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Cromb

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Cromb 28/04/12 17:11
Ha respondido al tema Ayuda urgente contrato de compraventa
Hola Lourdesm, antes de nada me gustaría agradecer tu solidaridad, la ayuda totalmente desinteresada que me has prestado en este hilo y otros que he escrito en este mismo foro, que me están siendo de muchísima ayuda, sin olvidarme de todos los que han contestado a mis dudas, pero especialmente tu asesoramiento me está aclarando muchas dudas. Siguiendo tu consejo voy a añadir esta frase en la última clausula(undécima) del contrato que creo que se ciñe a tus recomendaciones. En el caso de desistimiento por parte del adquirente, éste perderá las cantidades que hubiera puesto a disposición del vendedor en concepto de señal y pago a cuenta del precio, siempre que no hubiese por la parte vendedora incumplimiento en algunas de las clausulas reseñadas en el presente documento en cuyo caso el adquirente recibirá la cantidad entregada en concepto de arras. Si desistiera el vendedor el adquirente percibirá de ésta la cantidad que entrego, duplicada. De nuevo agradecerte tu ayuda y consejos, a ti y a todas las personas que forman parte de este foro. Un saludo, muchas gracias.
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Cromb 28/04/12 12:27
Ha respondido al tema Ayuda urgente contrato de compraventa
Si por mi fuera no haría contrato de compraventa, pero es un documento que me pide el banco para comenzar a gestionar la hipoteca. Con la aportación que hizo Lourdesm y algo mas que he busacado por ahí he elaborado un contrato nuevo, me gustaría que alguien, si es tan amable, me diese su opinión. Muchas Gracias. CONTRATO DE COMPRAVENTA En la ciudad de ****, a ***, de **, de 2.012 REUNIDOS De una parte, D/Dª ******, mayor de edad, ***, vecino de ***, con domicilio en ***, y provisto con N.I.F.: ***. De otra parte, D/Dª ******, mayor de edad, ***, vecino de ***, con domicilio en ***, y con N.I.F.: ***. INTERVIENEN Ambas partes en su propio nombre y derecho y reconociéndose recíprocamente la capacidad, que dicen tener y mutuamente, necesaria para la celebración de este acto, libre y espontáneamente, EXPONEN PRIMERO: Que D/Dª *****, es propietario en pleno dominio de la finca que a continuación se describe: URBANA: ***. Se haya inscrita en el Registro de la Propiedad ***, al folio ***, del tomo ***, libro ***, finca Nº ***, inscripción ***. CARGAS: Manifiesta la vendedora que la finca solo se encuentra gravada con **, una HIPOTECA a favor ***, para responder de *** (*** €), de principal, con una duración de ***, según escritura otorgada en ***. TITULO: Le pertenece por título de compra ante el notario D. ***********.. SEGUNDO: Que D/Dª *****, conoce la finca descrita anteriormente, así como su situación legal, registral y estado de conservación, y habiendo convenido con la propietaria, en la compraventa de la misma, lo llevan a efecto por el presente documento, con sujeción a las siguientes: CLAUSULAS PRIMERA: D/Dª ***** (en adelante la parte vendedora) vende a D/Dª ***** (en adelante la parte compradora), que compra la finca descrita en el antecedente expositivo primero, que declara conocer, y que por lo tanto se vende como cuerpo cierto, en el estado actual en que se encuentra con cuantos derechos y accesiones le correspondan, libre de cargas y gravámenes, libre de inquilinos y moradores, con cuanto sea inherente y accesoria, y al corriente en el pago de contribuciones, impuestos, arbitrios y comunidad. La finca será entregada con cocina amueblada con vitroceramica y aire acondicionado en salón y dormitorio principal. SEGUNDA: La vendedora se obliga a cancelar las cargas manifestadas en el anterior Expositivo de Cargas y cualquier otra que, en su caso, pudiera gravar la finca, tanto económica como registralmente, asumiendo los gastos que se deriven de dichas cancelaciones. TERCERA: Se fija como precio de esta compraventa la cantidad alzada y convenida de CIENTO CUARENTA MIL EUROS (140.000 €), cantidad que los compradores harán efectiva a los vendedores de la siguiente forma: En este acto se hace entrega en concepto de arras penitenciales, la cantidad de mil euros (1.000 EUROS) con los efectos previstos en el artículo 1.454 del Código Civil. El resto de CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL EUROS (139.000€), cantidad que los compradores deberán pagar a los vendedores en la firma de las escrituras. CUARTA: Por mutuo acuerdo entre las partes las escrituras se realizarán antes del día 31 de mayo de 2.012, en cuyo acto se entregarán las llaves de la vivienda. QUINTA: En el caso de que a la fecha de la elevación a público de la escritura de compra-venta se encuentren todavía en el Registro alguna de las cargas mencionadas anteriormente, la parte COMPRADORA o su ENTIDAD FINANCIERA correspondiente podrá retener parte del pago a abonar al vendedor, en un importe equivalente a las cargas pendientes de cancelar, tanto en principal, intereses y gastos accesorios, hasta el buen fin de las mismas, aunque habrá de abonarlas a 1º requerimiento a la parte Vendedora en cuanto las mismas estén efectivamente canceladas. Se dará facultad igualmente a la Entidad Financiera