Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

jaisanam

Se registró el 01/06/2015
2
Publicaciones
--
Recomendaciones
--
Seguidores
Posición en Rankia
8.766
Posición último año
jaisanam 01/06/15 11:23
Ha respondido al tema Demanda Gowex ASINVER
La acción civil por vía de la anulabilidad del contrato prescribe al año, como bien han dicho, sin embargo, la vía del artículo 35 ter LMV establece expresamente un periodo de prescripción de tres años para la acción de responsabilidad derivada de los daños y perjuicios que se hubiesen ocasionado a los titulares de valores como consecuencia de que la información financiera anual y semestral no proporcione una imagen fiel del emisor, siendo el dies a quo aquel en que el reclamante hubiera podido tener conocimiento de que la información no proporciona una imagen fiel del emisor. Un saludo.  
Ir a respuesta
jaisanam 01/06/15 11:02
Ha respondido al tema Caso Bankia = Caso Gowex
Hola Microlector, lo que dices es muy interesante, puesto que como muy bien has intuido, ambos casos son parecidos. Todo el dinero que los inversores perdieron con Gowex es recuperable. ¿Por qué? ¿Cómo? 1º.- Las operaciones bursátiles realizadas fueron bajo un umbral de error, en cuanto se falsearon cuentas y se impidió a los inversores conocer lo que en contabilidad llaman “la fiel imagen’’ de la sociedad. 2º.- Este error convierte en anulable el contrato de suscripción de acciones, y por tanto concede el derecho a recuperar el dinero perdido. 3º.- Interpuesta la demanda en el juzgado, ya sea por la vía de la anulabilidad o por la vía del art. 73 de la Ley de Mercado de Valores por daños y perjuicios, tendremos derecho al remanente o sobrante que pudiera resultar del concurso. 4º.- No obstante, como todo parece indicar que habrá remanente, lo más indicado sería apelar a la responsabilidad del administrador que falseó las cuentas, el Sr. Jenaro García, y atacar sus bienes personales para satisfacer nuestra pérdida en la inversión anulable. Espero haber arrojado un poco de luz. Un saludo.  
Ir a respuesta
No hay más resultados