Si. Tiene derecho a una pensión que cobra desde hace mucho tiempo. Tiene 42 años. Es totalmente dependiente. Tiene reconocia la absoluta. Nació mal. Mi duda surge sobre la pisibilidad de cumpletar esa pension con la de orfandad. Pero probablemente no sea posible.GraciasUn saludo
Me acaba de pasar a mi. Primero llamas a la empresa. En caso de no gustarte su respuesta: denuncia.
Luego vas a tu sucursal y alli te daran un formulario para usos fraudulentos y ellos se encargan de representarte. Asi me han informado en el centro de atención al cliente del grupo Sabadell
No obstante no comprendo cómo es posible que ocurra esto
¿Porqué una empresa tiene tus datos si nunca has tenido ningún tipo de contacto con la misma? ¿Como pueden pasar cargos a mi tarjeta sin mi autorización?
Mi duda surgía en relación al año 2013 en ese ejercicio no se presentó declaración porque no teníamos obligación de hacerla y por este motivo no puedo no puedo hacer una declaración complementaria.
Y también me surge la duda de los pagos que recibes del INEM en una situación de ere. Quisiera saber si se considera como un segundo pagador gracias
Al tratarse de salarios recibidos de FOGASA no hay sanciones ni recargos. Se presentan en el ejercicio corresponden al ejercicio en el que te los pagan
Buenos dias
Ante todo gracias por responder
Efectivamente, descargué el programa padre del 2013 y lo añadí al rendimiento de trabajo y sale a devolver. Al no haber hecho ese año la declaración no puedo hacer complementaria, entiendo.
Estando dentro de un Ere ¿Esos pagos cuentan como un segundo pagador?
¿Aparecen reflejados en los borradores de hacienda?
Muchas gracias
Un saludo
Buenos dias
Por favor preciso si es posible me ayuden con la siguiente cuestion
Acabo de hacer una declaración complementaria por salarios de fogasa y sale correctamente cantidad a pagar.A continuación descargué el programa padre de 2013 para declarar la parte correspondiente a ese ejercicio y me sale una cantidad a devolver. ¿Que es lo que hago mal? Ese año no presenté la declaración al no tener obligación de hacerlo por la cuantía de los ingresos. ¿Puede ser ese el motivo? ¿qué tengo que hacer?
Gracias de antemano
Un saludo