Hola, en el caso de parejas de hecho sólo puede ponerlo uno de vosotros, cualquiera de los dos https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Manuales_practicos/IRPF/_Ayuda_IRPF/Capitulo_2__Impuesto_Renta_Personas_Fisicas__IRPF___cuestiones_generales/Sujecion_al_IRPF__aspectos_personales/La_unidad_familiar_en_el_IRPF/La_unidad_familiar_en_el_IRPF.html
Hola, en el 303 pones el 21% de iva y nada más. En el 111 pones la retención del 15% que hagas a tus proveedores, no de tus clientes. La retención que te hacen tus clientes, que no es de iva sino de los ingresos, la deducirás en tu declaración de la renta de ese año, ya te aparecerá en el borrador porque tus clientes, si lo hacen bien, lo declaran en su 111 y 190
Hola yo incluiría todo como amortización, es decir, el valor de adquisición + valor reforma x 3%, entiendo que ese importe no incluye muebles ni electrodomésticos, que se amortizarían al 10%
Hola, si es un seguro médico que paga la empresa una parte, y la parte que pagas tú seguramente te la descuenten de la nómina, se trata de una retribución exenta de irpf, es decir, no es una deducción que te tengas que aplicar tú, sino que directamente es un ingreso que no tributa, si compruebas la información del borrador de tu renta lo verás como un rendimiento del trabajo exento.
Hola si tienes que ponerlo dos veces, una de ellas en las deducciones autonómicas, dependiendo de en qué comunidad autónoma resides puedes aplica una deducción mayor, revisa las condiciones que pide tu comunidad autónoma para ver si te lo puedes aplicar