contestacion de interdin:
Estimado cliente,
Acusamos recibo de la reclamación presentada al Departamento de Atención al Cliente del grupo Interdin en fecha de mayo de 2015. Al mismo tiempo, pasamos a dar respuesta a la misma.
La medida adoptada de cierre inmediato de posiciones y bloqueo inmediato de operativa, no corresponde a una decisión arbitraria de Interdin Bolsa, sino que se trata de una imposibilidad de continuidad de nuestro negocio consecuencia directa del procedimiento de concurso de acreedores en el que ha incurrido nuestra empresa matriz Banco de Madrid S.A.U. pues una parte mayoritaria del saldo de Interdin Bolsa se encuentra depositado en dicha entidad. Por ello y para preservar las posiciones y saldos de nuestros clientes, se solicitó a la CNMV la intervención de la Sociedad de Valores Interdin Bolsa que fue aceptada y es efectiva desde el 16 de marzo de 2015. Consecuencia de esta intervención, tanto la propia operativa como el reembolso de saldos de clientes se han quedado bloqueados desde el mencionado día 16 de marzo a la espera de instrucciones de los interventores de la CNMV. Esta situación crítica, obliga, por un lado, al cierre de las posiciones abiertas de todos los clientes y, por otro, la imposibilidad de apertura de nuevas posiciones, es decir, el bloqueo de la operativa.
Desde Interdin Bolsa, en cuanto se tuvo conocimiento de dicha circunstancia que fue el propio día de solicitud de concurso, es decir, el 16 de marzo de 2015, se procedió de manera transparente e inmediata a la comunicación pertinente dirigida a todos sus clientes mediante correo electrónico enviado a cada uno de los mismos así como un aviso a pantalla completa en la propia web que aparece de manera inmediata antes de entrar en esta página.
El procedimiento interno de Interdin para la ejecución de las órdenes de reembolsos es que todas las trasferencias ordenadas a partir de las 12.30 horas se ejecutan al día hábil siguiente, que en este caso, el día hábil siguiente coincide con el pasado lunes 16 de marzo de 2015, fecha en la que se produjo la declaración de concurso de Banco de Madrid y, por tanto, el bloqueo de la cuenta titularidad de Interdin depositada en Banco de Madrid. De tal manera que, todas las transferencias ordenadas a partir de las 12.30 horas del pasado viernes día 13 de marzo de 2015 hasta el día de hoy, no han podido atenderse y no podrán efectuarse hasta que se levante el bloqueo de dicha cuenta.
Por tanto y según lo expuesto en la presente, lamentablemente no podemos atender su solicitud de reembolso de saldo por el momento.
Dicho esto, solo informarle de la facultad que le asiste, en caso de disconformidad con el presente pronunciamiento, de acudir a la Oficina de Atención al Inversor – Servicio de Reclamaciones, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en la siguiente dirección: C/ Edison, 4 28006, Madrid o a través del siguiente enlace: https://sede.cnmv.gob.es/sedecnmv/LibreAcceso/RQC/Reclamaciones_Consultas.aspx?t=2
Atentamente,