diazro
28/05/20 09:53
Ha comentado en el artículo
Cómo hacer la declaración de la Renta en 2020: esquema del IRPF y novedades
Hola DianaEn relación con tus preguntas, opino lo siguiente:1. Si el importe de la venta de la casa habitual se destina a otra vivienda habitual, está exenta de impuesto. Hacienda concede un plazo de 2 años para las operaciones de venta/compra de las viviendas. El hecho de que haya tenido durante un tiempo alquilado el piso, no le impide el poder aprovechar esta ventaja fiscal. Es importante que refleje en su Declaración de la Renta la operación de venta de la vivienda y que marque la casilla de "exenta por reinversión".2. En la Declaración de la Renta 2019, Hacienda ha introducido bastantes cambios en lo referente a Inmueble y también ha diferenciado los términos: domicilio fiscal y vivienda habitual. Por tanto, en tu caso, tu tienes el domicilio fiscal y la casa habitual en un mismo sitio y tu esposo puede tener tu mismo domicilio fiscal (en tu casa) y tener su casa habitual en otro sitio. Tú puedes seguir desgravando por tu vivienda, pero tu esposo no puede hacerlo porque la nueva vivienda la ha adquirido con posterioridad al 2013 que fue la fecha en la que se quitó la deducción por adquisición de vivienda habitual.Saludos