Si tienes razon, pero como te he comentado antes, si el contrato es de prestacion de servicios si no me pagas no te lo paso, pero...podrias encontrarte con algun problemita por daños y prejuicios, por que si es verdad que si no te pagan puedes reclamrles dicho impago.Pero Yo tambien he actuado como dices, hasta que no me han pagado no les he manadao nada y solo he manadado los impuestos realizados por que son de ellos y los libros contables.la contabilidad es mia.
Hola si al final tienes la obligacion de entregarle las cuentas para no parar la gestion de la empresa, pero segun el contrato que tuvieras, si es de prestacion de servicios hasta que no me pagas no te entrego. y siempe enviando solo los libros contables obligatorios de un autonomo o los una sociedad, como bien dices la contabilidad es fruto de nuestro trabajo y no tengo por que compartirlo.
hola un consulta pero al reves, yo soy una sesoria y mi cliente no me paga, como voy a tener un conflicto de intereses con otro cliente, me ha rescindido la prestacion de servicios (le llevo fiscal,contable y laboral) ahora me pide la otra asesoria y la empresa la documentacion de los ultimos 4 años.¿me puedo negar hasta que me pague? a que articulo C Civil me puedo acoger.gracias
Lo compró mi padre y al estar casado con mi madre por eso tiene el 50% al fallecer mi padre por eso tiene el usufructo 50%El tema es que al rellenar las casillas de la renta cómo he preguntado no se como rellenar las casillas, ya que has ahora nunca había rellenado estas casillas con ambas condición propietario y usuarios y usufructo en la misma persona
Primero solicitale a la empresa la diferenciacion de ambas partidas(entiendo que lo tienes en la Sentencia o acuerdo de despido).Yo la rectificaria en rendimiento de trabajo y posteriormente al ser presentada la declaracion, bien digitalmente o presencialmente tienes que hacer llegar la Sentencia y tambien el finiquito que te prepararon donde vendria desglosado.
Gracias Marta, Pero éste enlace es de renta 2017 y no coincide las casillas. Así mismo esto no es un acuerdo. SIMPLEMENTE EL BANCO ABONÓ ÉSAS CANTIDADES pero nosotros no hemos quitado la demanda judicial. En todos los foros habla de acuerdo, laudo, sentencia.... Pero nada de nada. Si sabes más o menos como hacerlo te agradecería la ayuda
Muchas gracias, el tema es que en otra vivienda de similares características que compré con mi suegro a medias, me indicaron en hacienda que me debería de establecer una comunidad de bienes aunque tributará mis ambos en renta.
En este caso la vivienda va a ser para vivienda habitual.
Lo del Irpf lo entiendo y para los efectos de Iva crees que nos conviene constituir, y para que?
Gracias