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Euparly

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Euparly 19/01/22 17:27
Ha respondido al tema Prescripcion de la reclamación por cantidades cobradas de más por clausula suelo, pasados 5 años.
Ya, reclamar se puede reclamar, pero yo en particular me refiero a la controversia por los plazos de prescripción de la acción de reclamación (no hablo de la nulidad de la cláusula, que es imprescriptible hasta dónde se)Pero en lo tocante a la modificación que menciono  de la Ley 42/2015, de 5 de Octubre, que modifica los plazos del artículo 1964 del Código Civil. He consultado en diversos sitios y también me han informado que al reducirse el plazo de 15 años a 5 años para estas actuaciones personales, afecta entre otras acciones a las reclamaciones por las cláuslas suelo, así como también a las que se pudieran realizar por los de los gastos de constitución de la hipoteca (entiendo que en general afecta a las reclamaciones por las cláusulas que se hayan declarado nulas) Tratándose en mi caso de una hipoteca con origen en Diciembre del 2007, ya no habría plazo para dicha acción en lo que a los gastos de constitución se refiere (aplicando los 5 años considerados desde el momento de constitución de la misma), y por lo cobrado en exceso debido a la clausula suelo en los pagos periódicos de las cuotas, la Ley 42/2015 que establece los 5 años de prescripición de la acción de reclamación, al entrar en vigor el 07-10-2015 (día siguiente a su publicación) nos lleva a un plazo para reclamar con fecha en el 07-10-2020, retrasado en los días de interrupción de plazos por la normativa del pasado Estado de  Alarma hasta el 28-12-2020.Fuera de esas fechas, puede que  teóricamente  sólo me quedase optar a reclamación por los pagos de los últimos 5 años , según la mencionada modificación de plazos de la Ley 42/2015. Al menos parece que en A Coruña (y en algunas Audiencias más) la corriente de los Tribunales, era esta última interpretación.Lo esperanzador creo que puede ser que el Tribunal Supremo ha elevado una cuestión prejudicial en  Auto de Pleno de 22 de julio de 2021, cosiderando la jurisprudencia del TJUE que en varias ocasiones descarta que el día inicial del plazo de prescripción  de estas acciones sea el día de celebración del contrato o la fecha en que se hicieron los pagos indebidos.Habrá que ver como responde en TJUE, pero pienso que con el planteamiento de dicha cuestión y tras su lectura, no se confirma desde cuando se empieza a contar dicho plazo de prescripción pero sí que parece desechar la fecha de firma del contrato o constitución de la hipoteca, o de generación de los pagos indebidos.Creo que se aportan tres fechas como alternativas a partir de las cuales comenzar los plazos. En espera de la resolución del TJUE, y atendiendo a esas tres fechas, considero los 5 años comentados partiendo de cada una de ellas, y ya me cuadrarían los plazos para poder reclamar en cualquiera de las tres posibilidades; salvo que el TJUE al pronunciarse abra alguna más o a expensas de su dictamen.No se si se está teniendo en cuenta en algunos Tribunales ahora mismo esta cuestión planteada  por el Tribunal Supremo al TJUE o no. O bien en cuales sí y en cuales no.Es un lío, la verdad. Pero creo que es lo que hay por ahora... ¡yo ya no se nada, pero echo humo!Perdón por esta Biblia al que la haya aguantado.