del COMPRADOR o a la PARTE COMPRADORA, de que en el caso de que el día de la firma se compruebe fehacientemente mediante certificado de cargas del ACREEDOR de que las mismas no existen contablemente y se encuentran canceladas, aun apareciendo todavía en Registro, a retener del pago a abonar al VENDEDOR lo que se considere ajustado a derecho y que puedan suponer los costes a hacer frente para la efectiva cancelación registral de las cargas , devolviendo la retención efectuada a 1ª requerimiento de la parte VENDEDORA cuando se compruebe que las mismas estén efectivamente canceladas en el registro. SEXTA: Serán de cuenta de los compradores los gastos que se ocasionen a partir de la fecha de la entrega de la finca, por fluido eléctrico, teléfono, suministro de agua, gas, comunidad y los propios de conservación del inmueble. SEPTIMA: El vendedor se compromete a pagar todos aquellos gastos originados con anterioridad a la fecha de la entrega de la finca, por los mismos conceptos que la norma anterior. OCTAVA: Todas las contribuciones e impuestos que gravan el inmueble y se hayan devengados antes del día de la entrega, son de cuenta y cargo de los vendedores. NOVENA: Los gastos e impuestos, que se originen como consecuencia de la transmisión, serán pagados según ley. DECIMA: Para cualquier cuestión que pudiera surgir, en origen a la interpretación de este contrato, las partes, con renuncia de su propio fuero, se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Sevilla. UNDECIMA: Se da a las cantidades entregadas por el adquirente y que figuran en este contrato el carácter de arras penitenciales, pudiendo tanto el adquirente como el vendedor en concordancia con el artículo 1.454 del Código Civil, desistir de la compraventa en cualquier momento posterior a la firma del presente documento. En el caso de desistimiento por parte del adquirente, éste perderá las cantidades que hubiera puesto a disposición del vendedor en concepto de señal y pago a cuenta del precio. Si desistiera el vendedor el adquirente percibirá de ésta la cantidad que entrego, duplicada. En cuyos términos dejan este documento en el contenido del cual los reunidos se afirman y ratifican, firmándolo a un solo efecto, en la ciudad y fecha en el encabezamiento expresadas. LA VENDEDORA LA COMPRADORA
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Cromb 25/04/12 16:45
Ha respondido al tema Ayuda urgente contrato de compraventa
Hombre no es que no me fie, lo que ocurre es que una amiga que trabaja en un bufet de abogados me dijo que ese contrato me dejaba desprotegido, que si el vendedor no se presenta el día de la firma de las escrituras yo me hago responsable de las cargas que tenga el piso. La verdad que eso me suena muy raro no se si no la entendí bien o es que así son las cosas. Por otro lado cuando leí el contrato me pareció que no concreta muchas cosas, como la provisión que hace el banco para la cancelación de las cargas no se dice a quien se le aplicaría, no dice que es lo que ocurriría en caso de incumplimiento de lo reflejado en el contrato. Además me ha dicho que una vez que firma eso no te puedes echar atrás, ni aun perdiendo los 1000€, y hombre si a la hora de escriturar hay cosas con la que no esté conforme me parece muy fuerte que tenga que tragar con ello. Me ha dicho que me pase el miércoles que viene por el bufet y que hable con una compañera suya que me podría hacer un contrato, pero la verdad no sé si buscar otro piso y pasar de este. Que opináis vosotros?
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Cromb 24/04/12 19:06
Ha respondido al tema Ayuda urgente contrato de compraventa
la verdad que no se que hacer me han aconsejado que ese contrato ni lo firme, que unicamente beneficia al vendedor, y que en un momento dado podria verme afectado por las cargas que tuviese el piso, ya os digo estoy planteandome no comprar.
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Cromb 23/04/12 13:28
Ha respondido al tema Clausula Suelo BBVA
Hombre en este foro hay gente muy preparada seguro que te aconsejaran bien, pero si la sentencia se ha recurrido y no hay una resolución firme al respecto no podrás recurrir. Tendrías que estar al tanto de como se desarrolla el proceso y cual es la decisión judicial.
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Cromb 23/04/12 12:04
Ha respondido al tema Hipoteca puente
Hola, hoy he estado en el banco me han dicho que no debe haber problemas con lo de la hipoteca puente, además el banco con el que el vendedor tiene la hipoteca es el mismo con el que yo voy a firmar, me han explicado que aunque las cargas se paguen en el momento de la firmar las escrituras, hay un plazo de seis meses para quitarlas del registro de la porpiedad. ¿Eso es así, puede darme algún problema en el futuro? Luego voy a llamar a la inmobiliaria para firmar el contrato de compraventa, mi intención es pagar 1000€ de señal y que en el mismo contrato se refleje que los gastos de formalización de la compraventa se hagan “según ley” (en el banco me han dicho que lo pagaría el vendedor unos 500€) y que la provisión registral de la cancelación de la hipoteca corra a cuenta del vendedor. ¿Qué os parece, hay algo más que tenga que tener en cuenta? Un saludo y gracias.
