Buenas noches. Lo primero gracias por vuestras respuestas. Quería también preguntaros, es que a mi centro de trabajo no puedo entrar aún porque viví allí la época del covid, ya lo intenté una vez y tuve que salirme. Soy funcionario. Y he pedido el traslado que se supone que me lo dirían justo al cumplir los 18 meses. Y luego ya vería a ver si puedo empezar a trabajar poco a poco en otro sitio. Mis preguntas son, todo esto en el caso de que me dieran la incapacidad, aunque fuera algunos meses. 1. Siendo funcionario, he leído que con la incapacidad permanente, no te cuenta la antigüedad, ni a efectos de trienios, Seguridad Social etc, pero esto sería desde la fecha de resolución hasta que desaparezca la causa? O sea que si son 135 hábiles, y tardarán por ejemplo unos 4 meses en concederla, aquí esto sí me contaría? Y cobraría igual que en una incapacidad temporal estos meses. 2. Si tu le pides el alta al Inss, si se produce mientras se está realizando la propuesta de resolución no ya cuando la tienes, o si por ejemplo el inss te da una baja por recaida, sabéis si tardan mucho en darte el alta? Lo digo porque aunque tengo plaza fija, estoy en otras bolsas de trabajo, que son superiores, y a lo mejor si me interesaría trabajar en ellas. 3. En una baja por recaida, he leído que hay un plazo para que se considere recaida, y que si no a transcurrido el plazo establecido, que ese tiempo no lo cobras, no se si el plazo son 6 meses, bueno sea cual fuere el caso, he leído que si necesitas otra baja, el único competente es el Inss, pero aquí cual sería tu situación? La de incapacidad temporal? Lo digo porque en un concurso de traslados en incapacidad temporal si puedes concursar, pero cuando es permanente ya lo dudo.