Ha respondido al tema
Impago de seguro de salud, sin haber sido reclamado. ¿Qué cantidad pueden exigir?
como reclamo la confirmacion de la extincion? (me pierdo en como se hacen ahora estos casos, se trata de adelas).¿burofax, a que direccion?¿alguna comunicacion electronica en que sitio?
Elpajaroloko12/01/23 09:41
Ha respondido al tema
Impago de seguro de salud, sin haber sido reclamado. ¿Qué cantidad pueden exigir?
hace ya muchos años, iba al sitio en cuestion (tanto si era privado como publico) y entregaba con copia sellada, el escrito .....
Elpajaroloko12/01/23 09:39
Ha respondido al tema
Impago de seguro de salud, sin haber sido reclamado. ¿Qué cantidad pueden exigir?
entiendo, de acuerdo con la ley, que al haber transcurrido seis meses, el contrato se considera extinguido. No me queda claro si pueden reclamar o no, el pago de esos seis meses.para enviar el escrito, ¿como me dirijo a ellos? (la verdad, me he perdido con la "tecnologia" de los tramites y hoy dia no se como se hace para comunicar algo de forma que quede constancia?-burofax? (a que direccion?) o se puede hacer algo electronicamente?
Elpajaroloko11/01/23 23:00
Ha publicado el tema
Impago de seguro de salud, sin haber sido reclamado. ¿Qué cantidad pueden exigir?
Elpajaroloko17/12/22 11:31
Ha respondido al tema
Plan de pensiones para personas con discapacidad-transferencia de un fondo a otro
Ademas noto que la "diversidad" que se ofrece en cuanto a alternativas de inversion, es mucho mas limitada. En los fondos puedes encontrar, por ejemplo, fondos para inversiones ecososteniblesen Cochinchina, cubierto en divisas o no. Pero en planes de pensiones , las posibilidaes que me ofrecen son mas reducidas.¿existe alguna posibilidad de ampliar la oferta? ¿puedo solicitar invertir, en el plan de pensiones,.en cualquier fondo de inversiobn que comercialice la entidad, aunque no este expresamente dirigido a plan de pensiones?
Elpajaroloko17/12/22 11:28
Ha respondido al tema
Plan de pensiones para personas con discapacidad-transferencia de un fondo a otro
Gracias, no entiendo del todo . ¿que el plan de pensiones es unico? O sea, tiene que estar todo el plan/fondo en un unico recurso, por ejemplo Fondo FFF del Banco BBB. ?? O se puede tener el plan X en la entidad X, el plan Y en la entidad Y, el plan Z en la entidad Z, y cada uno de ellos en varios fondos,X1,x2....?Imaginio que la diferencia entre plan y fondo es algo asi como que el plan es tener una "cuenta de inversion" cuyos recursos se distribuyen en uno o varios fondos.Es asi? o hay conceptos que se me escapan?En el caso de mi madre abrio hace unos años un plan de pensiones, y se invirtio en un "fondo" (supongo que ese es el concepto) monetario. Dado como esta la cosa con la inflacion, pues queria cambiar el caracter de la inversion y pasarlo, al menos parcialmente, a renta variable.
Elpajaroloko14/12/22 19:10
Ha publicado el tema
Plan de pensiones para personas con discapacidad-transferencia de un fondo a otro
Elpajaroloko27/05/22 08:36
Ha respondido al tema
Plan pensiones a favor personas discapacidad-rescate alternado con aportaciones por contingencia de jubilacion dependenc
una duda que me ha surgido....en esta materia el término "la prestacion por jubilacion" significa siempre el fondo procedente del rescate del plan?. Entiendo no significa en ningun caso el cobro de la pension de la seguridad social.
Elpajaroloko25/05/22 20:05
Ha respondido al tema
Plan pensiones a favor personas discapacidad-rescate alternado con aportaciones por contingencia de jubilacion dependenc
la redaccion de 2004 da a entender que el espiritu era diferente"Artículo 11. Incompatibilidades del régimen de aportaciones y prestaciones.1. A partir del acceso a la jubilación, las aportaciones a planes de pensiones sólo podrán destinarse a la contingencia de fallecimiento."con lo cual parece defendible el criterio mas elastico de la contingencia.Pero de todas formas parece muy resbaladizo.Intentare buscar algo en el banco de datos de la DG seguros
Elpajaroloko25/05/22 20:03
Ha respondido al tema
Plan pensiones a favor personas discapacidad-rescate alternado con aportaciones por contingencia de jubilacion dependenc
incluso estirando el concepto, queda la duda de si una misma contingencia se puede aplicar reiteradamente en el tiempo, respetando, eso si, el precepto de no simultanear aportacion y prestacion.Alternando por tanto,aportacion y prestacion (algo asi como "siembra"-"cosecha").El art 11 del reglamento parece impedirlo para la jubilacion," No obstante, una vez iniciado el cobro de la prestación de jubilación, las aportaciones sólo podrán destinarse a las contingencias de fallecimiento y dependencia "(aunque queda la duda que pasa una vez terminado el cobro de la prestacion).. Pero para la dependencia, no se dice nada.--