Buenos días,
Ante todo, muchísimas gracias por tu respuesta, estoy muy perdida en estos temas, por lo que me siguen surgiendo dudas..
Con respecto a este párrafo que citas,
"Primero está el rendimiento del capital mobiliario de tu ex, que se calculará por Prestación recibida (100.000 €), menos Primas pagadas en ese ejercicio (debe ser muy poco)."
Entonces, la cantidad que ha abonado el seguro, ¿sólo la tendrá que declarar él? el seguro ha ido directamente a la hipoteca, no lo ha recibido él.
"De los datos aportados, omites uno, el más importante, el precio efectivamente pagado en la adquisición."
Disculpa, pensé que lo había escrito.. La compra se hizo por 139000€ más iva y demás gastos.
"Por lo tanto, si tu ex se queda el inmueble, y te libera de todas las deudas (la bancaria explícita y la personal implícita), quiere decir que tú has recibido (fiscalmente) 66.500 € (50.000 € por la mitad de la indemnización y 16.500 € por el restante de la hipoteca)"
Por este tema, ¿tendré que abonar algún porcentaje a hacienda?
En tu opinión, ¿ es lo correcto realizar extinción de condominio, o habría que hacerlo por donación?
Habría que destacar que a él tiene una invalidez absoluta, no puede trabajar en nada, por si hubiera algún tipo de reducción.
Muchísimas gracias.