Acceder

Iguolada

Se registró el 11/02/2013
10
Publicaciones
--
Recomendaciones
--
Seguidores
Posición en Rankia
146.809
Posición último año
Iguolada 13/06/13 23:37
Ha respondido al tema Declaración renta y Fogasa
Cierto es lo que comentas, pero si no lo pones no podrás beneficiarte de esa deducción. Y además es muy problable que FOGASA aplique sus limites, que no se afectara a tu familiar, con lo cual si no lo pones en la declaracion ordinaria ni luego en la complementaria por que quedas topado por esos limites, es una deducción q perderás. De hecho en Hacienda te recomiendan que pongas lo que corresponde siempre a lo cobrado realmente, sabiendo perfectamente que pierde el contribuyente, pero para eso estamos nosotros para darnos cuenta.
Ir a respuesta
Iguolada 13/06/13 14:58
Ha respondido al tema Declaración renta y Fogasa
Totalmente de acuerdo contigo... Debido a que FOGASA paga en el neto adeudado por la empresa, lo que en principio habría que hacer es incluir ese cobro en la complementaria elevandolo a bruto y las retenciones correspondientes que nadie te ha aplicado pero que se deberia hacer cargo la empresa no el trabajador( por ejemplo como bien dices Fogasa te paga 2500 € y declaras 2500€+retencion=bruto). Lo que no tengo tan claro son las deducciones de SS, porque si has estado dado de alta en una empresa( y lo ha estado tu familiar, porque sino seria ilegal) tendría derecho desde el primer momento a deducirse por ello en declaracion ordinaria aunque no se haya conbrado los salarios correspondientes, la seguridad social lo adelanta el trabajador, de su nómina, y luego la empresa ingresa su parte y la tuya en la Tesoreria general, que se puede comprobar acudiendo a la Tesorería para saber si todo esta correcto, no asi con el IRPF, nadie sabe si la empresa está al dia con Hacienda hasta q no se crucen declaraciones de empresario y trabajadores. Ese es el unico punto en el que no se si lo vemos igual.
Ir a respuesta
Iguolada 12/06/13 13:41
Ha respondido al tema Declaración renta y Fogasa
Yo lo que te diría es que efectivamente calcules las rentenciones proporcionales a los meses cobrados y los cobrados a medias. En cuanto a lo de declarar lo realmente cobrado, es lo que a mí al menos me confirman en Hacienda, pero en el caso de los gastos de SS, depende de a que funcionario preguntes te dice una cosa o la otra(por un lado te dicen que no puedes declarar algo que no has cobrado aunque lo haga la empresa por ti, y otros te dicen que es un dinero adelantado por el trabajador pero que se hace cargo la empresa), yo en mi caso lo que haría es: -Declarar lo realmente cobrado con sus retenciones de IRPF correspondientes y proporcionales(no sabes si la empresa está al día con Hacienda)y por otro lado las cuotas de SS no dejan de ser adelantos de las nóminas del trabajador efecutadas por la empresa a la Tesorería de la Seg. Social, esto es fácil de comprobar si pides el certificado de cotizaciones y compruebas si efectivamente esta el trabajador dado de alta en los periodos en los que los sueldos no se satisfacían. Yo lo veo así, creo no equivocarme...Lo suyo sería acudir a un administrados que haga la declaración a ese familiar tuyo, pero la verdad, creo que por experiencia no se les puede sacar de lo habitual, en casos particulares ya cojean. Un saludo
Ir a respuesta
Iguolada 29/05/13 23:29
Ha respondido al tema Declaración renta y Fogasa
Hola de nuevo Harko. Otra duda que me ha surgido es que hace con los gastos deducibles de Seg. Social, aún no habiendo cobrado algunas nóminas en el 2012, entiendo que al haber estado trabajando y por ende dado de alta, la Tesorería ha recibido por parte de la empresa mis cuotas correspondientes. Por lo cual, mi pregunta es si las cuotas deducibles de SS debo declararlas en declaración ordinaria en su totalidad, aún no habiendo cobrado algunas nóminas.
