Gracias, Amparo.
Debo entender, entonces, que a efectos de una posible compensación con minusvalías DE MÁS DE UN AÑO generadas en 2013 y 2014, pendientes de compensar, también sería indiferente que las compensara con plusvalías que pueda generar en 2015 por ventas DE MENOS DE UN AÑO ¿incluso aunque las adquisiciones de estas últimas ventas las hubiera hecho en 2014?
Saludos.
Buenas noches, Amparo.
De una respuesta tuya a un comentario de hace un tiempo en esta entrada me ha surgido una duda que me gustaría aclarar, si es posible.
Tengo unas acciones compradas en junio de 2014 que, dependiendo el tratamiento fiscal que tuviera su venta, haría que la materializara en un momento u otro de 2015: antes o después de junio/2015 para que estuvieran o no un año en cartera. ¿Debo tener en consideración este plazo o, con la unificación de la reforma fiscal 2015, fiscalmente sería indiferente vender dichas acciones antes o después de junio/2015?
Muchas gracias.
Saludos.