Efectivamente, son unos sinvergüenzas. En ninguno de los borradores anteriores ponían este requisito, que es bastante excluyente y se lo han sacado de la manga en el último momento. Es pa cagarse hablando mal y pronto...
Buenas!
He leido el último borrador y me surge una duda en cuanto al cumplimiento de requisitos:
En el caso de la ayuda a jóvenes para el alquiler, entiendo los requisitos de concesión, pero tengo la duda de qué ocurre si tu situación personal cambia en relación a los requisitos una vez concedida:
1) Ahora mismo no dispongo de ingresos superiores a 3 veces el IPREM. Si solicito la ayuda, me la conceden, y dentro de un año cambio de trabajo y tengo un salario mayor, ¿podría seguir disfrutandola, o me la quitarían?
2) Lo mismo con tener propietario de una vivienda. Si en un par de años decido comprar un inmueble que no utilice como vivienda habitual (para arrendarlo, por ejemplo), y mi vivienda habitual sigue siendo la del contrato de alquiler, ¿perdería derecho a la ayuda o podría seguir disfrutando de ella? (en este caso se junta un poco con el anterior, porque probablemente al declarar las cuantias percibidas por el arrendamiento superaria los ingresos seguramente.
Muchas gracias!
Daniel