Según tengo entendido, si pasan menos de 48 h se puede echar a los okupas fácilmente. Así que una alarma y vivir en la misma ciudad es lo que hace falta para eliminar ese riesgo.
Por supuesto, hay montones de hilos hablando mal de Tecnocasa, y con cosas más graves que dejar plantado.Ahora, utilizar un punto aquí y allá facilita la lectura.
Yo estaba hablando de la reducción de jornada, no de la baja por maternidad/paternidad, aunque entiendo que el comentario tuyo vale para ambos.Las empresas no pagan SS durante las bajas por maternidad, así que no tienen costes por ello. De hecho creo que la SS de la que se incorpora para la baja está reducida, o sea que hay una pequeña ganancia.Hay un coste al introducir una persona nueva sin formar, aunque si amenazan con despidos como dices parece que no es un coste que importe tanto.Es el problema de tantas PYMES en este país. En las empresas grandes no ocurre este problema. Pero no oigo nada más que pestes hacia las multinacionales, a pesar de que pagan más a sus empleados, hacen más I+D, no ocurren estos problemas... No todas las multinacionales son las FAANG que no pagan impuestos aquí.Como siempre, no sabemos ni lo que queremos.
Los juicios sobre la moralidad son delicados. A veces la cosa cambia cuando se oye a todos. A veces, no quiero decir que sea el caso.En cualquier caso tienes razón, con un 50% propiedad más un mínimo 50%/3 usufructo (legítima del cónyuge cuando hay descendientes, aunque dependerá de la zona), la cosa está clara.
Por Laboralkutxa, ¿se compran online, por Telebanka o solo en oficina?La comisión es por el nominal, ¿no? Un 0,50% sobre el nominal anual es buen hachazo
Para mí las únicas políticas válidas son las de Rankia. Los demás, que se apliquen las que quieran.Sobre los 16 años, a la ponente le han dicho 5 veces que el contrato no es irregular, pero no le parece válida la respuesta.Supongo que el objetivo no es obtener 50€ de su % de alquiler sino quedarse con el piso, que para eso "era de la madre". Y viene este después de 16 años a j..der.O igual no.
La reducción de jornada para cuidar hijos es hasta los 12 años, no 15. Y se reduce el sueldo proporcionalmente (y a partir del 2° año, también las cotizaciones).A esos no les pagáis nada.
¿No estarás mezclando los %reales con lo que se paga al impuesto?Lo digo por si tu padre tiene el 50% de la propiedad y el 50% del usufructo, y vosotros el 16,66% cada uno de la nuda propiedad.Entiendo que en ese caso, nada tenéis que decir.