Basar tu decisión de compra solo en el precio y nombre de coberturas es un error que generalmente termina saliendo caro. Utilizar un "rastreator" de carne y hueso (un corredor) suele ser una mejor alternativa.
Sin duda, yo no lo he vivido en mis carnes pero eso de "no puedes opinar sobre mi experiencia en Allianz".... Entonces, si no puedo o podemos opinar, ¿para qué narices escribes en un foro?
Creo que mapfre pero no sé si también para las motos... lo peor de la mutua para los "mutueros" es que en caso de accidente tu asistencia sanitaria está limitada a 1.800 euros que no dan para nada o para muy poco... todo lo que exceda, a pagar de tu bolsillo y ojo... la seguridad social no se hace cargo de nada cuando es un accidente de circulación ni aunque éste se considere "accidente in itinere" al trabajo.
Es que tu mismo te contestas... "tienes una permanencia de 3 años". Un seguro no deja de ser un contrato entre dos partes. Con sus derechos y sus obligaciones respectivas y la ley de Contrato de Seguro no prevé que el que hayas contratado o tengas otro seguro sea motivo para cancelar a mitad de contrato el que ya tienes.
Te voy a dar mi opinión... primero, entiendo que los plazos para reclamar un posible vicio oculto siguen cumpliéndose....1.- No debes mezclar tu aseguradora con legalitas. Santander tiene subcontratado, como otras muchas compañías, ese servicio a un tercero. En este caso Legalitas.2.- Llevo tiempo viendo por este foro muchas pero muchas quejas sobre legalitas. No sé lo que está pasando con esta compañía pero hay mucho insatisfecho con ella.3.- Tu seguro... sin tener las condiciones generales es dificil decirte algo más concreto. Esos 6.000 euros es para la libre elección de abogado para que puedas contratar ese servicio, salvo que tu contrato diga o establezca que debes hacerlo a través de tu seguro.4.- Mira si te cubre o tienes excluido esa reclamación contra el promotor o constructor. Algunos seguros excluyen las reclamaciones contra éstos.5.- Efectivamente, en todo caso, siempre puedes buscarte un abogado y, de ganar, reclamar que te devuelvan hasta ese máximo de 6.000 euros.
Pues no sé esa suma a qué corresponde. Entiendo que será alguna especie de provisión por el tema del banco.... lo dicho, tu seguro tiene que ser valor de reconstrucción y ni un céntimo más.
Solo por confirmar tu tranquilidad, sí es normal. Lo único es que el proceso se alargará un par de semanas más.... en cuanto a tus lesiones, guarda facturas de medicamentos, posibles traslados a rehabilitación, etc., etc., ... todos esos gastos los puedes reclamar luego con la indemnización que te corresponda por tus lesiones.
La Dirección General de Seguros no se mete en la buena o mala calidad del servicio prestado. Solo interviene en caso de incumplimientos contractuales o legales. En tu caso, tal y como lo cuentas, su posible intervención vendrá por el lado de los plazos. Tienen la obligación de hacerte la oferta de indemnización en 40 días o, superado ese plazo, abonarte los intereses legales pertinentes.... por ahí irá la respuesta de la DGSFP.Un duda... ¿por qué la indemnización? ¿No lo llevaste a reparar a un taller y aceptó la posible peritación?
Bueno, lo de hacer dinero... no conozco ni una sola empresa cuyo objetivo no sea ganar dinero. Dicho esto, la cuestión es si, en base al contrato de seguro que contrataste, tiene razón la compañía o la tiene el cliente. No siempre la tiene ni uno ni otro y por aquí hay veces que les damos la razón a unos u otros.
Sinceramente, pues depende... si lo compró en 2019 a lo mejor es incluso más caro que ahora que ya hay modelos nuevos.... indudablemente la factura la conservas al menos los dos años de la garantía o tres si se compró en 2022 o 2023
En Allianz, si es normal... si lo has hecho basando en el precio verás en la documentación el precio de este año sin esos días que faltan y, sino recuerdo mal, también te pone el precio de lo que sería la anualidad completa. Ese es el precio que debes tener de referencia si lo quieres comparar con otras compañías.
