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Participaciones del usuario Fiscaly

Fiscaly 13/05/22 09:22
Ha comentado en el artículo Chat de subastas
Ninguna CCAA va a recaudar menos, conscientemente, si le ampara la DGT.Si se consigue que Catastro anule el VR, problema solventado y si no se consigue totalmente, al menos se debería de obtener una rebaja en el mismo por el estado en que se encuentra el inmueble adquirido.
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Fiscaly 22/04/22 17:27
Ha comentado en el artículo Chat de subastas
Solo queda solicitar una rectificación de la declaración de TPO previamente presentada con el VR y argumentar que el valor de mercado de la vivienda es inferior al VR.En CCAA en las que en sus webs o instrucciones den a entender que en subastas todavía se aplica la regla especial del art. 39, se podría liquidar por el valor de remate y, en caso de recibir una "paralela", se podría recurrir la misma sin un riesgo elevado de sanción (ya que la propia CCAA te animaba a liquidar de dicha forma).
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Fiscaly 22/04/22 13:28
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Está claro que si quien liquida tiene un criterio interpretativo distinto, no va a exigir el contrario (DGT) pero eso no quita que en el futuro puedan exigirlo. Eso sí, sin sanción.Con respecto al art.39, este quedaría relegado a subastas en las que o bien no haya VR o bien no versen sobre inmuebles.
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Fiscaly 22/04/22 13:06
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Hola JR, totalmente de acuerdo contigo, la DGT es especialista en cambiar de criterio y no siempre siguiendo el dicho de "rectificar es de sabios".Únicamente informar que, con esa consulta, entiendo que las CCAA liquidarán por el VR.Con respecto a lo que indicas, entiendo que aplicaría el mayor de ambos: VR o contraprestación (incluyendo cargas).Todo lo anterior es discutible y yo siempre defenderé la posición más beneficiosa al estar en disposición de defenderla pero, al mismo tiempo, soy consciente de los argumentos que va a alegar la Administración y no va a ser un camino fácil.
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Fiscaly 22/04/22 12:10
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Pues desgraciadamente tengo que volver a hablar del Valor de Referencia...Se acaba de publicar Consulta de la DGT V0453-22 con una desagradable sorpresa: En subastas de inmuebles, se deberá tomar como base imponible de TPO / AJD el Valor de Referencia de Catastro.El artículo 39 del Reglamento queda relegado a subastas que no sean de bienes inmuebles, siendo de aplicación el 10.2 de la Ley para estos últimos.Sin duda una malísima noticia cuyos efectos deberemos de tener muy en cuenta a la hora de participar en una subasta. 
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Fiscaly 19/04/22 21:12
Ha comentado en el artículo Chat de subastas
Es un despropósito (el Valor de Referencia). Por mi parte, tampoco voy a comentar mucho más sobre la Base Imponible a efectos de ITPAJD en una subasta.Eso sí, no puedo esconder el cirio que han montado y, encima, todo bien retratado:Consulta V0298-22 Un contribuyente plantea la duda a la Dirección General de Tributos (DGT) cuál sería el valor a declarar en el caso de una vivienda VPO que tiene un Valor de Referencia de 588.000€ pero un precio máximo de venta de 350.000€ (por ser VPO).Y tachán...! La DGT contesta: tribute usted por el Valor de Referencia y ya, si eso, solicitas una rectificación de la autoliquidación y esperas a que te devuelva la CCAA de turno.Sobran las palabras.
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Fiscaly 11/03/22 17:42
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Para cobrar el IBI tienen dos vías: mediante la hipoteca legal tácita o mediante expediente de derivación de responsabilidad.Lo de "pasar la patata caliente", pues sí, pero ten en cuenta que seguramente estés manifestando en la escritura que estás transmitiendo libre de cargas.
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Fiscaly 08/03/22 18:17
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Ojo con los IBIs y los expedientes de derivación de responsabilidad. Te pueden reclamar lo no prescrito que, desde que se pusieron las pilas los Ayuntamientos, va más allá de los 4 años. Eso sí, "lo bueno" de esta figura es que solo te reclaman la cuota, no los intereses ni el recargo.
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Fiscaly 21/05/20 17:08
Ha comentado en el artículo El arrendamiento fraudulento en las subastas
Sin ser experto en la materia porque no es mi negociado... lo único que he visto que ha funcionado es cuando se acredita que no constituye vivienda habitual del inquilino (precepto que viene incluido en la normativa).Caso: abuelita que la meten en una residencia los hijos y por no pagar un trastero para todos los bártulos, siguen con el alquiler.
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