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javivi232

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javivi232 28/10/14 21:22
Ha recomendado Re: Problemas con Tecnocasa - inmobiliaria de ahorro
javivi232 14/10/14 09:45
Ha respondido al tema ¿Se pueden hacer compras online con Visa Cepsa sin necesitar el código que envían al móvil?
Pues creo que te lo han explicado mal, recibir SMS es gratis. http://www.movistar.es/Microsites/roaming-v3/tarifas-roaming-RES-zona1.html
javivi232 13/10/14 19:58
Ha respondido al tema ¿Se pueden hacer compras online con Visa Cepsa sin necesitar el código que envían al móvil?
Estando en roaming creo que ninguna operadora de telefonía cobra por recibir SMS o por lo menos la mía.
javivi232 11/10/14 12:15
Ha respondido al tema ¿Se puede pagar el impuesto de circulación a través de algún banco online?
Si es en Madrid, se puede pagar con tarjeta de crédito desde hace varios años
javivi232 05/10/14 11:22
Ha respondido al tema Nuevos clientes iSantander
https://www.isantander.es/contacto En iSantander siempre tendrás una respuesta inmediata para todas tus dudas y consultas. Te ofrecemos una amplia gama de posibilidades para que contactes con nosotros estés donde estés y en cualquier momento. ¿CÓMO PUEDES CONTACTAR? Servicio de Chat. De lunes a sábado de 9 a 22 horas puedes hacer todas tus consultas sobre los productos de iSantander directamente con uno de nuestros agentes. Acceder. Teléfono. Estaremos encantados de atenderte en nuestra Línea iSantander en el 902 303 308 (91 558 91 14 si tienes tarifa plana) de lunes a sábado de 8 a 22 horas. Correo electrónico. Escríbenos todas tus consultas a tuoficina@isantander.es
javivi232 04/10/14 13:06
Ha respondido al tema Hipoteca con seguro de vida. ¿Abusiva?
El artículo 5 de la Ley 26/2006 dice: Artículo 5. Prohibiciones. 1. No podrán ejercer la actividad de mediador de seguros y de reaseguros privados las personas que no figuren inscritas en el Registro previsto en el artículo 52 de esta Ley. Tampoco podrán ejercer la actividad de mediador de seguros privados, ni por sí ni por medio de persona interpuesta, las personas que por disposición general o especial tengan prohibido el ejercicio del comercio. Igualmente, no podrá ejercerse la actividad de mediación de seguros, ni por sí ni por medio de persona interpuesta, en relación con las personas o entidades que se encuentren sujetas por vínculos de dependencia o sujeción especial con el mediador, por razón de las específicas competencias o facultades de dirección de este último, que puedan poner en concreto peligro la libertad de los interesados en la contratación de los seguros o en la elección de la entidad aseguradora. 2. Los mediadores de seguros y de reaseguros privados no podrán: a) Asumir directa o indirectamente la cobertura de ninguna clase de riesgos ni tomar a su cargo, en todo o en parte, la siniestralidad objeto del seguro, siendo nulo todo pacto en contrario. b) Realizar actividades de mediación para las sociedades, mutuas y cooperativas a prima variable. c) Realizar la actividad de mediación en favor de entidades que no cumplan los requisitos legalmente exigidos para operar en España, o que actúen transgrediendo los límites de la autorización concedida. d) Utilizar en la denominación social y en la publicidad e identificación de sus operaciones mercantiles expresiones que estén reservadas a las entidades aseguradoras o reaseguradoras que puedan inducir a confusión con ellas, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 17.1, en el artículo 22, en el artículo 25.3 y en el artículo 33.3 de esta Ley. e) Imponer directa o indirectamente la celebración de un contrato de seguro. f) Añadir recargos a los recibos de prima emitidos por las entidades aseguradoras, siendo nulo cualquier pacto en contrario. g) Celebrar en nombre de su cliente un contrato de seguro sin el consentimiento de éste. 3. Excepto los supuestos previstos en el artículo 3.2 de esta Ley, las entidades aseguradoras o reaseguradoras no podrán aceptar los servicios proporcionados por mediadores de seguros o de reaseguros que no estén inscritos en un Registro legalmente admisible con arreglo a la normativa de un Estado miembro del Espacio Económico Europeo. En ningún sitio habla de bancos, este artículo hace referencia a MEDIADORES de SEGUROS y creo que el banco no está actuando como tal, por lo tanto salvo que sea una interpretación errónea, no creo que aplique esta ley. Es interesante LEER este artículo donde una asociación de corredurías de seguros lanzó una campana informativa que ha tenido que retirar porque un PUEDE SER ILEGAL no es lo mismo que ES ILEGAL, juicios de valor los podemos hacer todos e interpretaciones de las leyes, pero la última palabra siempre la tiene un JUEZ y no he podido encontrar ninguna referencia a una sentencia que condene al banco en sus prácticas de "recomendar" contratar un seguro en su aseguradora favorita, al fin y al cabo él va a ser el beneficiario de la póliza, aunque la pagues tú. http://www.elconfidencial.com/vivienda/2014-02-14/si-te-vas-a-hipotecar-recuerda-la-banca-no-te-puede-obligar-a-contratar-ningun-seguro_86150/ Que cada uno saque sus conclusiones. I quit.
javivi232 03/10/14 21:14
Ha respondido al tema Hipoteca con seguro de vida. ¿Abusiva?
