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Dgardenyes

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Dgardenyes 31/01/22 16:39
Ha respondido al tema Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
Buenas tardes Rankianos,Como ya os conté en su día y gracias a la super ayuda de Ainhoa, finalmente el notario accedió a facturar la escritura de cancelación de préstamo hipotecario como “documento sin cuantía” el primer paso tras varios traspiés se solucionó favorablemente.Ahora y casi al final de mi proceso con referencia a la inscripción en el Registro de la cancelación de la carga hipotecaria os explico mi experiencia:En el año 2019 pedí presupuesto por adelantado y por correo electrónico al registro de la propiedad de Lleida y me contestaron que para poder hacer presupuesto tenia que presentar la escritura original, al entregar la escritura me hicieron pagar una provisión de 100€, me hicieron un presupuesto según la D.A.2ª Ley 8/2012 que no acepté y finalmente retiré el original sin inscribir y los 100€.Asesorada y con la ayuda de Ainhoa a finales de 2021 pedí de nuevo presupuesto por escrito al registro para la misma cancelación diciendo de antemano que no iba a presentar el original ni a hacer ninguna provisión por no ser necesario para expedir un presupuesto y pidiendo al registrador que el presupuesto se hiciera en base al arancel 2.1 g) y que no se minutaran conceptos extra, adjunté al mismo una copia simple de la escritura.En el presupuesto esta vez me aplicaban el arancel 2.1 g), acepté y lleve el original para que hicieran la inscripción, retire escritura ya registrada y pague minuta (ver adjunto), aún no he decidido si impugnar por la nueva afección fiscal de la finca al impuesto, exento, de Actos Jurídicos Documentados.Del camino andado se aprende, pero el sabor de boca es de que intentan engañar al ciudadano que con sus esfuerzos ha podido pagar su hipoteca y que sin saber a que se enfrenta se encuentra rodeado de buitres y otros carroñeros que lo único que intentan es sacar el máximo partido.Mucha suerte y saludos
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Dgardenyes 01/10/20 16:56
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Dgardenyes 14/01/20 18:54
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Dgardenyes 09/11/19 16:16
Ha respondido al tema Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
Buenas tardes Andrés, gracias de nuevo por tu explicación,Si me permites una consulta más,  sería para saber cómo conseguiste que tu registrador tomase en cuenta el capital pendiente a la fecha de fusión,  dicha cantidad figuraba en la escritura de cancelación ? En caso contrario qué tuviste que aportar al Registro? ¿Recibos bancarios? ¿Certificado del Santander? Gracias de antemano
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Dgardenyes 08/11/19 10:56
Ha respondido al tema Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
Hola Kirsten,A mi me dijeron que para hacer el presupuesto tenían que tener la escritura y al dar entrada a la escritura es cuando me pedían los 100€, no se si se podría hacer el presupuesto presentando una fotocopia en lugar del original.Por eso pregunto, porque digo yo que habrá de haber unos protocolos generales establecidos no?Saludos
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Dgardenyes 08/11/19 09:50
Ha respondido al tema Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
Buenos días Andergarcia, en primer lugar mi enhorabuena por tus logros en el Registro!Estoy pendiente de inscribir mi escritura de cancelación y también en Cataluña, y quería hacerte unas preguntas,- Entiendo que has hecho todo el proceso sobre una presupuesto o pre-minuta, estoy en lo cierto?- Para pedir la pre-minuta o presupuesto hiciste algún escrito? Lo pregunto porque en el Registro de mi provincia cuando fui a iniciar el tramite de inscribir, lo primero que me pidieron fue un ingreso de 100€ como provisión de fondos, sabéis si esto está bien? o se puede pedir una pre-minuta para poder empezar el trámite y sin pagar?Saludos
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Dgardenyes 07/08/19 18:38
Ha respondido al tema Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
Buenas tardes Rankianos, En enero de este año al finalizar de pagar la hipoteca de nuestra casa, nos decidimos a cancelar la deuda en el Registro de la propiedad y así dejar la casa libre de cargas. Empecé a informarme y gracias a este foro me di cuenta que no era tan fácil como hacer una escritura y llevarla al Registro. Entendí que se trataba de iniciar todo un proceso en terreno totalmente desconocido para nosotros y la cosa era que los Notarios aplican el Arancel que les parece (siempre a su favor) y lo mismo los Registradores. Empecé a leer que había diferentes Aranceles y gracias a vuestros mensajes, a Ainoha y a su calculadora y a sus muy buenos consejos me armé de valor empecé a pedir presupuesto a tres notarias de mi provincia, una me pedían a voz de pronto entre 300 y 350€, en otra sobre los 290€ y en la tercera una vez que les envié la escritura de constitución del préstamo y el certificado de deuda cero nos pasaron un presupuesto de 240,40€ , en este presupuesto habían dos conceptos Gestión Catastro 12€ y Apoderamiento (designación presente) 30,05€ que pude conseguir que me los quitaran dejando el presupuesto a 198,35€. Decidimos hacer la escritura en este notario y una vez firmada al ir a recoger la escritura pedí hablar con el notario ya que quería preguntarle el motivo por el que me aplicaban el arancel 2.1 en lugar de 1.1. Tras una conversación con el señor notario, en la que le expuse todos los argumentos posibles (gracias a la súper ayuda de Ainhoa) basándome en las dos sentencias del TSJ el notario accedió finalmente, aunque a regañadientes,  a rectificar la minuta y a aplicarnos el arancel notarial 1.1.f) del Real Decreto 1426/1989 “Documento sin cuantía”, en lugar de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 8/2012, de 30 de octubre, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero, eso sí con la coletilla “que este caso no cree precedente”. Resumiendo, aquí os adjunto la factura final del notario por la cancelación del préstamo hipotecario.
