Buenos días a todos,
Me gusta mucho el post y el modelo Lorena.
Sin embargo tiene un pequeño error que, si bien es intrascendente, es bueno que se sepa. El plazo que tiene la Administración para contestar a la solicitud de rectificación y devolución es de 6 meses (art. 220 LGT) y no de 30 días . Si no contesta en 6 meses se entiende desestimado por silencio administrativo y es entonces cuando podremos interponer el recurso de reposición.
¡Ojalá fueran más rápidos!
Ahh y tampoco nos podemos olvidar de pedir los intereses legales.
Personalmente también le tengo declarada la guerra a los bancos y a los ayuntamientos, así que estaré encantado de compartir con vosotros logros y opiniones.
Para eso, y para cualquier consulta que tengáis, estoy a vuestra disposición
¡Saludos!