Yo no soy abogado y no entiendo de leyes, pero después de leer la ley por encima he encontrado cosas que hacen que no tenga tan claro lo que dices, hay que leer todo y no solo centrarse en una frase: Artículo 12 Prácticas de ventas vinculadas y combinadas 1. Los Estados miembros autorizarán las prácticas de ventas combinadas, pero prohibirán las prácticas de ventas vinculadas. 2. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, los Estados miembros podrán establecer que los prestamistas puedan pedir al consumidor, a un miembro de su familia o a un pariente próximo del mismo que: a) abra o mantenga una cuenta de pago o de ahorro, siempre que dicha cuenta tenga como única finalidad acumular capital para efectuar reembolsos del crédito, pagar intereses del mismo o agrupar recursos para obtener el crédito u ofrecer una seguridad adicional para el prestamista en caso de impago; b) abrir o mantener un producto de inversión o un producto de pensión privada, cuando el producto de inversión o el producto de pensión privada que ofrezca fundamentalmente al inversor unos ingresos tras su jubilación sirvan también para ofrecer una seguridad adicional al prestamista en caso de impago o acumular capital para efectuar reembolsos del crédito, pagar intereses del mismo o agrupar recursos con vistas a obtener el crédito; c) celebrar un contrato de crédito por separado en relación con un contrato de crédito para una propiedad compartida con vistas a obtener el crédito. 3. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, los Estados miembros podrán también permitir prácticas de ventas vinculadas cuando el prestamista pueda demostrar a su autoridad competente que los productos vinculados o las categorías de productos ofrecidos, en condiciones similares entre sí, que no se presenten por separado acarrean un claro beneficio a los consumidores, teniendo debidamente en cuenta la disponibilidad y los precios de los productos pertinentes ofrecidos en el mercado. El presente apartado se aplicará únicamente a los productos que se comercialicen a partir del 20 de marzo de 2014. 4. Los Estados miembros podrán permitir a los prestamistas que exijan al consumidor suscribir una póliza de seguros pertinente en relación con el contrato de crédito. En estos casos, los Estados miembros velarán por que el prestamista acepte la póliza de seguros de un proveedor distinto de su proveedor favorito cuando dicha póliza posea un nivel de garantía equivalente al nivel que haya propuesto el prestamista. Y leyendo lo siguiente me entran más dudas todavía de que no puedan obligarte a contratarlo donde ellos quieran: Sección "8. Otras obligaciones" 1. En esta sección, el prestamista indicará las obligaciones pertinentes, tales como la obligatoriedad de asegurar el bien, contratar un seguro de vida, domiciliar la nómina o adquirir otro producto o servicio. Para cada obligación, el prestamista especificará frente a quién se asume esta y en qué plazo debe satisfacerse. 2. El prestamista especificará la duración de la obligación (por ejemplo, hasta el final del contrato de crédito). El prestamista especificará, para cada obligación, todos los costes que deba pagar el consumidor y que no estén incluidos en la TAE. 3. El prestamista deberá indicar si, para obtener el crédito en los términos establecidos, son obligatorios para el consumidor servicios accesorios y, en caso afirmativo, si el consumidor está obligado a adquirirlos al proveedor preferido del prestamista o puede adquirirlos a un proveedor de su elección. Si esta posibilidad está supeditada a la condición de que los servicios accesorios reúnan unas características mínimas, el prestamista describirá esas características en esta sección. Cuando el contrato de crédito se combine con otros productos, el prestamista deberá indicar las características principales de esos otros productos y establecer claramente si el consumidor tiene derecho a rescindir por separado el contrato de crédito o los productos combinados, así como las condiciones y las consecuencias de dicha rescisión, y, si ha lugar, las consecuencias que pueda tener la rescisión de los servicios accesorios exigidos en relación con el contrato de crédito.
javivi232 03/10/14 20:47
Ha respondido al tema Hipoteca con seguro de vida. ¿Abusiva?
