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Enriqueterol

Se registró el 02/06/2017
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Enriqueterol 02/06/17 12:15
Ha respondido al tema Contestación del Banco a las reclamaciones vía RD 1/2017
Buenos días. Yo obtuve sentencia firme el año 2016 de lo que sólo demandé cantidades desde 2013 (para ir a lo seguro). Reclamé al Popular por las cantidades anteriores a 2013. Pues he aquí la respuesta: Estimado cliente: Nos dirigimos a usted para informarle que, en respuesta a la reclamación con fecha 25/04/2017 que ha presentado al amparo del RDL 1/2017 de 20 de enero de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo no puede ser atendida ya que, en su caso, existe un procedimiento (administrativo, arbitral o judicial), en curso o concluido, sobre el mismo asunto. Una vez más, queremos agradecerle su confianza y reiterarle nuestro deseo de seguir ofreciéndole, el servicio y la atención que siempre nos ha caracterizado. Atentamente, Por lo que entiendo, ellos recurren a la sentencia del TS de abril de 2017 en la que prohíben la revisión de las sentencias anteriores a diciembre de 2016. Ahora bien. Si Popular, fue condenado por el TS en 2016, al contrario que BBVa que fue en 2013 (donde se establece esa retroactividad), ¿existe el principio de cosa juzgada en mi caso, más teniendo en cuenta que en la demanda no se pedían las cantidades anteriores? Gracias mil.
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