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Participaciones del usuario delicatessen

delicatessen 07/10/17 10:12
Ha comentado en el artículo ¿Cómo rectificar y/o confirmar el borrador de la renta 2016 (IRPF campaña 2017)?
Estimados amigos. Os Cuento mi caso. En abril de 2017 declaré mis ingresos brutos dimanados de una pensión de la Seguridad Social que percibo desde el 1 de abril de 2016. Por sentencia judicial, a través de que un juzgado aprobó igual pensión para mi hermano, la Seguridad Social, a raiz de esa sentencia me reclama una devolución de cobros indebidos entre abril de 2016 y debrero de 2017 de poco más de 3.000 euros. El mes pasado presento rectificación de la declaración de 2016 restando la parte de ese año de la devolcuión de ingresos indebidos. El resultado de mi declaración de IRPF inicial era negativo (0), pero lo es también en la rectificación de mi declaración presentada el mes pasado y ya aprobado por Hacienda (O). Cuando voy a solicitar el certificado tributario de ese año la AEAT me dice que tengo dos declaraciones presentadas, y las dos aprobadas de manera irreprochable. De hecho, al hacer la rectificación wia Renta WEB, la declaración inicial de 2016 pasó de estar aprobada a estar en comprobación. Lógico. Y ahora resulta que tras que la AEAT me aprobó que mi rectificacion de la declaración de IRPF está conforme resulta que la inicial de ese ejercicio también está conforme. ¿Pueden ser válidas ambas declaraciones al no haber existido ni un exceso de devoluciones por parte de la AEAT ni un quebranto económico para la Hacienda pública al ser ambas declaraciones negativas? Perdón por el desaguisado. Y gracias por ayudarme en este caso. Un saludo
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delicatessen 02/02/17 22:13
Ha respondido al tema Ingresos, segun la legislación fiscal
gracias, pero, sin ser descortés, me seguis dejando en la duda, o no me expliqué bien. ¿Cuales son entonces los ingresos (solo hay de rendimientos de trabajo) segun la legislacion fiscal? ¿Las retribuciones menos los gastos de la seguridad social (RENDIMIENTO PREVIO, casilla 15)o el RENDIMIENTO NETO, casilla 19 de la declaracion? ¿cual de las dos?, amigos
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delicatessen 26/04/16 11:05
Ha respondido al tema Pensión de viudedad y revalorizaciones
eres un artista, joder, con lo rapido que contestas normal que seas un lince, jejeje. Yo presenté una solicitud el pasado día 14 de abril y, por lo que veo con el acceso digital, aún está en el cajón. No han movido los papeles ni siquiera para desempolvarlos. Y según las estadísticas de marzo de este año de la Seguridad Social, el plazo medio de resolución de expedientes provinciales es de 5,2 días. Después de eso los papeles pasan quince días en Madrid. Me parece que conmigo se están vengando. Y nada le digo del auxilio por defunción, que lo presenté antes y aun duerme el sueño de los justos. Tantaa informática para nada, amigo.
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delicatessen 24/04/16 11:04
Ha respondido al tema Pensión de viudedad y revalorizaciones
Como ya dije la fallecida cobraba pension mas viudedad. No hay viudo entonces. Si hay hijos pero no huerfanos, ya que tienen mas de 25 años. La pension familiar es para dos hijos que cumplen todos los requisitos exigidos por la Seguridad Social. Ellos tienen derecho al 20 por ciento de la base reguladora cada uno de ellos de la pension de la madre y, al no haber conyuge sobreviviente ni huerfanos con derecho a pension de orfandad (hijos con menos de 25 años) dicha pension en fsvor familiar se podra incrementar con el52 por ciento de la viudedad repartida entre ambos. Reoito mi cuestion. Se revalorizaria solo el 52 por ciento de la viudedad o este mas la eevalorizacion del 20 por cienyo de la base reguladora? Pprque tienen derecho a ambos porcentajes
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delicatessen 24/04/16 09:12
Ha respondido al tema Pensión de viudedad y revalorizaciones
pues, con perdón, yo tengo un poquito de potaje cerebral con una cosa. resulta que estoy tramitando una pension familiar por muerte y supervivencia para dos personas (hijos de la fallecida, que cobraba su pensión normal y la de viudedad de su marido). A ambos le corresponden un 20 por ciento de la base reguladora de la pension inicial de la fallecida (que al momento de aprobarsele la pension seria de unos 400 euros) y, al no haber conyuge ni huerfanos con derecho a pension de orfandad, a ambos beneficiarios le corresponderían un incremento del 52 por ciento de la de viudedad a partes iguales. Mi pregunta es ¿ambos beneficiarios recibirian el 20 por ciento de la base reguladora más revalorizaciones y el 52 por ciento de la viudedad mas revalorizaciones? ¿o sólo se revaloriza el 52 por ciento de viudedad y no el 20 por ciento de la base reguladora que incialemente le corresponde? gracias. un abrazo
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delicatessen 07/04/16 16:48
Ha respondido al tema Acceso a RENTA WEB 2015
eah, transferencias emitidas a las 16 horas y 26 minutos que es cuando entré. hasta el año que viene, chicos :)
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