Me respondo a mí mismo: (57) La decisión del prestamista sobre la concesión o denegación del crédito debe ser coherente con el resultado de la evaluación de la solvencia. Por ejemplo, la capacidad del prestamista de transferir parte del riesgo crediticio a un tercero no debe llevarle a ignorar las conclusiones de la evaluación y con ello a ofrecer un crédito a un consumidor con pocas posibilidades de devolverlo. Los Estados miembros deben poder incorporar este principio a su Derecho nacional exigiendo a las autoridades competentes que tomen las medidas pertinentes en el marco de las actividades de supervisión y que vigilen el cumplimiento por los prestamistas de los procedimientos de evaluación de la solvencia. No obstante, el hecho de que la evaluación de la solvencia arroje un resultado positivo no debe comportar para el prestamista la obligación de conceder un crédito.
javivi232 03/10/14 20:33
Ha respondido al tema Hipoteca con seguro de vida. ¿Abusiva?
Chapeaux !!!, gracias por la información, la desconocía. Es bueno saber que estamos amparados con leyes, pero... hay que cumplirlas. El banco, que conoce la ley, aún así pone las condiciones que quiere y el cliente tiene varias opciones: 1ª Traga con ellas 2ª Traga y tiene preparada la demanda junto con el abogado, tasas, recursos y aspirinas para reclamar los 2000€, que luego tendrá que tendrá que volver a gastarse para contratar la póliza en otra aseguradora. (suponiendo que el juez condenará al banco a las costas del juicio) 3ª intenta hacer ver al banco que va a cometer una ilegalidad y lo más seguro es que se arrepienta y te diga que no te da la hipoteca, porque creo que está en su derecho a no dártela, espero no estar equivocado en esto. Y que conste que yo me siento tan indignado o más por este tipo de prácticas, pero hay ocasiones en las que hay que comerse el orgullo.
javivi232 03/10/14 18:56
Ha respondido al tema Hipoteca con seguro de vida. ¿Abusiva?
Ilegal ??, puedes ilustrarnos y decirnos algún sitio o alguna ley donde lo diga ?. Que yo sepa el banco no tiene ninguna obligación de darte una hipoteca y tu tampoco tienes ninguna obligación de aceptar sus condiciones, si consideras que esto es ilegal o abusivo estás en tu derecho de buscarte otra banco con otras condiciones mejores, y si no lo encuentras tendrás que aceptarlo o ahorrar para comprarte la casa sin necesidad de recurrir a un banco. El banco, además de intentar ganar más dinero con la operación, se está cubriendo con las garantías que estipula necesarias para garantizarse la devolución del dinero que te está prestando en el caso de que tengas una desgracia y por lo tanto les dejes de pagar. Por cierto, que prefieres, que te exijan un seguro de vida de prima única o que les presentes dos avales con sus correspondientes propiedades??? Creo que lo más oportuno es considerar este gasto como uno de los muchos que tienes que afrontar cuando formalizas una hipoteca, acaso no duele también pagar por las comisión de apertura, por los gastos de notaría, del registro, gestoría, IAJD, faxes a 9 € la unidad, etc. Todo el mundo tiene derecho a comer.....
javivi232 30/09/14 20:07
Ha respondido al tema En Media Markt te registran al salir sin compra
Aunque me moleste reconocerlo (yo creía que no podía), pero el vigilante parece ser que puede efectuar el registro de tus pertenencias en el lugar donde está ejerciendo su labor : Las funciones del personal de seguridad privada son complementarias y subordinadas respecto a las de la seguridad pública, y tendrán obligación especial de auxiliar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones, de prestarles su colaboración y de seguir sus instrucciones. Detención El vigilante de seguridad no sólo puede detener en virtud del artículo 490 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sino que tiene la obligación de hacerlo en cumplimiento del artículo 11.d de la Ley de Seguridad Privada y del artículo 76.2 del Reglamento de Seguridad Privada. La figura de la “retención” no existe en el actual ordenamiento jurídico. Retener a una persona hasta la llegada de la autoridad es, en si misma, una detención. Registros El vigilante de Seguridad puede practicar registros dentro de los inmuebles objeto de su protección. Artículo 76.1 del Reglamento de Seguridad Privada. Identificación El Vigilante de Seguridad puede practicar, así mismo, controles de identidad en el interior de dichos inmuebles. Artículo 77 del Reglamento de Seguridad Privada y artículo 11.b de la Ley de Seguridad Privada. Condiciones Tanto la detención, como el registro y la identificación, deben realizarse en virtud de motivos racionales y objetivos, siendo estos comunicados a la persona afectada. Texto extraído de http://www.agentesdeseguridadprivada.com/t11302-la-figura-del-vigilante-de-seguridad-y-sus-funciones
javivi232 29/09/14 22:24
Ha recomendado Re: Si el Banco Santander se hace con el control de Bankia de Cajero malencarado
javivi232 26/09/14 19:31
Ha respondido al tema ¿Qué procesador AMD es comparable a los i5 e i7 de Intel?
