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Participaciones del usuario Errapel Ispizua

Errapel Ispizua 19/12/14 09:29
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
Pues no, al final no pregunté. Además con el cambio normativo a partir de 2015 (el cupón como sabes lo pagan a fin del mes que viene) se elimina la exención de los primeros 1.500 euros, así que al final patatas.
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Errapel Ispizua 18/12/14 13:14
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
se estabiliza en el entorno de 43-44. Con la bajada del petróleo, que todo indica que se mantendrá a precios bajos una larga temporada, la mejora de las cifras de ventas, las previsiones de mejora para 2015... no parece que haya mucho recorrido a la baja para estas obligaciones. Solo les queda el canje y dispararse no? Feliz navidad!
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Errapel Ispizua 07/04/14 21:28
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
Ahhh ya lo he entendido. Pues lo acabo de mirar y precisamente me lo pone como rendimiento del capital mobiliario junto con unos dividendos de unas acciones que tenía el año pasado. Para mí que me entran en esos 1.500 euros exentos, ya lo voy a consultar en una oficina de hacienda para evitar marrones.
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Errapel Ispizua 07/04/14 21:15
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
Pues haber empezado por ahí. Es que como andabas pasandote de una a otra, cosa que yo también he barajado, caí en la cuenta de que podría tener un efecto fiscal nada desdeñable. Pero claro si tienes a tope los milqui pues nada. Yo ando haciendo muchas cábalas con el fisco porque al final nos crujen de lo lindo y si no los tienes en cuenta acabas pagándole la multa a la Espe. Saludos y suerte!
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Errapel Ispizua 07/04/14 20:49
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
Sí que me leí los folletos de ambas emisiones. Parece que lo tienes claro, yo no tanto por lo que te comento, al tener la consideración de capital propio (las baratas son capital social de eroski, pues así figura en el balance y en el folleto, mientras que las otras no), las baratas estarían incluídas en la exención de los 1.500 euros, mientras que las otras no. Te incluyo algunas líneas de la Ley del IRPF Art 7 Rentas exentas (...) y) Los dividendos y participaciones en beneficios a que se refieren los párrafos a) y b) del apartado 1 del artículo 25 de esta Ley, con el límite de 1.500 euros anuales. (...) Artículo 25. Rendimientos íntegros del capital mobiliario. Tendrán la consideración de rendimientos íntegros del capital mobiliario los siguientes: 1. Rendimientos obtenidos por la participación en los fondos propios de cualquier tipo de entidad. Quedan incluidos dentro de esta categoría los siguientes rendimientos, dinerarios o en especie: a) Los dividendos, primas de asistencia a juntas y participaciones en los beneficios de cualquier tipo de entidad. b) Los rendimientos procedentes de cualquier clase de activos, excepto la entrega de acciones liberadas que, estatutariamente o por decisión de los órganos sociales, faculten para participar en los beneficios, ventas, operaciones, ingresos o conceptos análogos de una entidad por causa distinta de la remuneración del trabajo personal. c) Los rendimientos que se deriven de la constitución o cesión de derechos o facultades de uso o disfrute, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, sobre los valores o participaciones que representen la participación en los fondos propios de la entidad. d) Cualquier otra utilidad, distinta de las anteriores, procedente de una entidad por la condición de socio, accionista, asociado o partícipe. De momento sigo con la duda.
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Errapel Ispizua 07/04/14 18:08
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
Perdona mi insistencia, pero me surge otra duda: si las aportaciones baratas están contabilizadas en el balance de Eroski como fondos propios, ¿El cupón de éstas tienen el mismo tratamiento fiscal que el cupón de las caras? En el primer caso sería una participación de fondos propios de la entidad, mientras que en el otro caso sería un capital propio cedido a terceros... :-/
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Errapel Ispizua 07/04/14 17:47
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
Gracias, o sea que el cupon cuando te lo paga el emisor ¿no tiene la misma consideración fiscal que un dividendo de una sociedad cotizada o no, o que un interes proveniente de un depósito a plazo?
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Errapel Ispizua 07/04/14 17:31
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
Enhorabuena por tu agilidad, suponiendo que hayas vendido unos 140 "cromos" segun tu los llamas, y viendo los movimientos del día, yo diría que te sacas algo más de cien eurillos antes de impuestos y comisiones. Siempre es mejor sumar que restar cuando hablamos de dinero. Y mi duda es ¿Como afecta fiscalmente el cupón corrido, es decir se considera rendimiento del capital o plusvalía patrimonial? Porque si se considera un rendimiento, fiscalmente hasta los primeros 1.500 euros son libres de impuestos, pero si es plusvalía directamente está gravada entre un 21 y un 27% o mas si es una operacion de corto plazo, con lo cual la operacion te la afeitan desde hacienda.¿Merece la pena?
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Errapel Ispizua 17/01/14 19:06
Ha respondido al tema Aportaciones Eroski
Buenas tardes, lo primero solidarizarme con todos vosotros, se lo que es que te engañen en un producto que tu crees que es de ahorro y luego resulta que es inversión de riesgo, y verte pillado sin querer en una pesadilla a mi me colocaron unas de la caixa pero bueno al final lo pude recuperar peleando en la sucursal. La oferta que han publicado los de eroski de momento puede ser un globo sonda para ver como respiran desde la banca acreedora y los afectados por las aportaciones financieras, en todo caso no esta mal para que a partir de ahi se puedan ir acercando posturas para dar salida a todo este embrollo. No obcecarse, sobre todo no tergiversar y no informar torcidamente que eso lo estoy viendo en muchos mensajes de otros foros que no se que intereses tendran pero que no estan por la labor de ayudar sino vete tu a saber lo que. Al que se sienta que le hayan engañado directamente al juzgado, tiene todas las de ganar segun se esta viendo, y recuperara su dinero. Aupa un saludo y mucha suerte no hay mal que cien años dure.
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