Acceder

Participaciones del usuario Franalcabu

Franalcabu 19/09/19 15:48
Ha respondido al tema Donación entre hermanos
Ok. Muchas gracias de nuevo.Vamos, en resumen y como yo lo veo, estamos en un país tan sumamente intervenido a nivel fiscal, que un ciudadano honrado no puede hacer lo que estime con una pequeña propiedad ( donarsela a su hermano valorandola a precio de mercado) porqué aún pretenden meterte inspecciones como si fueras un delincuente por poner a una cosa su justo precio.Cuando vendes un coche hay un valor mínimo fiscal por el que puedes venderlo, este mínimo está claro, yo vendo mi coche hoy por 20000, y mañana el que lo compra puede venderlo por ese valor mínimo sin problema.Pensé que con los pisos era igual.Yo entro en la página de "tributas en Asturias", y puedo buscar el valor real del inmueble a efectos de sucesiones y donaciones. Para el municipio en concreto en el que está el piso es el valor catastral multiplicado por 1.38.No entiendo porqué si yo me ajusto a ese valor tiene que venir nadie a hacer una inspección y a sancionarme en base a que. ¿Para que han fijado esas tablas entonces?
Franalcabu 18/09/19 19:57
Ha respondido al tema Donación entre hermanos
Muchas gracias por la respuesta.El valor que se le ha dado en la herencia de 70000 euros, es un valor que se estableció en la notaría para poder cuadrar el reparto de la herencia, pero que es un valor disparatado en comparación con su valor real (el piso lo compró mi padre en 2013 por 28.000 euros)Yo lo único que quiero es hacer las cosas de la mejor forma posible, pagando los impuestos que correspondan,pero una cosa es eso, y otra pagar 10000 euros por una donación de un bien que objetivamente no vale ni 30000.Otra solución intermedia sería hacer la donacion del 25 o el 50% el año que viene, y un par de años despues hacer una disolución de condominio, que creo tributa solo al 1%. Pero no se si el hacer esto así puede ser objeto también de inspección o sanción.De nuevo muchas gracias por las respuestas, ya que me están siendo bastante aclaratorias.
Franalcabu 18/09/19 13:35
Ha respondido al tema Donación entre hermanos
Muchas gracias por tu respuesta.Vaya, pensaba que el valor fiscal mínimo estaba para eso. Creía que todo lo que se valorara por encima de ese valor fiscal mínimo no podía estar sujeto a revisión, pero ya veo que me equivocaba.Entonces lo conveniente sería valorarlo en el mismo precio de adquisicion?
Franalcabu 18/09/19 03:29
Ha publicado el tema Donación entre hermanos
Franalcabu 01/07/19 15:35
Ha respondido al tema Renunciar herencia con coche en posesión
Pues sanción, supongo. Por otro lado magínate, por ejemplo,que por descuido aparcas en un pueblo que no conoces en un vado, en un giro de bus, pisando un paso de cebra....y te vás a hacer una gestión, al volver no está el coche. Se lo ha llevado la grúa. Ahora dime, como piensas retirar el vehículo del depósito de coches si no eres el propietario o bo tienes autorización de éste. Ese es solo un ejemplo. Las multas llegarán a nombre del propietario, para darlo de baja definitiva necesitarás su autorización... Es decir,no cuesta nada comunicar en tráfico el fallecimiento y ponerte de titular temporal hasta que se tramite la herencia. 8 euros. Yo sé que lo hace poca gente, pero si va a estar el vehículo en esa situación es muy conveniente hacerlo, además de no ser legal la no comunicación del fallecimiento a tráfico. Por otro lado está el seguro. Si pasa algo grave el seguro se va a lavar las manos si o sí. Ya que el seguro se entiende por extinguido por muerte del tomador...aunque sigas pagándolo. Ojo con esto
Franalcabu 02/06/19 13:06
Ha respondido al tema Repudia herencia pura y simple
Muchas gracias Juan. La verdad es que es lo que me esperaba. Pero hay cierta desinformación en internet y páginas donde dice que es muy importante hacer la renuncia pura y simple antes de que pasen los 6 meses para que no sea donación... La verdad es que todo lo que tiene que ver con la herencia está siendo muy complicado y la legislación a veces no ayuda por no ser tampoco muy transparente ni muy entendible. Gracias de nuevo
Franalcabu 31/05/19 15:57
Ha publicado el tema Repudia herencia pura y simple
Franalcabu 29/05/19 01:10
Ha respondido al tema Renunciar herencia con coche en posesión
Gracias Juan. Si te soy sincero, creo que no me pidieron ningún documento que acredite la custodia. Es decir, que en tráfico con presentar la documentación del fallecimiento, la del coche y el DNI del poseedor ya les vale. Me cobraron creo que 8 euros y me aclararon que esto se hace porqué necesitan tener los datos del supuesto conductor en caso de multa, infracciones, etc... Aunque realmente mucha gente no lo hace y circula con vehículos a nombre de fallecidos durante años...
Franalcabu 28/05/19 01:17
Ha respondido al tema Renunciar herencia con coche en posesión
El coche no está a mi nombre en tráfico. Lo único que he hecho es a lo que obliga la ley, que es a comunicar el fallecimiento en tráfico dentro de los 90 días siguientes, y a constar que me hago cargo yo en este caso, hasta que se tramita la herencia y se adjudica a quien corresponda. Hacen una mera anotación en su base de datos, pero el propietario sigue siendo mi padre y así figura en el permiso de circulación. Es que si no se hace eso, es ilegal el mero hecho de coger el coche para sacarlo de su parking y llevarlo a pasar la ITV por ejemplo. Y el seguro igual, si pasa algo aunque esté el coche aparcado y el titular del seguro está fallecido, el seguro no se hace cargo de nada, puesto que el seguro se entiende extinguido desde el fallecimiento del titular. Puede haber, por ejemplo, un cortocircuito en el coche estando aparcado y que incendie el coche de al lado. El seguro no se haría cargo si el propietario está fallecido. Insisto en que lo único que he hecho es conservar un bien hereditario pero no darle uso y disfrute. No creo que deba tener problema, pero la verdad es que ya me estais metiendo un poco de miedo. Gracias
Franalcabu 27/05/19 13:19
Ha respondido al tema Renunciar herencia con coche en posesión
Gracias Juan Lackland, En caso de ser como indicas ¿La repudia quedaría sin valor automaticamente?, o ha de ser otro de los coherederos el que impugne vía judicial por no considerarla valida? He estado mirando el código civil (artículo 999) y entiendo que lo que estoy haciendo con el coche es una administración meramente provisional para conservar el bién en cuestión (el coche). De hecho no lo estoy usando más que para arrancarlo y llevarlo al lavadero cuando está muy sucio, pero ya tengo la duda con lo que me has comentado Gracias.