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Ciberet

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Ciberet 07/07/15 01:55
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Jotaerre, yo me refiero a lo que establecen los artículos 685.1 y 686.1: Artículo 685 Demanda ejecutiva y documentos que han de acompañarse a la misma 1. La demanda ejecutiva deberá dirigirse frente al deudor y, en su caso, frente al hipotecante no deudor o frente al tercer poseedor de los bienes hipotecados, siempre que este último hubiese acreditado al acreedor la adquisición de dichos bienes. Artículo 686 Requerimiento de pago 1. En el auto por el que se autorice y despache la ejecución se mandará requerir de pago al deudor y, en su caso, al hipotecante no deudor o al tercer poseedor contra quienes se hubiere dirigido la demanda, en el domicilio que resulte vigente en el Registro. Mi pregunta es: para que el procedimiento no sea declarado nulo, ¿hay que presentar la demanda y requerir del pago al deudor y al hipotecante no deudor (este último sería el titular registral)? ¿Hay que comunicar el anuncio de la subasta a ambos, también?
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Ciberet 06/07/15 16:13
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Hola, tengo una duda sobre las notificaciones requeridas en las subastas. Se trata cuando hay varias personas/empresas implicadas: por ejemplo, cuando se ejecuta una hipoteca de una finca que ha pasado a manos de otra empresa. EJEMPLO: Se ejecuta una hipoteca, que la suscribió una empresa (llamémosle A). Pero la finca fue posteriormente transmitida a otra empresa (B) con la fórmula de dación en pago por varias deudas, pero manteniendo la misma carga hipotecaria sobre la finca. O sea, la hipoteca continúa a nombre de A (deudor), aunque la finca ya está a nombre de B (¿hipotecante no deudor?). Mi duda es si hay que notificar a ambas empresas, tanto en el requerimiento del pago como a la hora de anunciar la subasta. ¿En qué casos se puede incurrir en un posible defecto que sea causa de nulidad? Parece el mismo caso del avalista no universal o hipotecante no deudor (que aporta la garantía real) y el deudor no hipotecante (que toma el préstamo).
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Ciberet 06/07/15 00:12
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Hola, giny_virginia. Estaba consultando precisamente las cosas del art.670 de la LEC, y he visto que Tristán ha borrado el interesante documento "Como leer e interpretar el art. 670 de la LEC y no morir en el intento" de Subastanomics. Te estaría muy agradecido que si te lo has descargado, me lo remitieras de algún modo. Un saludo y muchas gracias por adelantado.
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Ciberet 08/06/15 12:38
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Qué casualidad, en este caso también se trata de La Caixa. Debe gustarle habitar en los cerros de Úbeda, pues no hay inscripción registral de la cesión. En cuanto al expediente, ni hablar de poder verlo! El Juzgado acaba de pasarse al "Lado Oscuro" y sólo te dejan ver fotocopias de la certificación de dominio y cargas. Lo que me pregunto es qué se puede hacer para poder tener acceso al expediente completo: ¿te tienes que personar con abogado y procurador? ¿O por ejemplo basta con consignar antes de la subasta, por ejemplo, varias semanas antes? En este caso, está claro que eres parte interesada. Me imagino que la respuesta dependerá del juzgado.
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Ciberet 08/06/15 02:37
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Hola a todos, os planteo la siguiente situación. En una ejecución hipotecaria, se plantea lo siguiente. Empresa X se endeuda con caja A, y suscribe hipoteca sobre una finca (bueno, suscribe una macrohipoteca que se reparte proporcionalmente sobre varias fincas, pero sólo nos interesa una de ellas). Años después, empresa X vende la finca a empresa Y, como dación en pago por unas deudas que había contraído con ella. La empresa Y inscribe su dominio sobre la finca, pero no se subroga en la hipoteca (al menos, este hecho no está inscrito). Para liar más la madeja, el ejecutante es una nueva entidad (llamémosle B), que adquirió a la entidad A (caja) en el proceso enloquecido de adquisiciones y fusiones que hubo en plena crisis. Por tanto, se plantea el problema de que LA HIPOTECA ESTÁ INSCRITA A FAVOR DE ENTIDAD DISTINTA DEL EJECUTANTE (y así lo advierte el registrador en su certificación de dominio y cargas). El juzgado sigue con el proceso de ejecución, pero sospecho que a la hora de inscribir, el Registrador va a denegar la inscripción, por no iniciar el proceso la misma entidad que ostenta la titularidad de la hipoteca (aunque la haya adquirido). O sea, sospecho que exigirá que se cumpla el artículo 149 de la Ley Hipotecaria: Artículo 149 El crédito o préstamo garantizado con hipoteca podrá cederse en todo o en parte de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.526 del Código Civil. La cesión de la titularidad de la hipoteca que garantice un crédito o préstamo deberá hacerse en escritura pública e inscribirse en el Registro de la Propiedad. Vamos, que esa subrogación del crédito por haber adquirido la entidad B a la A debe ser inscrita en el Registro de la Propiedad. ¿Qué opináis? Si el Juzgado continúa con la ejecución hipotecaria, ¿el desdichado licitador se encontrará con un marrón descomunal si la entidad B no accede voluntariamente a la inscripción de su derecho como acreedor? Un cordial saludo a todos y gracias a Tristán por mantener este magnífico blog.