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Cromb 19/04/12 12:53
Ha respondido al tema Hipoteca puente
Gracias a todas las personas que me estáis ayudando en este hilo del foro, porque poco a poco me voy enterando como debo hacer las cosas. Ayer me entregaron la nota simple lo que ocurre que para mí es un galimatías, no entiendo nada, aparecen cantidades de hasta 224700€, y yo compraría por 140.000€, estoy muy liado iré al banco a ver qué me dicen, supongo que me podrán asesorar y me dirán si puedo correr algún riesgo o no. De todas formas Lourdesm seguiré tu consejo y en caso de meterme en la compra, solicitaré que en el contrato de compraventa se haga costar lo que dicho sobre las cargas en el momento de la firma de las escrituras. Muchas gracias y un saludo.
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Cromb 18/04/12 11:34
Ha respondido al tema Hipoteca puente
Hola Lourdesm, gracias por tu respuesta, entre tú y Tarfearauko me estáis ayudando a aclararme las ideas. Cuando me aconsejas "solo cuida que el pago que le hagas este totalmente registrado, que sea en A, que todo vaya al banco de alguna forma o que el banco lo controle" entiendo que no haga pagos al vendedor en negro para evitar problemas, la verdad que prefiero hacer las cosas bien y ahorrarme posibles problemas. La única cantidad que aportaría antes de la formalización de las escrituras sería el pago que haría a la firma del contrato de compraventa, por lo que entiendo que el banco controla la cantidad entregada en ese momento. Hay quien me ha aconsejado que entregue una cierta cantidad al comprador “bajo cuerda” al objeto de ahorrarme algo en el tema de los impuestos pero no quiero tentar a la suerte, no conozco de nada al vendedor. Me surge una duda y es la siguiente, supongo que al formalizar el pago de la señal será mediante cheque, ese cheque ¿queda en poder de la inmobiliaria hasta la firma de la escritura o bien se lo queda el comprador?. Muchas gracias por tu ayuda, un saludo.
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Cromb 17/04/12 16:36
Ha respondido al tema Hipoteca puente
Hola Tarfearauko, muchas gracias por tu respuesta y la rapidez. Como ya te he dicho de estos temas no entiendo absolutamente nada, supongo que el banco que me de la hipoteca le conviene que las hipotecas que tenga este hombre sobre el piso se cancelen en el momento de la firma de las escrituras aunque no se si al banco eso le importa o no. Yo aun no he pagado la señal y no lo voy a hacer hasta que tenga las cosa bien claras, lo que no se si en el momento de pagar la señal, si es que tiene lugar, se puede hacer constar en el contrato de compraventa, que en caso de que las cargas que figuran en la nota simple no sean canceladas o saldadas o termino que corresponda, no se realizara la compra y que el dinero entregado en concepto de señal me será devuelto. Voy a abusar de tu amabilidad y te voy a hacer dos preguntas, suponiendo que en el momento de firmar las escrituras hubiese algún problema como el que te he planteado o alguno de otro tipo, ¿quién debe pagar al notario? Hoy he ido a solicitar la nota simple de la casa, me la dan mañana, ¿ en ese documento se refleja el importe de las cargas que tiene la vivienda? Muchas gracias y un saludo.
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Cromb 17/04/12 15:59
Ha respondido al tema Hipoteca puente
Hola Tarfearauko, me gustaría saber cuáles son los riesgos concretos que como comprador me podría ver expuesto, soy totalmente profano en la materia. ¿Sabes si en este tipo de operación las cargas que vendedor tenga sobre el piso quedan totalmente canceladas a la hora de que escriturase la vivienda, hay algún plazo en el que éste deba saldarlas? La lógica me hace pensar que se cancela en el momento de firmar las escrituras, pero no tengo ni idea. Muchas gracias.
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Cromb 10/04/12 16:49
Ha respondido al tema Oportunidades Inmobiliarias de banco.
He visto un chollo rebajado un 60% del BBVA o Banesto no recuerdo, en Sevilla calle Auxilio de los Cristianos al lado de Las Vegas (la mejor zona de la tres mil viviendas), por lo que se ve en su momento pedian mas de 130.000€, si tienes algo así llamame por favor.
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Cromb 21/03/12 10:40
Ha respondido al tema ¿Cuanto cobra Tecnocasa?
Hola Cunigunda, por lo visto ha cambiado al comprador se seguro que le cobran una 3%, al vendedor he escuchado que le cobran mas pero no se cuanto exactamente.
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Cromb 15/11/11 18:13
Ha respondido al tema Oferta para compra de vivienda
Hola gracias por vuestras respuestas y la rapidez. Un dato que se me ha olvidado poner es que en la zona en la que se encuentra este piso hay una promocion de obra nueva en la que hay a la venta viviendas de similares caracteristicas y que sumando impuestos y demas gastos ambas salen por, practicamente el mismo precio, pienso que eso es algo a tener en cuenta ante una negociacion.
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