Ir a respuesta
Iguolada 27/05/13 14:11
Ha comentado en el artículo Declaración complementaria: cómo hacerla y presentarla en Renta Web
Entonces para que me queda claro, debo incluir en la declaracion ordinaria de 2012: -Salarios netos cobrados -Retenciones IRPF y SS practicadas de la totalidad de salarios(cobrados y no cobrados) Y en la complementaria: -Incluir lo que abone FOGASA (que es neto) sin preocuparme de incluir nada más. ¿Es correcto? Gracias, creo que esto ayudará a bastante gente. Un saludo Amparo.
ir al comentario
Iguolada 27/05/13 13:06
Ha comentado en el artículo Declaración complementaria: cómo hacerla y presentarla en Renta Web
Y por otro lado entiendo que los pagos del FOGASA hay que elevarlos a bruto para declararlos (no sé con qué retención eso sí) ya que no son salarios legalmente establecidos sino prestaciones que además en mi caso limitan lo que era mi salario real y me lo dejan en menos, con lo cual no tiene sentido tributar sobre algo recibido en neto y además limitado por los limites de FOGASA. ¿Es correcto también? Gracias otra vez.
ir al comentario
Iguolada 27/05/13 13:02
Ha comentado en el artículo Declaración complementaria: cómo hacerla y presentarla en Renta Web
Buenas tardes. El año pasado estuve trabajando en una empresa que se declaró en concurso de acreedores y tiene pendiente de abonarme 6 mensualidades correspondientes al ejercicio 2012. Según el artículo 14.2.b de la Ley de IRPF entiendo que en la declaración de la renta de 2012 sólo tengo que declarar el importe realmente percibido en dicho ejercicio, quedando la cantidad pendiente de ser declarada en una declaración complementaria en el ejercicio en el que se haga efectivo el cobro. Ahora bien. Mi duda es que ocurre con la retención practicada y los gastos de Seguridad Social. Aunque no he cobrado unas nóminas y, por tanto, no debo incluir esas cantidades como ingresos, ¿qué debo hacer con la retención a cuenta del IRPF y el importe de Seguridad Social? ¿Debo incluir en la declaración sólo las cantidades correspondientes a las nóminas abonadas o, por el contrario, debo declarar el importe total? Por una parte entendería que deba declarar la retención correspondiente a las nóminas abonadas, pero por otra, aunque es un impuesto personal, quien tiene la obligación de realizar dicho ingreso a Hacienda es la empresa y yo no tengo forma de saber que cantidades ha ingresado ni mucho menos cuando lo ha realizado. Así que por este último motivo yo creo que debería declarar lo siguiente. 1.- Salario bruto correspondiente a las nóminas cobradas. 2.- Retención a cuenta de las nóminas cobradas + Retención de las nóminas no cobradas. 3.- Seguridad Social de las nóminas cobradas + las nóminas no cobradas. ¿Sería correcto? Además FOGASA solo paga un limite de 120 dias (4meses) de los 6 que me adeuda la empresa, entonces habrá dos meses por ejemplo en SS que la empresa haya pagado pero no me pueda deducir, cuando si tengo derecho porque ya de por sí me lo han quitado de la nómina virtual. Gracias
ir al comentario
Iguolada 13/02/13 10:59
Ha respondido al tema Declaración renta y Fogasa
Gracias Harko. Mas o menos presumía que podía ser así...entonces anticipandome ya a lo que me pudieran pedir, ¿podría bastar con un certificado de transferencias aportado por el banco?, donde se observe efectivamente que la empresa no ha pagado lo que dice haber pagado. Por último no me ha quedado claro si debo hacer la complementaria del 2012 como bien dices, cual es el plazo exigible para peresentarla,ya que el pago de FOGASA puede lleguar perfectamente en 2014 y si estos deben ser elevados a bruto, ya que no dejan de ser salarios percibidos en neto. Gracias una vez más.
Ir a respuesta
No hay más resultados