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Jaime Portero

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Jaime Portero 25/04/13 19:10
Ha comentado en el artículo Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024
Hola Amparo: Estoy de acuerdo, es bastante especial..., el contrato de alquiler lo tengo en Las Rozas de Madrid y el trabajo en Torrelaguna, sin embargo en el cabecero de este hilo había leido lo siguiente: "Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que este situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero si, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia." Si este párrafo es correcto, en principio debería poder acogerme, no? La exigencia del cambio de residencia viene condicionada por el sueldo, que no me permite vivir en Majadahonda, pero sí en Las Rozas. Gracias y un saludo
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Jaime Portero 24/04/13 19:36
Ha comentado en el artículo Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024
Buenas noches: Tengo un par de dudas sobre la deducción por movilidad geográfica, os presento mi caso: En enero de 2012 estuve apuntado al paro y fui contratado en un municipio al norte de Madrid en febrero, en ese momento residía en Majadahonda. En febrero me mudé a Las Rozas, basicamente porque era más barato que Majadahonda. Se trata de otro municipio y mi trabajo está a 70 kilómetros de Majadahonda, pero Las Rozas está al lado de Majadahonda, es suficiente el motivo económico para justificar la mudanza y acojerme a la deducción? Seguí empadronado en Majadahonda, pero tengo un contrato de alquiler en Las Rozas de Madrid. Por otra parte, en Septiembre dejé el trabajo en Madrid y acepté uno en Los Angeles (EEUU), me he mudado aquí, pero sigo teniendo el contrato de alquiler de Las Rozas porque mi compañero de piso sigue allí y le hago el favor. Como NO me apunté en esta ocasión como demandante de empleo, entiendo que este desplazamiento no cualifica para acogerme a la deducción. ¿Es correcto? Os quería preguntar como véis el caso. Muchas gracias de antemano
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