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Participaciones del usuario Evalun

Evalun 29/08/13 17:13
Ha respondido al tema Ayuda con Impuesto Sucesiones y Donaciones (ISD).
Hola de nuevo a todos, Después de mucho patalear las dos entidades "guerreras", y de unos días sin aparecer por aquí, actualizo el post para contar que una de las entidades ha accedido a desbloquear la parte de mi madre y de sus dos apoderados, una vez pagado el ISD. Ahora a ver qué cara se les queda a los de la entidad que más pegas ha puesto cuando tengan conocimiento de esto. Estuvimos mirando hasta en Adicae, a ver si nos podían aconsejar en el tema de las reclamaciones, y cuál fué nuestra (mala) sorpresa cuando nos dijeron que ellos estaban más para otras cosas... Sí, sí, como lo estáis leyendo, para otras cosas como preferentes, claúsulas hipotecarias abusivas y demás historias... En fin, país... Saludos a todos y muchas gracias por la ayuda prestada, en especial a juan st.
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Evalun 11/08/13 22:09
Ha respondido al tema Ayuda con Impuesto Sucesiones y Donaciones (ISD).
Sí, así es. Absurda la carta, y absurda la actitud de la entidad. Por lo visto, para que no desentone... Ya que no conformes con haber tenido las cuentas bancarias bloqueadas durante cuatro años (y todo sea dicho, disminuyendo el saldo a base de comisiones), ahora vienen a poner todas las pegas del mundo. Y ojo, lo que es peor, ¡es que han perdido toda la documentación que les llevamos en su día!. La escritura, el certificado de defunción y demás, ya que sólo se quedó pendiente de llevar el justificante de pago del Impuesto. Bueno, pues ahora tampoco saben ni dónde está. Esto es de locos, por no decir de incompetentes. Y por cierto juan st, muchas gracias por tu ayuda.
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Evalun 11/08/13 17:16
Ha respondido al tema Ayuda con Impuesto Sucesiones y Donaciones (ISD).
Sí, el Banco debería de liberar los bienes con la escritura y el justificante de pago del Impuesto. Y de hecho, en el correo que nos dio una de las asesoras comerciales de la entidad y que el otro día copié el contenido, más en concreto el segundo punto dice esto (vuelvo a pegarlo): -Carta de adjudicación firmada por todos los herederos, con reconocimiento de firma por parte de la oficina, donde indique el porcentaje correspondiente a cada heredero. (¿Por todos los herederos?. Entiendo que se podrán agarrar a la responsabilidad subsidiaria de la entidad, pero esto deja de tener sentido en el momento que se pague el Impuesto, no de todos los herederos, pero sí de la parte que se quiere disponer). Así que insisto, lo de la carta (que por cierto, es la propia Entidad quien ha de redactarla), de acuerdo, pero no tiene por qué ser firmada por TODOS los herederos. Primero, porque no hay posibilidad de contactar con dos de ellos, y segundo, porque para disponer de parte de los fondos, bien sea del 50 % o del 75 %, lo lógico y razonable es que si lo piden, sea en relación a esos herederos y a esa parte de los fondos, NO a la totalidad de la cuenta.
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Evalun 10/08/13 22:46
Ha respondido al tema Ayuda con Impuesto Sucesiones y Donaciones (ISD).
No se si se puede o no, quizás de unas comunidades a otra cambian los métodos, ni idea. Yo te hablo desde nuestra experiencia. Pero en su día, y nada más estar las escrituras hechas en Notarías, pasaron a inscribirse en el Registro de la Propiedad. Ah, y la Plusvalía también está pagada. Lo único que queda pendiente es el ISD, porque todo lo demás ya está "puesto al día", y desde hace bastante tiempo además. Cuatro añazos.
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Evalun 10/08/13 19:01
Ha respondido al tema Ayuda con Impuesto Sucesiones y Donaciones (ISD).
