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Gema087

Se registró el 11/04/2017
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Gema087 11/04/17 18:37
Ha respondido al tema Percepción de atrasos por sentencia judicial
Tras reclamarlos por via judicial he cobrado en 2016 atrasos correspondientes a 2013 y 2014. No obstante los importes atrasados ya los declaré como cobrados (confirmando los correspondientes borradores que los recogían como cobrados) en las declaraciones de 2013 y 2014. Debo rehacer las declaraciones de esos ejercicios pasados descontando lo no cobrado y declarar ahora en 2016 la totalidad de atrasos cobrados tras la resolucion judicial? O dado que ya fueron declarados esos importes (aunque no cobrados en su momento pero sí después), consignar en la de 2016 sólo los importes adicionales (i.e intereses recogidos en la sentencia)? Gracias!
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