Parece ser que el convenio de indemnización directa no está considerado, dentro de las claúsulas del seguro de defensa jurídica de mi aseguradora, como causa para argumentar conflicto de intereses y por tanto para optar a la libre elección de abogado.
¿Aclara la Ley de Seguros algo en este sentido?
Saludos.
Gracias por vuestras respuestas. La libre eleccion por conflicto de intereses no está clara en este caso (dos compañías de seguro distintas) a no ser que el que tengan suscrito convenio de indemnización entre ambas pueda significar conflicto de intereses.
Ya intenté hablar con el contrario, pero no ha accedido a firmar otro parte.
Gracias a todos, de nuevo.