Hola, Pues entonces será que deben de existir diferentes maneras de reflejar las aceptaciones y particiones en las escrituras... Porque te puedo asegurar que no hay ninguna parte de la escritura en la que se reflejen los saldos de esa manera que me has dicho... Tal vez sea porque es tan simple como que hay dos mitades; 50 % para un persona, y el restante 50 % entre 4, a partes iguales. Pero vamos, dejando esto a un lado, de primeras vamos a ir a Liquidar el Impuesto, y si uno de los bancos se sigue poniendo "cabezón", aún con el pago ya hecho, habrá que ponerle una reclamación, primero en atención al cliente y después, al servicio de reclamaciones del Banco de España. Pero desde luego, lo de los Bancos en este país no tiene nombre. Saludos.
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Evalun 10/08/13 16:39
Ha respondido al tema Ayuda con Impuesto Sucesiones y Donaciones (ISD).
Está bien. Yo envié los detalles de la escritura a través de mail, mas que nada, porque en líneas generales y desde mi primer mensaje, la conversación ha estado limitada entre nosotros dos, sin que interviniera nadie más. De todos modos, aquí pego el contenido para que esté a la vista de todos: La escritura comienza, supongo que como será habitual, con los comparecientes (herederos) asistentes en Notaría, y sigue con el Inventariado de todos los bienes. Bienes que se componen de varios inmuebles y del saldo de las diferentes cuentas bancarias. Y que ese mismo inventariado, concluye con un capítulo, que es la "Determinación de Haberes", en la que se especifica, en totales, expresado en Euros (valoración de inmuebles y saldos de cuentas bancarias) la parte que corresponde a mi madre (que son 4/8), y la que corresponde a sus sobrinos (1/8 cada uno de ellos). Y ahora añado que la escritura se pasó en su día por el Registro de la Propiedad. Y no hubo ningún tipo de problema.
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Evalun 09/08/13 14:55
Ha respondido al tema Ayuda con Impuesto Sucesiones y Donaciones (ISD).
Hola juan st, Sobre lo que dices de la prescripción del Impuesto, no, no ha prescrito, porque ahora hemos recibido las cartas de pago del ISD, pero hace un par de meses o tres, enviaron las de aviso de que iban a pasar el Impuesto. Con lo de las entidades, traigo noticias frescas. Esta mañana hemos vuelto a acudir a la entidad que más pegas ponía, porque en la otra entidad que hay fondos se limitaron a recoger la documentación para bastantearla, y decirnos que tendríamos que volver en una semana. Así que por esa parte, hasta el Jueves que viene, nada. Pero ahora viene lo bueno, una asesora comercial de la entidad que más pegas pone, y después de consultar a asesoramiento jurídico, nos ha impreso un "pantallazo" del correo electrónico con la respuesta que le han dado desde testamentarías. Curioso, cuanto menos, porque que se sepa, con la acreditación de la condición de herederos con, por ejemplo, la escritura de herencia con sus correspondientes particiones y el justificante de pago del ISD, habría de ser suficiente, pero a ver qué os parece, a mí me parece que están sacando "los pies del tiesto". Escribo literal el contenido del correo: -Buenos días. Tras conversación telefónica mantenida con Uds., informarles que se podrá hacer una disposición parcial siempre y cuando tengamos: -Escritura de participación de herencia donde comparezcan todos, donde el Notario indique el porcentaje que corresponde a cada heredero. (Esto ya lo tenemos, escritura hecha y aceptada). -Carta de adjudicación firmada por todos los herederos, con reconocimiento de firma por parte de la oficina, donde indique el porcentaje correspondiente a cada heredero. (¿Por todos los herederos?. Entiendo que se podrán agarrar a la responsabilidad subsidiaria de la entidad, pero esto deja de tener sentido en el momento que se pague el Impuesto, no de todos los herederos, pero sí de la parte que se quiere disponer). -Auto de participación de herencia donde indique el Juez el porcentaje correspondiente a cada heredero. (¿Juez?, ¿qué Juez?. Están todos conformes con la escritura de herencia (está aceptada..). A ver cómo se os queda el cuerpo con esto... Cada una de las cosas que piden, anula la anterior porque la finalidad es... ¡la misma!, ¡comprobar el porcentaje correspondiente a cada heredero!.. O no se enteran.., o no se quieren enterar.
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