gracias berebere perdida seguro fijate que compre a 6007,30 y mira como esta a dia de hoy, lo que me despista mas es que de 1350 acciones iniciales la proporcion de esas 6 seria respecto a a esa 1350 .
seria 600 acciones =6 acciones que son las que me venden
Os dejo un información física al de 2015
Fecha operación 29/04/15
Importe bruto de la operación 42,42
Rendimiento operación 3,39
Rendimiento neto reducido 3,39
Retención aplicada 0,68
Esto se produce igualmente el 29/07 y el 29/10 del 2015
Según lunático valor rescatado 18600€ + rentas cobrada en 2017 (42,42 €)-prima apertura 20000 -rentas ya gravadas no que quiere decir
En 2015 rentas cobradas 127,26
En 2016 rentas cobrada 169,68
En 2017 rentas cobradas 42,42 el 29/01/17 y se rescata en esas fechas por el valor de 18600 aproximadamente
Era una renta vitalicia y no se podía recuperar hasta los dos años . Para mi ofrecerle esto a una persona con 76 años y este creer que es un plazo fijo es un engaño una persona con esta edad y casi sin saber leer creyó q ponía su dinero a plazo fijo el director en este caso se aprovechó y seguramente este firmado el contrato por esta persona mayor , ya q se lo pedimos verbalmente pero no lo han proporcionado.
Asín q no me queda claro como habra q declararlo el año que viene y si se puede compensar esa perdida
Gracias a todos y espero vuestra ayuda
Gracias de antemano por tu explicacion, pero no entiendo muy bien lo de que en realidad era 820 euros año, y que declaraba solo el 20% , esos 164 euros es lo que le pagaban al año.
La edad cuando contrato este seguro de renta vitalicia fue a los 75 años.
y las cantidades no son exactas no he puesto decimales son aproximadaas.
y ya de camino comento esto fue un engaño del Banco santander sobre mi tio que creia que ponia un plazo fijo pero se aprovecharon de su edad y su confianza que tenia en el director.
Puesto en conctato via telefono con Agencia tributaria, me comenta que no hay ningún problema que estén en domicilios diferentes y que se puede hacer la declaracion conjuta,que lo que dice norma es estar casado no sepado legalmente.
El mismo formulario de la renta se da la respuesta creo yo , en lo que te comente en el mensaje anterior.
saludos
Kyrie lomthe
Estoy liado con eso de que me dices que no se pueda poner domicilios diferente , en una declracion conjunta.
Hoy observando la declaracion de la renta de 2013 observo en apartado conyuge, domicilio , que dice :
Domicilio habitual actual del cónyuge, en caso de tributación conjunta(si es distinto del domicilio del primer declarante)
Me da entender que se puede poner domicilios diferente y tributar en conjunta.
No se haber si alguien me sigue orientando