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Asesoramiento seguro vivienda alquilada - Seguro de alquiler
Llevo varios años trabajando con seguros de impago y haciendo contratos de alquiler, por lo que sí puedo asegurar:
1- Es cierta la obligación de comunicar el incremento del riesgo, como en cualquier seguro, sin embargo, en muchas aseguradoras el importe de la prima se vincula al del alquiler, por lo que no se aumenta el precio. (Dependerá pues de la aseguradora)
2- También es cierto que si el inquilino se queda en paro raramente llamará al propietario para comunicarlo... (Desde el 2007 he formalizado cientos de contratos de alquiler y sólo sé de un caso que hiciera esto)
3- El 80% de los impagos es por insolvencia y el seguro debe cubrirlo. Eso no significa que esa persona sea insolvente toda la vida. El seguro se encargará de intentar cobrar hoy o mañana
Entiendo la desconfianza que hay con estos productos, pero los hay muy, muy buenos. Sólo hay que buscar.