Acceder

Participaciones del usuario Escri

Escri 28/03/14 20:41
Ha respondido al tema ¿Cuál es el plazo para aceptar o renunciar a una herencia?
En el mensaje 10 te contestaba "Por último, estaba liada, las herencias no tributan por IRPF, eso son las ventas de inmuebles. Perdón. Lo que sí sé es que si el pariente es lejano hacienda te da un hachazo que se puede llevar todo el metálico entre sucesiones y plusvalías. Esto era en respuesta a Leopold que me preguntaba si rechazaría una cantidad en metálico. Pues si es poca no es que la rechace, es que se la queda hacienda y puede que me toque añadir algo para llevarme unos bienes que acabarán malvendidos. Sé de quien ha tenido que pagar más del metálico recibido para tener ahora algo que no puede vender" si haberte leído. LAS CANTIDADES SON INVENTADAS PERO YO SOLO ME LLEVO UNA PEQUEÑA PARTE (EL 12,5% PORQUE ERAN 5 HERMANOS Y YO TENGO OTRA). Del precio de la urbana puede imaginarme su valor catastral, de la rústica no tengo ni idea y del dinero que tiene tampoco pero me imagino que más de 905 euros (pero yo solo me llevo una parte Y SOLO ME LLEVARÍA ALGO SI EL 12,5% ES MÁS DE 905 EUROS, ES DECIR UNOS 7.350 EUROS SIN TENER EN CUENTA IMPUESTO DE PLUSVALÍA). Sólo sería tributar por sucesiones y plusvalía y pagar gastos de registro y honorarios de notaría y otros si salen. PERO HABRÍA QUE VER EL HACHAZO QUE REPRESENTAN LOS GASTOS LEGALES.
Escri 28/03/14 20:13
Ha respondido al tema ¿Cuál es el plazo para aceptar o renunciar a una herencia?
Por lo que he oído aceptarla a beneficio de inventario es que se haga un inventario antes de aceptarla para ver si hay deudas y poder rechazarla. Me he explicado mal porque mi caso no es que no quiera heredar dudas, es que los bienes son un incordio y no los quiero. La casa no está en ruinas, está vieja pero habitable pero 10 años cerrada y entonces si que estará inhabitable. Por último, estaba liada, las herencias no tributan por IRPF, eso son las ventas de inmuebles. Perdón. Lo que sí sé es que si el pariente es lejano hacienda te da un hachazo que se puede llevar todo el metálico entre sucesiones y plusvalías. Esto era en respuesta a Leopold que me preguntaba si rechazaría una cantidad en metálico. Pues si es poca no es que la rechace, es que se la queda hacienda y puede que me toque añadir algo para llevarme unos bienes que acabarán malvendidos. Sé de quien ha tenido que pagar más del metálico recibido para tener ahora algo que no puede vender.
Escri 28/03/14 20:00
Ha respondido al tema Préstamo entre hermanos y este es de verdad
Es que esconder 500 euros es muy fácil y comprobar si se han pagado o no imposible. Con cantidades grandes es distinto. De todas formas, el abogado sabrá cómo se hace si es que alguna vez se ha utilizado esto para su verdadero fin porque no hay nadie libre de sospechas: "La infanta explica el préstamo del rey" http://www.expansion.com/2014/02/08/entorno/1391878150.html He estado editando el mensaje anterior pero es que si queremos encubrir una donación, hasta esos 6.000 euros se los puedo dar yo bajo mano sacando 500 al mes del cajero y hacer el paripé de que me los devuelve ella
Escri 28/03/14 19:26
Ha respondido al tema Préstamo entre hermanos y este es de verdad
Que no hay ganancias quedaría documentado haciendo público el contrato, para eso creo que se lleva a la Conselleria d'Hisenda (Consejería de Hacienda), en este momento me da igual dónde haya que llevarlo porque tendría que redactarlo un abogado y él lo sabrá seguro. Lo que no tengo claro es hasta que punto valen como pruebas de la devolución recibos firmados por mí en lugar de transferencias bancarias. Por otra parte, "facta lege, facta fraude" porque imagina que quiero encubrir una donación de 30.000 euros. Entonces, lo doy el dinero a mi hermana, hacemos el contrato como corresponde, cada mes me devuelve 500 euros por transferencia y yo se los vuelvo a entregar en un sobre. Es imposible probar esto. Y si es al revés y quiero cobrarle, vamos hacer negocio con ella, le pido que me dé en un sobre los intereses de todo el préstamo (por ejemplo, si necesita 30.000 euros decimos en el contrato que le doy 35.000) y que me pague por transferencia los 500 euros al mes. También difícil de probar porque gastar 5.000 euros es fácil en uno o dos pares de meses. (ESTO NO ES CIERTO SOLO ES UN EJEMPLO) Ya puestos, vamos a rizar el rizo: en la boda de mi hermana le hice un regalo caro, el viaje de novios a la Polinesia Francesa http://news.lacuartaisla.com/Media/LCI/Oceania/11oct2013/Boletin%20Novios%20Oceania%202%20-%20Australia%2c%20Nueva%20Zelanda%20y%20Vueltas%20al%20Mundo.pdf, ¿también es una donación que debe declararse? Y más todavía, ¿todos los regalos que recibió en la boda debió sumarlos y declararlos, esto lo hace alguien, hacienda busca en el Corte Inglés listas de boda? (ESTO NO ES CIERTO SOLO ES UN EJEMPLO)
