Dnavarroc
13/02/13 10:20
Ha comentado en el artículo Modelo 720: qué es y cómo rellenarlo
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Copio la respuesta que he colgado en el otro blog por si le sirve a alguien con la misma duda.
La no obligación de declarar, no aplica a la venta de las acciones, es decir, si las tienes, por valor inferior a 50.000€, no has de declarar que las tienen, pero no te exime de pagar impuestos de las plusvalías, si las hay, cuando vendas.
De dichas plusvalías has de pagar:
- El 21% de los primero 6.000€ ganados.
- El 25% hasta los 24.000€.
- El 27% del resto.
Es decir, si tuviera una plusvalía de 29.000€, debería pagar el 21% de 6.000€, el 25% de 18.000€ (24.000€ - 6.000€) y finalmente el 27% de los 5.000€ restantes.
Todas las personas a las que había consultado siempre me hablaban de ingresar un talón en tu banco en España, pero mis dudas venían en si ese dinero, sencillamente nunca entra en España. Es decir, lo cobras en efectivo y te lo gastas allí, por ejemplo. Pero como ya me han aclarado por otro lado, hay obligación de declararlo igualmente.
Un Saludo