Pero se refiere a una entidad financiera, el empleado del banco que le dice al cliente en qué producto invertir, que podría recomentarles productos que no son apropiados, preferentes, etc. No creo que tenga que ver con la opiniones que se publican en un foro en Internet. Solo faltaría eso
En caso de coger acciones, no me queda claro cuál es el precio fiscal de compra.
Sabéis si diluye el precio de las que tengo en cartera? coste cero? o coste medio autocartera (14.828€)
¿El "valor de referencia que se fije por el Consejo de Administración" se va a calcular antes o después de descontar el dividendo del precio de la acción?.
Porque si se hace antes (que es lo que entiendo), con la cotización actual 15,25 me sale un descuento por dividendo de 2.426%. El descuento real que estarían aplicando optando por acciones de autocartera sería de 0.574%.
La fecha que tienes que tener en cuenta no es cuando dan el dividendo, sino el "Last Trading Date", que es la última fecha a la puedes comprar la acción para tener derecho al dividendo. Si la compras en el Last Trading Date o antes, cobras dividendo y si la compras después, no.
El descuento en el precio de la acción ocurre en el día siguiente al Last Trading Date, con los que si compras después de esa fecha y te quedas sin dividendo, la compras con el descuento. No te puede ocurrir eso que comentas.
Puedes poner un stop loss 0.1% por debajo y uno de ganancia en el 1%. Pero tienen que tener en cuenta que la probabilidad de que salten no es la misma. Por cada vez que salte el de ganancias va a saltar 10 veces el de pérdida y te quedas igual. Esto sin tener en cuenta las comisiones. Eso no puede funcionar en la vida.
Cualquier empresa que tenga beneficios va a ir superando siempre los maximos históricos en un gráfico con dividendos, que es el que has puesto. De ninguna manera se puede deducir que no es buen momento.
Hola,
el próximo lunes 13 de julio empiezan a cotizar las nuevas acciones prodcedentes de la ampliación.
http://www.abertis.com/dyndata/HR_Adminision_nuevas_acciones_AK_2.pdf
Saludos
Todavía no se ha comunicado la fecha exacta.
Según el hecho relevante:
"Se solicitará la admisión a negociación en las Bolsas de Valores de Barcelona, Bilbao, Madrid y Valencia en el plazo máximo de un mes desde la fecha del cierre del período de asignación gratuita"
y la fecha de cierre es el 29 de junio, o sea, hasta el 29 de julio.
Hola,
creo que te equivocas. Según la ley de 2006:
"Cuando se trate de acciones totalmente liberadas, el valor de adquisición tanto de éstas como de las que procedan resultará de repartir el coste total entre el número de títulos, tanto los antiguos como los liberados que correspondan."
No sé si con la reforma ha cambiado algo la cosa, pero creo que no.
Ejemplo:
Compra de 100 acciones a 10 euros
Scrip dividend de 20 a 1
Cuando obtengas las nuevas acciones tendrás 105 acciones a un precio de compra de 1000/105=9,52
Ese ETF reparte dividendos y no se tiene en cuenta en la gráfica. Un gráfico sin ajustar por dividendo no sirve para estimar la rentabilidad.
Este es el gráfico del IBEX Total Return.
Esta es la rentabilidad que se habría obtenido con una cartera que replicara el IBEX 35
Según el nuevo libro de tarifas de ING Direct:
8€ hasta 30.000
0,20% para más de 30.000
Entonces para operaciones de 30.000,01 cobran 60€!. Sale más barato repartir en varias operaciones. No entiendo esta política de tarifas.
No hay ningún riesgo. La venta de las acciones no afecta a los derechos puesto que ya los tenía a la fecha de referencia. Por no ejercitarlos tampoco. Si no comunica nada a su broker se le convertirán en nuevas acciones, una por cada 44 derechos, que recibirá el 6 de febrero.
Hola,
los fondos de inversión no cotizan.
Si no estoy equivocado se valoran a determinada hora y ese es el precio que se aplica a las órdenes de suscripción-reembolso del día anterior. Ese valor liquidativo es el que se publica y no cambia hasta el día siguiente que se vuelva a valorar.
Puede vender las que quieras, las de ClickTrade o las de IB, pero a la hora de calcular la plusvalía-minusvalía se considera que vendes las que compraste antes, es decir, las de clickTrade si tienes suficientes para cancelar la venta.
No tienes que demostrar nada a Hacienda, ellos sabes exactamente lo que estás haciendo, lo ven todo.
Por cierto dices que quieres esperar a que te den las nuevas acciones. Si tienes asignados derechos de una ampliación puedes venderlas si quieres y recibiras las nuevas igual.
Esto es una noticia, y como esta hay muchas más. Yo me refería a un documento oficial o nota de prensa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que no lo acabo de encontrar.