Gracias a todos,pero NO,no me refiero a la pension sovi.Lo que pongo esw textualmente lo que pone la pagina de abogados,y aunque a mi me parece extraño no queria qedarme con la duda.
Por cierto,el periodo transitorio ha quedado derrogado por la nueva reforma de las pensiones.
Otra cosa:hay un apartado que EN FUNCION DE LA EDAD QUE SE TUBIERA EL 1-1-67 SI ANTERIOSMENTE TUBIERAS UN SOLO DIA cotizado te convalidarian ,en esta caso 250 dias.
La pagina de la que hablo es TUABOGADODEFENSOR.COM tevas al tema PENSIONES Ydespues abres PERIODOS DE COTIZACION.
No me gustaria pasar por desagradecido pero la informacion que me dais esta incompleta(convalidacion por periodos cotizados antes de 1967 y hay una tabla que en funcion de la edad en esa fecha asi seran la cantidad de dias a convalidar) e incorrecta(caso del periodo transitorio),
Con respecto a que pruebe emn otras oficinas,pienso que debe ser endemico de esta ciudad,VIGO,PUES YA ME PASO CON LA PENSION DE VIUDEDAD EN TRES OFICINAS DISTINTAS le decian que iba a cobrar tres cifras distintas y no tenian en cuenta si el fallecido era prejubilado o no INFOPRMACION INCOMPLETA ,LA DE JUBILACION EN DOS OFICINAS,En otra no sabian que situacion le quedaba con repecto a la gratuidad de los medicamentos pues era pensionista de vviudedad y activo con convenio especial,y no me fue nada facil conseguir en una oficina informacion veraz.pero tambien en el inen le negaban a mi hijo que tubiera derecho al prodi y lo esta cobrando y tubo que ir el 2 veces y yo una.hace 2 años tambien mi mujer le decian que no tenia derecho a ninguna prestacio por tener solamente 8 meses cotizados y despues de ir ella 3 veces a la cuarta nos pusimos maleducados y aparecio la prestacion de los 400 euros con sin cargas familiares por un periodo de 8 meses ,ayuntamiiento con repecto a una exencion por minusvalia de impuesto de rodaje,,,,
Mi opinion es la contraria,o das con un muy buen funcionario o si no o se molestan en darte informacion y como ejemplo y sin ir mas lejoslo de los 112 dias por parto tube que enterarme yo,pues en dos oficinas distintas no fueren quienes de decirmelo,
TENGO UN MONTON DE QUEJAS SOBRE LA ATENCION QUE EN GENERAL PRESTAN LOS FUNCIONARIOS Y ULTIMAMENTE CON LO DE "LO PUEDES PEDIR POR INTERNET" mas aun.
Quiza sea un poco esceptico,pero os podia contar mas.COMO EN HACIENDA CON LA EQUIPARACION DE AUTONOMOS DEPENDIENTES A TRABAJADORES POR CUENTA AJENA.....ETC,ETC,ETC.
EN FIN GRACIAS PERO TENDRE QUE CONCERTAR CITA CON UN ABOGADO ESPECIALIZADO EN ESTOS TEMAS.
UN SALUDO