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Dgardenyes 05/08/19 17:05
Ha respondido al tema Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Buenas tardes Rankianos, En enero de este año al finalizar de pagar la hipoteca de nuestra casa, nos decidimos a cancelar la deuda en el Registro de la propiedad y así dejar la casa libre de cargas. Empecé a informarme y gracias a este foro me di cuenta que no era tan fácil como hacer una escritura y llevarla al Registro. Entendí que se trataba de iniciar todo un proceso en terreno totalmente desconocido para nosotros i la cosa era que los Notarios aplican el Arancel que les parece (siempre a su favor) y lo mismo los Registradores. Empecé a leer que había diferentes Aranceles y gracias a vuestros mensajes, a Ainoha y a su calculadora y a sus muy buenos consejos me armé de valor empecé a pedir presupuesto a tres notarias de mi provincia, una me pedían a voz de pronto entre 300 y 350€, en otra sobre los 290€ y en la tercera una vez que les envié la escritura de constitución del préstamo y el certificado de deuda cero nos pasaron un presupuesto de 240,40€ , en este presupuesto habían dos conceptos Gestión Catastro 12€ y Apoderamiento (designación presente) 30,05€ que pude conseguir que me los quitaran dejando el presupuesto a 198,35€. Decidimos hacer la escritura en este notario y una vez firmada al ir a recoger la escritura pedí hablar con el notario ya que quería preguntarle el motivo por el que me aplicaban el arancel 2.1 en lugar de 1.1. Tras una conversación con el señor notario, en la que le expuse todos los argumentos posibles (gracias a la súper ayuda de Ainhoa) basándome en las dos sentencias del TSJ el notario accedió finalmente, aunque a regañadientes,  a rectificar la minuta y a aplicarnos el arancel notarial 1.1.f) del Real Decreto 1426/1989 “Documento sin cuantía”, en lugar de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 8/2012, de 30 de octubre, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero, eso sí con la coletilla “que este caso no cree precedente”. Resumiendo, aquí os adjunto la factura final del notario por la cancelación del préstamo hipotecario.    
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Dgardenyes 22/01/19 22:08
Ha respondido al tema Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
Hola Ainhoa66, referente a tu aclaración : "Y luego, sobre el arancel 2.2 que dices sale lo mismo que en la calculadora, es muy discutible que puedan seguir aplicando ese arancel pues deberían aplicar el 2.1.g). si no tuviste movidas con tu banco, quiero decir que si el banco que en su día te concedió la hipoteca es el mismo (mismo nombre y mismo NIF) que el banco al que le pagaste tu última cuota" Disculpa mi desconocimiento pero en que casos se aplica el arancel 2.1.g) o el 2.2 ?? En mi caso firmamos la hipoteca con Caixa Galicia en 2006, en 2009 hicimos una subrogación a favor de CAJA DE AHORRROS Y MONTE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, NIF: G-50000652, (conocida como IBERCAJA) y en las escritura de cancelación pone que interviene IBERCAJA BANCO,S.A. NIF: A99319030 Con esta información puedes saber que arancel me correspondería para la cancelación? Gracias.
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Dgardenyes 22/01/19 16:33
Ha respondido al tema Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
Buenas tardes a todos, En primer lugar dar las gracias a Ainhoa66 por la precisión de su calculadora de gastos  y felicitarle por su gran ayuda en el tema Notarial. Ahora he pedido presupuesto para el registro de la cancelación de la hipoteca en el Registro de la Propiedad pertinente para evitar sustos, y en principio todo correcto pero hay un concepto que no entiendo muy bien que es, "Not. Afec. Cancel",  les he llamado y me han dicho que son 5 afecciones anteriores (división horizontal, final de obra, compra-venta, préstamo hipotecario y subrogación) que están vencidas porque han pasado 5 años desde su inscripción y que una vez pasados los 5 años la primera persona que inscriba algo sobre esta finca ya sea un embargo, venta, etc. o como es mi caso la cancelación del préstamo hipotecario tengo que hacerme cargo de la cancelación de dichas afecciones. Sabéis si es correcto ??? Gracias de antemano    
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Dgardenyes 07/01/19 11:13
Ha respondido al tema Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Buenos días, Os explico un poco: En el año 2006 firmamos un préstamo hipotecario por importe 201.363€ con CAIXA GALICIA, en el año 2009 hicimos una subrogación de la hipoteca para cambiar a IBERCAJA, el importe del momento de la subrogación el capital era de 156.610'15€.  Este mes de enero hemos amortizado todo el capital pendiente para cancelar la hipoteca, IBARCAJA nos ha expedido el certificado de deuda cero  en el figura que " el importe total concedido de 156.610'15€ en fecha 2009 se encuentra totalmente liquidado a fecha de hoy" Mi pregunta es la siguiente, sobre que importe se deben calcular los gastos de Notario y Registro , sobre el importe inicial de 201.363€ o sobre el importe de la subrogación 156.610'15€ ??? Gracias de antemano,  
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