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Euparly 31/07/19 11:05
Ha respondido al tema Cuidado: Banco Santander no respeta las condiciones de hipoteca de Oficinadirecta - Hipoteca Oficina Directa
Hola Marisol, Leyendo lo que comentas sobre el papel que te plantearon firmar conforme no reclamarías dinero anterior cobrado de más debido a la cláusula suelo, para dejártela de aplicar desde ese momento en adelante; no tengo yo del todo claro que sea muy legal que te impida reclamar esas cantidades pagadas en exceso (sinceramente, suena un tanto chantajista; sobre todo teniendo en cuenta que es a cambio de dejarte de aplicar la cláusula suelo, hecho que cada vez parece irse revelando para el caso de oficina directa cómo algo que tampo es correcto -  igual esta analogía no es muy correcta, pero podría ser algo así como si te dicen, "A ver; si quieres que te deje de pegar, fírmame que no me vas a reclamar por las lesiones anteriores...", como si el hecho de que te pegaran tuviese que ser aceptable o negociable como si fuera legal... - no se yo, no me parece muy claro ese tema..., aparte de que creo haber leido algo sobre ese tipo de acuerdos, que finalmente no resultaban aplicables ante una reclamación judicial y podían prosperar igualmente -o no, que también puede ser...- ) Lo de la aplicación del tipo diferencial del 0,68 en lugar del 0.35 sí que es algo que pienso comentar y reclamar, aunque me sigan aplicando el suelo de 2,25 entretanto y no sea efectivo ninguno de los dos diferenciales en la práctica, me gustaría que cuando menos apareciese reflejado en las condiciones que veo en la web ese 0,35. Yo llevo todos estos años a la espera de ver cómo evolucionan las cosas sin reclamar ni firmar nada, pero no se si ahora ir tomando alguna vía de actuación - ya comentaré con mi mujer lo que hacemos tras las vacaciones-. Lo cierto es que supongo que ahora debería probar a reclamar al Banco Santander directamente (ya sin pasar por Oficina Directa) el cese de aplicación de la cláusula suelo y devolución de las cantidades pagadas de más durante todos estos años y nuevo recálculo de las cuotas y capital restante de amortizar conforme a no haber aplicado la cláusula suelo en ningún momento, a ver si la rechazan, o lo que proponen si es que estiman la reclamación en algúnn modo. Respecto a las tarjetas de crédito, me plateo cancelarlas y buscar otras alternativas; pero las más interesantes que vi, requerían domiciliar la nómina (ING Direct, en concreto) y no puedo por motivos de la hipoteca, claro. No he mirado nada en Wizink por ahora, echaré un vistazo en su web, a ver que hay... o qué requieren sobre tener cuentas asociadas y otras codiciones... Ya te comentaré lo que vayamos avanzando, aunque con vacaciones en breve por delante creo que vamos a tardar un poco. Gracias por tu información y ánimo con todo.            
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Euparly 31/07/19 10:32
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Euparly 30/07/19 15:13
Ha respondido al tema Cuidado: Banco Santander no respeta las condiciones de hipoteca de Oficinadirecta - Hipoteca Oficina Directa
Buenos días, Suscribo totalmente las declaraciones de Marisol, tenía exactamente sus mismas condiciones sobre el diferencial (amén de otras pequeñas ventajas, como transferencias nacionales gratuitas, devolución de un porcentaje de los recibos domiciliados, en general escasas o nulas comisiones al menos para operativa común..., que ya veremos que sucede con ellas), y a día de hoy, en el Plan de Amortización también observo que figura Euribor + 0,68 y no veo ni la más mínima mención del Euribor + 0,35 que llevo teniendo desde el principio de la Hipoteca dado que siempre he cumplido las condiciones que para ello se establecían (y así figuran plasmadas en la escritura de la misma). Cuando menos tengo la mosca detrás de la oreja, no sea que luego me lo quieran mantener como el tipo a aplicar para el próximo vencimiento y recálculo. Por no hablar de que sigue aplicándose el suelo del 2,25 % - que ese es otro tema - (sobre todo ahora que parece que ya SÍ existe sentencia al respecto a favor de los clientes de oficinadirecta por parte del Tribunal Supremo) Respecto a las tarjetas de crédito, me han notificado una carta en la cual me comunican la transformación de mi anterior tarjeta visa a una nueva denominación (y ahora hablo de memoria) que creo recordar era algo así como santander oro. Incluyen también en varios fólios las condiciones de la misma, entre las que consta una cuota de 80 € al año, sin más mención de otros posibles detalles. Anteriormente yo tenía también un coste anual - cuyo importe, francamente, no recuerdo - que se suprimía si se hacía un consumo mínimo anual de 2000 €. Consumo que siempre realizaba y con ello no me aplicaban coste por la tarjeta; de eso ahora en las condiciones que manda el Santander,  no se dice nada. Sólo se dice que se aplicaran las nuevas condiciones comunicadas en todo aquello que sustituya a los mismos conceptos regulados por las anteriores. Habrá que ver cómo entienden este detalle. Y no es fácil que nadie hasta ahora me aclare nada al respecto en las oficinas del Santander, la mayoría de empleados de a pie con que he hablado, tampoco tienen muy claro todos los detalles de Oficina Directa.              
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