Todavía tenéis tiempo hasta el 12 de julio.
El tema es muy complejo de calificar jurídicamente, y en derecho no hay ni blancos ni negros, todo es interpretable.
El firmar "voluntariamente" el canje de híbridos de capital por acciones podría suponer que con tus actos estás aceptando la titularidad de los mismos, y de cara a un juicio, la entidad podría alegar (y alegará, porque ya lo está haciendo ahora) que con esos actos has convalidado el contrato inicial, según la doctrina de los actos propios.
Por otro lado, también se podría interpretar lo contrario, que con ese acto no estás dando tu conformidad, sino que acuciado por la necesidad de dinero y preocupado por quedarte sin nada, te has visto obligado a firmar esa documentación, porque la entidad no te ofreció la posibilidad de modificar el clausulado (contrato de adhesión). En ese caso, haría que me sellaran la carta de reserva de acciones tipo la que algún forero ha publicado. Eso sí, se corre el riesgo de que no sirva de nada de cara a una demanda porque todo es interpretable. Si no os quieren sellar la reserva de acciones, amenazad con llamar a mossos, guardia urbana, etc. y aún a malas, en la copia del documento que os pasen a la firma correspondiente a la entidad, escribís la reserva de acciones y la no conformidad con el contrato inicial y que digan lo que quieran.
Por otro lado, que os quede claro que tenéis todo el derecho de llevaros toda la documentación para analizarla en casa con tranquilidad. Exigid que os la entreguen y si no lo mismo, amenazad con llamar a mossos, guardia urbana, etc. o pedid la hoja de reclamaciones. NO OS LO PUEDEN NEGAR!!