Escri 28/03/14 15:54
Ha respondido al tema Préstamo entre hermanos y este es de verdad
Por no haber onerosidad supongo que simplemente es hacer constar en el contrato que es un préstamo con interés cero. Como me imaginaba, la firma de recibos cierta o no es muy sospechosa pero las ahora casi cualquier entidad bancaria (Bankia) cobra por hacer transferencias... En caso de ser investigada, más que improbable, ¿no se vería hacienda obligada a aceptar los recibos y ser ella quien demostrara su presunta falsedad o frente a hacienda no se es inocente hasta que se demuestre lo contrario? Por cierto, el contrato sí debe ser público aunque después de pensarlo, me cuesta menos ser yo quien pague al contratista y que mi hermana me devuelva el dinero...
Escri 28/03/14 12:06
Ha publicado el tema Préstamo entre hermanos y este es de verdad
Escri 28/03/14 11:59
Ha respondido al tema ¿Cuál es el plazo para aceptar o renunciar a una herencia?
Una herencia es un peligro y por lo que he oído hay que aceptarlas a "beneficio de inventario". Sé de algún caso que después de pagar notaría, registro e impuestos de sucesiones, plusvalía e IRPF han pagado más de lo que han recibido en metálico y ahora tiene unos bienes que solo producen pagos de impuestos... No sé las cantidades exactas pero imagina que este año yo gane como sueldo 35.000 euros brutos (es buena aproximación), por mis ahorros 5.000 euros brutos (es mala aproximación) y soy soltera y sin familiares a cargo con la hipoteca ya pagada y me tocara de herencia de un tío unos bienes que no sé cuánto pueden ser pero supongamos que sean una pequeña parte indivisa de una vivienda que necesita ser o muy reformada o demolida y de fincas rústicas de las que el valor catastral de mi parte fueran 5.000 euros por la urbana y 5.000 por la rústica y además 5.000 euros más en efectivo (DE VERDAD QUE ESTAS CANTIDADES SON INVETADAS). ¿Cuánto tributaría si la acepto? Yo soy residente en Valencia y él en Villarobledo... ¿Puedo estar sin aceptar ni renunciar a la herencia varios años? Algo escuché por parte del autor de un libro sobre herencias que fue entrevistado por la radio. Por cierto, ¿sabes a qué libro puedo referirme? Es para público en general, sobre herencias y de publicación reciente (no sé si uno o dos años o tres años).
Escri 17/03/14 01:38
Ha respondido al tema ¿Cuál es el plazo para aceptar o renunciar a una herencia?
Leopold, ¿Cómo puedo zafarme de heredar algo que no quiero porque rústica de sacano en Albacete y yo vivo en Valencia y que además no está en producción? ¡¡¡ No lo quiere nadie a precios razonables pero si intentas venderlo te dan tan poco que no quiero favorecerlos; además, tendría que convencer al resto de herederos.... ¡Quiero zafarme! Es posible que mis padres nos hagan donación o venta de los vienes que sus hijos queremos y que luego renunciemos a la herencia en la que no hay nada que nos interesa? Cuando mi pa dre, ya fallecido intentó vender su parte primero a hermanos y primos y luego al resto de colindantes el precio que le dieron fue insultante. Si no lo quieren no les molestará mi acción y si lo quisieran que no hubieran humillado a mi padre.
Escri 12/03/14 19:23
Ha publicado el tema ¿Cuál es el plazo para aceptar o renunciar a una herencia?
Escri 17/02/14 14:26
Ha respondido al tema ¿Cuánto pagaré de IRPF después del canje y la venta de acciones?
Y pasa otra cosa: el canje fue el año pasado y la venta de acciones este así que las pérdidas del canje no se deben contar para ver cuánto se tributa por rendimientos del capital ya que son en años diferentes. Si la acción sube me espero pero si la veo baja la vendo. Hoy sube un poco