedicas a poner a parir a la aseguradora. Tú mismo. Saludos.
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Jero1317 02/01/09 16:28
Ha respondido al tema Seguro de Hogar y Vida, donde encontrar mejor relacion c-p?
Se me olvidaba (es que esto da para mucho): También hay compañías que te pueden ofrecer que tanto para Continente como para Contenido, la indemnización en caso de siniestro se limite a una cantidad máxima, (lo que tú decías)sin que tengas que hacer el seguro por los valores totales del Continente y del Contenido, y sin que te puedan poner problemas porque esté bajo el seguro en caso de siniestro. El problema no sólo es el de un siniestro importante (se agotaría el capital asegurado) sino que muchas veces sale más caro ese seguro que el de otra compañía en la que asegures a valor total. Aunque todo ello depende de los valores totales de Continente y Contenido que tengas. En fin, todo es un tremendo lío cuando lo más que va a pasar es que se rompa el bote sifónico y mojemos el techo del baño del vecino de abajo, ¿o no? Saludetes.
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Jero1317 02/01/09 13:44
Ha respondido al tema Seguro de Hogar y Vida, donde encontrar mejor relacion c-p?
Gracias Fernan2 por lo de puesto. Es mi oficio y soy un verdadero asco de meticuloso por decirlo finamente. Trataré de ser breve porque tu pregunta de asegurar sólo por 15 lo que vale 30 tiene "miga". Supongamos que tienes un contenido por valor a nuevo de 30 y que lo aseguras por 15. Si te lo roban todo no hay problema, la compañía te paga 15 y "arreglado". Si sólo te roban 15, viene el problema. Tú dirías que te han robado lo que tenías asegurado y la aseguradora diría que te han robado justo lo que no tenías asegurado. Si por tí fuese te deberían pagar 15 y si fuese por la compañía te debería pagar 0. Para evitar ese problema, se te paga en la misma proporción que lo aseguraste. Es decir el 50% (15 asegurados frente a 30 reales) de lo que te haya ocurrido. Te pagarían 7,5 para unos daños por valor de 15. En una póliza de hogar (y de otros ramos) así será para los temas de incendio, daños por agua, robo, etc. Para responsabilidad civil y otras garantías, no. Ahí aseguras "hasta". Ese "hasta" será el máximo que pagará la aseguradora. Luego todo se complica más con el tema de los "objetos de valor" y las "joyas". Hay seguros que los incluyen, otro no. Y hasta ciertos límites. Hay una compañía que a las bicicletas caras las considera "objetos de valor especial" Saludos.
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Jero1317 02/01/09 00:15
Ha respondido al tema Compañía de seguros no cumple con Ley del Contrato de Seguro. ¿Cómo proceder?
Lamento discrepar "ASESORmutua". Una aseguradora no puede cancelar el contrato anticipadamente a su vencimiento después de un siniestro. Eso pasó a la historia hace muchísimos años, y la Dirección General de Seguros ya se ha pronunciado muchísimas veces al respecto. Tienen que mantenerte asegurado tengas 1 siniestro al año o al día. Siempre tiene que esperar al vencimiento anual con preaviso de 2 meses. (No hablamos de los denominador "grandes riesgos" para los que no opera la Ley 50/80 de Contrato de Seguro) Un saludo.
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Jero1317 02/01/09 00:06
Ha respondido al tema Seguro de Hogar y Vida, donde encontrar mejor relacion c-p?
Hola a todos: ¿Y no estaría mejor que los que andamos por aquí y trabajamos en el sector asegurador en lugar de tratar de vender nuestro producto, nos dedicásemos a asesorar de un modo imparcial? Más que otra cosa, porque creo que a ninguno de nosotros nos va a arreglar el ejercicio que comienza, una póliza más o menos de hogar y/o de vida riesgo sobre dos cabezas. En mi opinión deberías buscar un mediador de seguros (en principio un corredor te puede ofrecer más opciones que un agente exclusivo o vinculado) y que te explique posibilidades de aseguramiento después de conocer tus necesidades. Cualquier producto del mercado asegurador (incluido un seguro de hogar o de autos) es algo verdaderamente complejo en cuanto a coberturas y exclusiones; y en función de cual sea tu vivienda y qué tengas en ella, una aseguradora se adaptará mejor que otra. Y para terminar, y perdón por el rollo, ¿realmente si sumas a valor de nueva adquisición TODO lo que tienes dentro de tu casa, sólo vale 15.000 euros? Un saludo.
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Jero1317 01/01/09 23:44
Ha respondido al tema Con cuanto tiempo tengo que avisar de una baja de seguro
Hola a todos: Sólo una puntualización a lo que dice Landri, en lo referente al aumento de prima para sucesivas anualidades por parte de las aseguradoras. Si la modificación de la prima está prevista en el contrato, determinando su importe o, al menos, los medios automáticos para su cálculo; no constituye una modificación contractual del artículo 1203.1 del Código Civil, por lo que no necesita ser comunicada al tomador del seguro con dos meses de antelación. Si esa modificación no estuviese prevista en el contrato de seguro, y la aseguradora no respetase el plazo de dos meses para comunicarla, no podría subir el precio del seguro para la siguiente anualidad. Hace unos meses saltó una polémica a este respecto en los medios de comunicación, más demagógica que otra cosa, pues prácticamente todas las pólizas de seguros de cualquier ramo ya preveen la modificación de prima. Un saludo.
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