Por eso mismo, y con independencia del valor que le adjudiquen, la importancia de acreditar mediante la factura si el móvil tiene 1, 2, 3 o 4 años.Por número de serie pueden establecerlo pero, generalmente, será más perjudicial porque ese número indica año de fabricación pero, en muchos casos, su adquisición puede ser un año o dos después...Si no hay factura, tirarán de ese año de fabricación.
Esta todo por ver... antes decían que si el origen estaba en el toldo que, desde punto de vista de seguros, es más complejo pues el seguro de Comunidad suele incluir toldos de viviendas y, por tanto, podría tener cobertura por seguro hogar y seguro comunidad.... ahora parece que es un electrodoméstico... ahí ya está claro que es el de hogar pero con los límites, etc., etc., ya os digo que cada compañía acabará pagando lo suyo y punto...Ahora bien, algunas compañías como pueden ser mapfre y alguna otra, al tener muchas viviendas afectadas, etc., etc., entrarán en juego sus Reaseguros internos al ser un siniestro punta... vamos que una parte lo pagará la aseguradora y otra acabará pagándola una compañía japonesa, americana, etc.... bueno todo esto para el propietario afectado es transparente. Lo comento solo a nivel de impacto económico para las aseguradoras. Impacto importante pero que no será la totalidad.
Pero vuelves a los 1.259 euros precio de salida.... que no es el precio que cuesta ahora uno nuevo. Por ese importe te compras ahora un 13 en lugar de un 11.... Te vuelvo a preguntar, ¿has podido aportar factura de compra para que puedan ver años que tenía el teléfono?Su valor no es el mismo si lo compraste hace un año a si lo compraste en 2019.
Efectivamente es tal cual dice Insuarance pero no se te olvide lo que he dicho antes.... los Convenios entre compañías no pueden menoscabar en tu derecho. Es decir, reparar el daño sufrido en el taller que te de la gana. Eso de hacerlo al "precio Mutua" es una milonga cuando tu eres el perjudicado en el accidente.
Si tu compañía dice que es del otro edificio, lo tiene fácil.... tienes cobertura de Reclamación de Daños. Por tanto, que se dejen de tonterías y que reclamen... ¿a quién? Pues igual de fácil al propietario del edificio que, como te han dicho, está en el Catastro... a partir de ahí, verás como el citado propietario contacta y os da la info de su seguro...No voy a pensar mal pero tal oscurantismo.... ¿estamos convencidos de que tiene seguro? Lo mismo nos llevamos una sorpresa.
Bueno, yo no voy a dudar pero, por curiosidad acabo de buscar en internet y uno nuevo cuesta 650 € y reacondicionados unos 350 €... sin duda, más de 104 pero otra duda... ¿has podido aportar la factura donde ponga que tiene x años? Si no la aportas, en base a modelo y demás, lo mismo te están aplicando una depreciación mayor por su posible antigüedad....Como lo estás viendo con tu mediador, a ver qué te dicen...
Sin saber tu respuesta y solo leyendo tu primer post, ya sabía que estabas en la Mutua, jajaja... te cuento.... golpe culpa AXA pero por convenios quien te perita y tiene que pagar la reparación es Mutua....Ahora vamos con la Mutua que dice que su seguro incluye "libre elección de taller"... una verdad a medias.... ¿puedes llevarlo a cualquier taller? Sí pero lo que te ha ocurrido es que al llevarlo a un taller no colaborador de ellos, la factura solo la asumen en base a sus tarifas de reparación. Como tu taller cobra más caro, te hacen pagar la diferencia.... ¿tienen libre elección de taller? En la práctica, NO.... muy buena publicidad pero mal seguro.¿Qué hacer? Te tocará pagar y asumir la diferencia y luego reclamar... la reclamación si la haces bien y la llevas hasta el final la tienes ganada... solo tienes que justificar y bla, bla, bla para finalmente decir "que los convenios entre compañias no pueden menoscabar tus derechos y que, en consecuencia, y en base al artículo 1902 del código civil, AXA y en su nombre Mutua, debería abonarte el importe de todos los daños causados .... y que al ser culpa de otro, tu tienes plena libertad de elegir el taller donde efectuar la reparación.