Para mercadear con divisas supongo que lo mejor es un broker del extranjero, allí tb puedes tener el dinero persecula seculorum y de ahí a Paypal y viceversa. Tb hay brokers que emiten tarjetas.
Me refiero a que hay gente que usa Paypal como si fuera el banco, alli puedes tener saldo de forma permanente según creo y además ahora emiten tarjeta de debito, aunque dudo que se pueda usar en cajeros pero si para pagar. El dinero en Paypal está fuera del control del BdE y de Hacienda y lo puedes enviar a cualquier cuenta bancaria que tengas en otro país.
El dinero en bitcoin lo puedes enviar a cualquier parte del mundo con la misma facilidad y rapidez que enviar un email y sin coste. Cada dia hay mas sitios donde admiten pago en bitcoin.
Gracias Enrique, por eso lo preguntaba. Aunque creo, según lo poco que estoy informado, que la suspensión de la retirada de USD es un tema puntual que no ha producido ningún pánico. Tan solo me gustaría saber la confianza que merece, a gente mas versada que yo, el bitcoin como depósito de valor o moneda de reserva similar al oro. No en vano hay quien ha denominado al bitcoin como el oro digital.
Habia leído ya ese hilo. Que yo sepa hasta hoy solo hubo uno que fue capaz de hacer el milagro de la multiplicación de los panes y los peces hace como 2.000 años, o al menos eso dicen. Pero lo cierto es que nadie sabe como lo hizo, por eso es un milagro. Pues este lo mismo.
De momento me interesa todo y nada porque aún no tengo claro lo que son las opciones. Estoy empezando a fisgonear y aunque no llegue a meter nunca un céntimo esto al menos entretiene y se forma uno.
Bueno, la verdad es que no estoy informado de la documentación o justificantes que solicitan para acceder a ese subsidio. Entiendo normal que sean mayores los requisitos para un subsidio que para una prestación contributiva. Pero de eso a que no tenga escapatoria hay un trecho, ver veremos. Si para entonces resido la mayor parte de año en otro país, quiza pueda operar allí en bolsa y en ese caso mis rendimientos no figuran en mis datos fiscales, aunque esto último aún me queda mucho tiempo para indagarlo, pero fijo que escapatoria haberla hayla.
Cuando digo que creo que tengo asegurados los 400 € me refiero a que, teniendo en cuenta mi edad, una vez haya agotado la prestación contributiva de paro + las prórrogas que procedan, poco despues entraría en juego el subsidio de 400 € para mayores de 55 que se puede percibir hasta la edad de jubilación.
A pesar de todo para mi el hilo esta siendo interesante y por eso aún lo sigo. Como ya dije, ese "detalle" lo deje para hacer ver que el alquiler es parte de un ingreso real del que vivo pero que no tengo obligación legal de declarar, y que el margen que tendría de ganancia en bolsa es la diferencia entre el resto de ingresos y la renta mínima a partir de la cual hay que pagar en IRPF (10.000 € aprox.)