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Participaciones del usuario F_rrll

F_rrll 20/01/17 01:29
Ha respondido al tema Modelo 180 ó 184
Muchísimas gracias por su tiempo y desempeño. Me ha aclarado la situación. En este caso concreto para hacienda,no es la ideal. La idónea es la que usted ha descrito. Sin embargo,en líneas sancionadoras, el hecho de que se presenten 6 iva ( uno por cada propietario) y se presente el modelo 180 con todos los perceptores, no habría problema. Pero no obstante,lo ideal es lo que ariyani y E.delvalle. Gracias y saludos
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F_rrll 18/01/17 17:12
Ha respondido al tema Modelo 180 ó 184
Muchas gracias por su tiempo y respuesta. Entonces, aunque presenten todos los comuneros el iva trimestralmente, y sea todo el procedimiento de presentación más engorroso como usted bien dice, ¿Existiría no obstante algún impedimento o sanción en línea fiscal por presentar la documentación de este mismo modo?; 6 propietarios; 6 modelos 303 y 390. y modelo 180 con 6 perceptores. Muchas gracias, Un saludo.
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F_rrll 22/11/16 12:50
Ha respondido al tema Disolución y liquidación de cooperativa.
Hola Lorena, muchísimas gracias por su aclaratoria respuesta. Por ahora voy a empezar por el acta para el nombramiento de los liquidadores. Yo, no soy socio ni tengo ningún vínculo con la cooperativa, sólo realizaría los trámites de disolución como la prestación de un servicio a terceros. ¿Habría que hacer un acta de nombramiento por la asamblea general para nombrarme como su liquidador? En la legislación he encontrado esto: "Artículo 81. Liquidación, nombramiento y atribuciones de las personas liquidadoras. 1. Las personas encargadas de la liquidación, en número impar, salvo en el supuesto de concurso, previsto en la letra h) del artículo 79.1, serán nombradas por la Asamblea General que adopte el acuerdo de disolución, en votación secreta, debiendo aceptar los cargos como requisito de eficacia. Si los estatutos lo prevén, y siempre que exista más de una persona liquidadora, la Asamblea General podrá designar para esta función a personas no socias que, en función de su cualificación profesional, experiencia técnica o empresarial, puedan contribuir al más eficaz cumplimiento de las funciones encomendadas. En ningún caso, las personas liquidadoras no socias podrán superar un tercio del total." En los estatutos de la cooperativa, se describe lo siguiente: -Acordada la disolución por la Asamblea General, los socios Liquidadores, nombrados en número impar- salvo en el supuesto de quiebra- y en votación secreta por la asamblea general procederán a la realización de cuantas operaciones fuesen necesarias para llevar a cabo la liquidación conforme a los art. 113 y 114 de la ley de sociedades cooperativas andaluzas. Si se pudiera nombrarme como liquidador entonces, ¿ cómo tendría que redactar el acta? ¡¡Muchas Gracias!!
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F_rrll 03/10/16 18:06
Ha respondido al tema Cese y liquidación de una sociedad limitada.
Muchísimas gracias por su respuesta, los caminos a seguir son tal como indican. Ahora mismo estoy en procedimiento de liquidación. Cuando haya concluido con la disolución de la misma, anotaré todo el proceso que he necesitado. Gracias de nuevo por su ayuda.
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