Hola juan st,
Sobre lo que dices de la prescripción del Impuesto, no, no ha prescrito, porque ahora hemos recibido las cartas de pago del ISD, pero hace un par de meses o tres, enviaron las de aviso de que iban a pasar el Impuesto.
Con lo de las entidades, traigo noticias frescas. Esta mañana hemos vuelto a acudir a la entidad que más pegas ponía, porque en la otra entidad que hay fondos se limitaron a recoger la documentación para bastantearla, y decirnos que tendríamos que volver en una semana. Así que por esa parte, hasta el Jueves que viene, nada.
Pero ahora viene lo bueno, una asesora comercial de la entidad que más pegas pone, y después de consultar a asesoramiento jurídico, nos ha impreso un "pantallazo" del correo electrónico con la respuesta que le han dado desde testamentarías. Curioso, cuanto menos, porque que se sepa, con la acreditación de la condición de herederos con, por ejemplo, la escritura de herencia con sus correspondientes particiones y el justificante de pago del ISD, habría de ser suficiente, pero a ver qué os parece, a mí me parece que están sacando "los pies del tiesto". Escribo literal el contenido del correo:
-Buenos días.
Tras conversación telefónica mantenida con Uds., informarles que se podrá hacer una disposición parcial siempre y cuando tengamos:
-Escritura de participación de herencia donde comparezcan todos, donde el Notario indique el porcentaje que corresponde a cada heredero. (Esto ya lo tenemos, escritura hecha y aceptada).
-Carta de adjudicación firmada por todos los herederos, con reconocimiento de firma por parte de la oficina, donde indique el porcentaje correspondiente a cada heredero. (¿Por todos los herederos?. Entiendo que se podrán agarrar a la responsabilidad subsidiaria de la entidad, pero esto deja de tener sentido en el momento que se pague el Impuesto, no de todos los herederos, pero sí de la parte que se quiere disponer).
-Auto de participación de herencia donde indique el Juez el porcentaje correspondiente a cada heredero. (¿Juez?, ¿qué Juez?. Están todos conformes con la escritura de herencia (está aceptada..).
A ver cómo se os queda el cuerpo con esto... Cada una de las cosas que piden, anula la anterior porque la finalidad es... ¡la misma!, ¡comprobar el porcentaje correspondiente a cada heredero!.. O no se enteran.., o no se quieren enterar.