Estás un poco equivocado en cuanto a lo de los servidores, busca en google HP Proliant DL385 y verás que procesador usan, y van por la generación 8 por si se te ocurre decir que estos servidores los acaban de sacar al mercado. Saludos
javivi232 22/09/14 21:24
Ha recomendado Re: El curioso caso de los propietarios a los que les sale gratis la hipoteca (o incluso les pagan por ella) de piqueras
javivi232 03/09/14 17:27
Ha respondido al tema Vodafone quiere llevarme a los tribunales
Tienes pensado comprarte un piso y pedir un préstamo hipotecario o personal ? Porque tu decisión de no arreglar tu problema con Vodafone tendrá como consecuencia que te incluirán en algún fichero de morosos y tendrás que pelear para que te saquen de él y esto a veces es mas difícil que transigir y pagar los 18 € .
javivi232 29/08/14 23:42
Ha respondido al tema Evitar comisión Paypal del 2,5% por cambio divisa. ¿Qué hice mal?
Sigue estos pasos una vez dentro de Paypal: 1 Perfil 2 Más opciones 3 Pagos con aprobación previa. Actualizar 4 Establecer fuente de fondos disponibles 5 Verás tu tarjeta de crédito. Pinchar en opciones de conversión 6 Seleccionar "Puede enviarme la factura en la divisa especificada en la factura del vendedor" 7 Enjoy !!!!
javivi232 29/08/14 23:27
Ha respondido al tema Evitar comisión Paypal del 2,5% por cambio divisa. ¿Qué hice mal?
Yo también tengo vinculada la Visa Cepsa y pago en divisas directamente. He encontrado está página, intenta seguir el tutorial, a lo mejor han cambiado algunas pantallas, pero el procedimiento que yo recuerdo para configurarlo fue muy similar. http://www.taringa.net/posts/economia-negocios/17256767/Evitar-comisiones-por-cambio-de-divisas-en-paypal.html Espero que te sirva.
javivi232 29/08/14 15:52
Ha respondido al tema Evitar comisión Paypal del 2,5% por cambio divisa. ¿Qué hice mal?
¿Y que medio de pago has vinculado en Paypal, una tarjeta de crédito o una cuenta corriente? Si es la segunda opción es normal que no te salga ninguna opción de pago en la moneda original, sin aplicar cambio a Euro.
javivi232 27/08/14 16:00
Ha respondido al tema Sube el precio "Contrato mínimo" -> Antiguo "Contrato Cero" de Movistar
Orange tiene un producto similar al "Fijo de Vodafone", aunque no se cual de la dos es peor compañía
javivi232 07/08/14 17:17
Ha recomendado Re: Oficinas de BANESTO de Homer
javivi232 05/08/14 20:24
Ha respondido al tema ¿Corren riesgo los depósitos del Banco Espirito Santo?
Rectificar es de sabios, aferrarse a una idea y defenderla aún sabiendo que se está equivocado, todo por no dar su brazo a torcer, tiene otros calificativos.
javivi232 29/07/14 21:55
Ha publicado el tema ¿ Alguien puede decirme cuanto de útil es mi dinero para el banco ?
javivi232 16/07/14 22:24
Ha respondido al tema BANCO mediolanum: error SSL certificado
Yo acabo de entrar a la página principal de banco y los certificados SSL están bien y no veo ninguna anomalía. Vuelve a probarlo y si te sigue dando error, es probable que tengas mal la fecha/hora de tu ordenador o algún virus o troyano que te está redirigiendo a otro sitio web fake, o alguien te esta haciendo un ataque Man in the Middle.
javivi232 07/07/14 17:56
Ha respondido al tema Multa por cancelar portabilidad
Mi caso fue parecido al tuyo. En principio paga lo que te reclaman y acto seguido presenta una reclamación en la OMIC argumentando lo que te dice Marcosgdf. Al cabo de unos meses saldrá la resolución de la OMIC y Orange te devolverá los 50€, como me los devolvieron a mí. Por cierto, lo que te cobran no es una multa por cancelar la potabilidad, cosa que estás en tu derecho, lo que te intentan cobrar es por las gestiones y por sus molestias, aunque te presenten un papel que debes haber firmado previamente informándote de este cargo, este no vale de nada, "reclama".
javivi232 27/06/14 10:17
Ha respondido al tema Amena es lo mas rastrero que ha habido hasta el momento en españa
No tengo la certeza de que lo hagan, pero técnicamente si eres capaz de diferenciar al cliente y es evidente que lo hacen, se puede aplicar calidad de servicio en función si perteneces a una compañía u otra y puedes establecer prioridades de uso, límites de ancho de banda, filtros personalizados, etc. Por lo tanto aunque compartan la misma infraestructura se puede dar el caso que dos clientes puedan tener rendimientos diferentes.

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