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Ciberet 09/08/14 22:19
Ha comentado en el artículo Hoy un primo me ha hecho feliz
Me pregunto si en el caso de que se hiciera la operación que te propone el jeta, los acreedores posteriores podrían ir civil o penalmente contra él, pues evidentemente sería una maniobra engañosa que perjudicaría a todos ellos. Un saludo y que disfrutes de tus vacaciones por esas espléndidas tierras. Seguro que vuelves con unos kilos de más, jeje.
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Ciberet 12/03/14 00:22
Ha comentado en el artículo ¡Caray con el registrador de la propiedad! (y no me refiero a Rajoy)
Crayola, los embargos de 2009 caducaron ¡el año pasado! (tienen una vigencia de 4 años, salvo que se pida prórroga). Espero que no hayas sido adjudicatario de ninguna finca con un embargo de 2009. Los de 2010 son los que caducan este año. Precisamente yo fui adjudicatario de un garaje cuyo embargo fue anotado en 2010 (la subasta se celebró en junio de 2012), y por la desidia del juzgado, no va a dar tiempo a inscribir la finca a mi nombre, y voy a tener que pedir prórroga de la anotación de embargo. Ya veremos cuando me haga la factura el registrador. Tras leer este post, a partir de ahora, voy a mirar todas las facturas con lupa. Respecto a las antiguas, coincido con Tristán: prefiero pensar que siempre me han cobrado los aranceles estrictamente estipulados. Ojos que no ven...
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Ciberet 10/02/14 02:36
Ha comentado en el artículo Las adjudicaciones judiciales de los bancos
El juez nunca puede declarar firmes las subastas que queden por debajo del 70% de la tasación, pues en este caso siempre tiene que dar traslado al ejecutado y al ejecutante (por este orden). Así viene en el artículo 670 de la LEC. Sólo se adquiere firmeza automática por encima del 70%. Además, por debajo del 50%, el juez tiene que ver si acepta el remate o no.
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Ciberet 10/02/14 02:30
Ha comentado en el artículo Las adjudicaciones judiciales de los bancos
Ya, pero al alcalde o alcaldesa de Madrid le importa una mierda que te vayas al Caribe o a Miami o a Sebastopol, pues el impuesto no se te cobrará a ti, pero sí al que te compre tus miles de pisos tras tu huida del infierno fiscal, y en todo caso, siempre habrá un propietario "pringao" que en cada momento apoquinará. ¡Viva el partido que tiene en su ADN bajar los impuestos!
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Ciberet 21/01/14 09:28
Ha respondido al tema ¿El mejor smartphone del mercado?
Repito que el hecho de que un móvil no tenga radio no significa que el móvil sea peor, simplemente significa en mi caso que no lo voy a comprar, pues para mí esa es una característica fundamental, ya que necesito un aparato que lleve todo integrado. En caso contrario, tendrías que llevar en el bolsillo el móvil y el aparato de radio. Cosa a la que me niego. Pero esta opinión lógicamente no tiene por qué ser compartida. Por eso, mi pregunta más exacta, como apuntó Borja en su comentario #19, es: ¿cuál es el mejor smartphone con radio del mercado? Respecto a lo del S4, la mayoría de la gente no sabe que no lleva radio, pues piensa que esa es una característica tan básica que si es incluida en móviles de gama media y baja, con más razón será incluida en un móvil de alta gama. Por cierto, la última versión del S3 (LTE) tampoco tiene radio, aunque los modelos de Samsung de menor gama sí la tienen. Te adjunto un enlace donde viene recogida la noticia: http://www.xatakandroid.com/moviles-android/samsung-explica-por-que-no-hay-radio-fm-en-los-galaxy-s4 Las explicaciones de Samsung me parecen razonables en países donde las conexiones de datos ofrecen muchos gigas a bajo precio, pero no en España, donde sólo te ofrecen 1 GB o a lo sumo 2 GB, a bastante precio. Telefónica, incluso, te da sólo 500 MB en varias modalidades de su contrato. No te quiero contar lo que te puede durar este bono si te pones a oir la radio por Internet...
