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Participaciones del usuario frasquillo

frasquillo 08/02/19 10:09
Ha publicado el tema Utilizar Visual Chart 6 es tan útil, como para pagar 18 € mensuales?
frasquillo 09/08/18 14:18
Ha respondido al tema Orden a mercado y orden por lo mejor ¿cuáles son las diferencias?
Perdón, mi nombre de usuario ("NIC"), es "frasquillo"
frasquillo 09/08/18 14:17
Ha respondido al tema Orden a mercado y orden por lo mejor ¿cuáles son las diferencias?
casisócrates... mejor cambia de broker, cuando das una orden y se ejecuta en varios paquetes, siempre que éstas sean la misma orden y en el mismo sentido solo, pueden cobrarte una comisión. Consúltalo en la CNMV... son gente muy bien dispuesta, amable y cumplen muy bien su función. Saludos  fraquillo
frasquillo 21/06/18 19:42
Ha comentado en el artículo Fondos de Garantía del Inversor: ¿quién protege tus inversiones en cada país?
Así, sí, amigo Pastor; las afirmaciones no pueden ser categorizadas con frivolidad, hay que explicarlas... en la información de tu artículo, al que no es mi deseo, ni tampoco tengo voluntad de restar importancia a tu esfuerzo, ni tampoco al resultado de ese esfuerzo ---como digo, en ese artículo---, quedaba la duda de que España fuese uno de esos países en los que las garantías para quienes nos divertimos en los mercados bursátiles solo alcanzaba a los 20.000 euros. Un saludo y mi gratitud por la corrección que, nos tranquiliza. Te animo a continuar con tus artículos y, esto dicho con toda sinceridad. Hasta me permitiré sugerirte uno que daría para todo un tratado y que casi todos ignoramos: "El FOGAIN" Un abrazo a todos los foreros o, como diríamos los gallegos: "Unha aperta", aunque también otros dicen: "Unha apreta", me sorprende esta última acepción que, en mi opinión es incorrecta y me quedo con la primera.
frasquillo 20/06/18 15:09
Ha comentado en el artículo Fondos de Garantía del Inversor: ¿quién protege tus inversiones en cada país?
Obagi, creo que estás en lo cierto, en contradicción con los 20.000 euros que se mencionan en el artículo
frasquillo 24/07/17 10:38
Ha respondido al tema Parámetros de los indicadores en distintos TF ¿Se cambian o se mantienen? - forex
Muy buenos días: utilizo a menudo, el RSI y por defecto los parámetros son:  14 (Períodos), 0.80 (Upper Level o banda superior), 0,20 (Lower Level o banda inferior) y como valor "n" = 1. Como deseo indicadores más nerviosos que me den señales más rápidas; con asiduidad modifico 14 por 7 y a la vez "n" por 0,6; cierto que el gráfico del indicador con tales modificaciones es diferente, sin embargo no estoy convencido de que lo esté haciendo bien. ¿Alguien me puede ayudar, sobre esta cuestión? Sin más reiterar a todos los foreros y administradores, el sincero testimonio de mi más alta consideración. Saludos cordiales E.A. "frasquillo"
frasquillo 13/06/17 20:06
Ha respondido al tema ¿Se puede cambiar de mediador sin cambiar de póliza de seguro? ¿Requisitos?
Artículo 29. Relaciones con las entidades aseguradoras y con la clientela. 1. Las relaciones con las entidades aseguradoras derivadas de la actividad de mediación del corredor de seguros se regirán por los pactos que las partes acuerden libremente, sin que dichos pactos puedan en ningún caso afectar a la independencia del corredor de seguros. 2. Las relaciones de mediación de seguros entre los corredores de seguros y su clientela se regirán por los pactos que las partes acuerden libremente y supletoriamente por los preceptos que el Código de Comercio dedica a la comisión mercantil. La retribución que perciba el corredor de seguros de la entidad aseguradora por su actividad de mediación de seguros descrita en el artículo 2.1 de esta Ley revestirá la forma de comisiones. El corredor y el cliente podrán acordar por escrito que la retribución del corredor incluya honorarios profesionales que se facturen directamente al cliente, expidiendo en este caso una factura independiente por dichos honorarios de forma separada al recibo de prima emitido por la entidad aseguradora. Si, además de los honorarios, parte de la retribución del corredor se satisface con ocasión del pago de la prima a la entidad aseguradora, deberá indicarse, sólo en este caso, en el recibo de prima el importe de la misma y el nombre del corredor a quien corresponda. El corredor de seguros no podrá percibir de las entidades aseguradoras cualquier retribución distinta a las comisiones.   Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.
frasquillo 13/06/17 20:02
Ha respondido al tema ¿Se puede cambiar de mediador sin cambiar de póliza de seguro? ¿Requisitos?
En relación al cambio de mediador de un contrato de seguro he de precisar lo siguiente: 1.- Entre el mediador de seguro, sea Corredor, Correduría, agente exclusivo o agente vinculado, les une un contrato en virtud regulado por la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados. Dicho contrato regula la relación mercantil entre mediador y compañía y, claro está las comisiones que ha de percibir por su intervención en la comercialización de las pólizas de una compañía aseguradora (el corredor, tendrá tantos contratos como compañías con las que opere en la mediación de seguros privados). 2.- Ese contrato refleja, las retribuciones, tanto de comisiones, como de rappel de producción o incremento de cartera, es absolutamente libre. En consecuencia al pasar el contrato de seguro de la cartera de un mediador vinculado a la compañía, a otro mediador vinculado a la misma  compañía, la comisión que devengará ese contrato de seguro, será la que el mediador que adquiere la condición de mediador tuviere pactada en su contrato con la compañía de seguros en cuestión. Deseo aclarar que me siento en el deber de corregir la controversia, en el ánimo y la seguridad de que me hallo corrigiendo a personas sabias ya que, si corriges a un sabio... lo harás más sabio; si corriges a un necio, nunca lo sacarás de su necedad y, además te habrás hecho un enemigo. Saludos a todos NOTA: Mi relación profesional con los seguros supera los 25 años, siempre en funciones directivas en compañías de seguros. 
frasquillo 18/04/17 18:43
Ha comentado en el artículo Abengoa: ¿Contrasplit a la vista?
Agradecido berebere por deshacer el entuerto del que soy responsable. Intento alcanzar la sabiduría... "Corrige a un sabio y lo harás más sabio, no corrijas a un necio, seguirá siendo necio y te habrás ganado un enemigo". No soy sabio; pero tampoco deseo continuar en la necedad. Debiera haber sabido que esa noticia tendría ese alcance... nada puedo hacer sino pedir disculpas a todos los miembros de este foro y retirar mi afirmación. Saludos
frasquillo 12/04/17 21:02
Ha comentado en el artículo Abengoa: ¿Contrasplit a la vista?
Estoy totalmente de acuerdo con usted. La CNMV, debiera vigilar este tipo de contrasplit's, ya que tal como muy bien indica, no puede cotizar por debajo de 1 céntimo, lo que es exactamente un stop loss artificial y un artificio ya que en cuanto el nuevo instrumento cotice va a sufrir correcciones que, de mantenerse en el precio anterior de 1 céntimo no ocurriría. Sobre Abengoa, habría además, plantearse una pregunta: ¿Por que se da una gran noticia afirmando la cobertura financiera, sin que intervenga el regulador? para cuando se infla el valor hasta un 60% dar la mala? ¿Es que no se conocían las dos y se publicaron para realizar beneficios con información privilegiada... a sabiendas del "coco" que venía a continuación? Saludos a todos los foreros y felices fiestas