Gracias Know, otra perla en formato artículo.He echado en falta en el apartado de la crisis con Argelia el papel de EEUU, pero entiendo que hubiera extendido en exceso el artículo, además de desviarte de la idea principal que intentas transmitir en el texto.Por cierto, ¿hay noticias de tu libro? Aquí tienes un futuro comprador.
Cada vez hay que bucear más para encontrar argumentaciones basadas en datos y no en emociones (esta última con el empuje adecuado de instancias superiores)Y cada vez cuesta más encontrar gente que no se trague sin pensar las arengas lanzadas desde los medios de comunicación. Ni siquiera cuando entran en contradicciones sonrojantes. Se vio en la pandemia y se ve ahora con el asunto de Ucrania, pero es algo que viene de lejos.Gracias Know.
Me alegra volver a leerte Know, excelente artículo. Probablemente recibirás críticas de los extremos, llámense negacionista o pro-loquedigalatv, pero los que preferimos estar informados de la manera más objetiva posible agradecemos este tipo de artículos.
Hola Juan, revisa los mensajes, no verás falta de respeto por mi parte, y lo de forero venía en respuesta a Acrasoles. Al contrario he agradecido sus aportaciones.
Buenas Acrasoles.En primer lugar, los foreros (a los cuales agradezco que se hayan tomado la molestia de contestar) no han dado su opinión, han mostrado la parte del código penan a la cual hacia referencia mi duda, una parte poco interpretable y bastante clara.En cualquier caso sería código penal vs abogado, y no forero desconocido vs abogado, que por cierto, al abogado tampoco le conozco de nada más allá de la breve charla.En segundo lugar, yo he mostrado mi sorpresa y contrariedad ante este hecho, pero no he dicho nada de la decisión que vaya a tomar.
Gracias. Rápida y detallada respuesta. Consultado con un par de abogados, me habían dicho que no veían problema, que era preceptiva y que adelante con la reclamación. Pero no las tenía todas conmigo y al mirar por internet vi ambas interpretaciones.O los abogados no tenían la experiencia en la materia que decían tener o conocen algún recoveco legal.Pero el código penal parece claro.
Son varias correderas. El clásico acceso a terraza visto en tantos pisos: ventanales tipo puerta, del suelo al techo. De PVC.Igual me guardo el consejo de que contrate un perito para que les saque de dudas, su situación económica no es muy boyante y no quisiera que incurrieran en gastos si no van a sacar con seguridad algo positivo.