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Ciberet 21/01/14 01:16
Ha respondido al tema ¿El mejor smartphone del mercado?
Desde mi punto de vista, considerando que busco un móvil con radio (algo que entiendo puede ser opinable), mi mejor móvil es el Xiaomi MI3 o MI2S, por sus características en conjunto: potencia del procesador, resolución de pantalla, diseño atractivo, cámara y precio (la mitad respecto a sus competidores). En su conjunto, me parece una propuesta muy interesante. El inconveniente, como he dicho, es que es muy difícil comprar esta marca en España (todavía).
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Ciberet 20/01/14 23:11
Ha respondido al tema ¿El mejor smartphone del mercado?
Por supuesto que no estoy diciendo que un móvil con radio sea mejor que otro sin ella. Sólo digo que para mí es una característica importante, aunque para ti y otras personas es una característica totalmente irrelevante. De ahí lo importante que es para una persona preguntarse qué es lo que más le importa a la hora de elegir un móvil, ya que posiblemente el mejor móvil del mercado, así en términos absolutos, no existe. El motivo de mi comentario era destacar una característica que a algunas personas les parece importante, y que se llevan la sorpresa al comprar un S4 o un iPhone. Desde luego, no es tu caso ni el de otras personas, pero sí el mío y el de otras personas que conozco.
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Ciberet 18/01/14 21:26
Ha respondido al tema ¿El mejor smartphone del mercado?
Estoy de acuerdo con la matización de "para qué queremos el móvil". Yo, por ejemplo, uso mucho la radio FM, y la mayoría de los móviles de última generación han eliminado esta funcionalidad. Por ejemplo, iphone, Nexus, Nokia, Blackberry y Samsung S4 no disponen de radio FM. En cambio, Sony Xperia, HTC y LG sí tienen radio. Y por supuesto, todos los Xiaomi. Esta marca me parece que es una de las mejores opciones; además, así te desmarcas de lo que lleva todo el mundo, obteniendo una potencia increíble y un diseño espectaculares. El problema es que es difícil conseguirlos en España. Habrá gente que lo de la radio le dé igual, pero a mí y a otra mucha gente no. Al menos, que lo sepan antes de cambiar de móvil. En España, todavía la tradición de la radio es muy potente. ¡Ah¡ Y lo de escuchar la radio por Internet ya me lo han dicho, pero oyendo la radio te gastas el bono de 1GB en un plis-plas, y con lo caros que son los bonos aquí en España, no ganaríamos para oir la radio... Tampoco me vale lo de llevar otro aparato para escuchar la radio, pues lo que buscamos precisamente es un aparato único que integre todo lo que teníamos antes disperso entre varios gadgets (teléfono, cámara de fotos, ipod, email, acceso a Internet, agenda, despertador, consola de juegos...y por supuesto, radio).
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Ciberet 18/01/14 11:42
Ha comentado en el artículo Himno de los subasteros
Muy bueno, Tristán. El himno de subasteros a ritmo de country. Vaya velocidad de estribillo, ni sabiendo inglés puedes seguirlo fácilmente. Por cierto, no sé si tu blog será la "auction school",pero se parece bastante!! Un saludo.
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Ciberet 27/10/13 11:01
Ha comentado en el artículo La forma más justa de dar con el precio de equilibrio: las subastas
Todo aquel sistema que permita poner a toda la oferta y la demanda en un único foro, el que sea (página web, lonja,...) es siempre el más eficiente objetivamente, no cabe duda. Fijaos por ejemplo en el caso de ebay, donde yo a veces he comprado cosas inimaginables, desde el lugar del mundo más inimaginable, a precios muy razonables. Esto es bueno tanto para el comprador como para el vendedor. Sólo es malo para los vendedores que están en nichos de mercado muy cerrados, son los que ven en estos sistemas de subastas abiertas una amenaza. Por otra parte, algunos compradores también pueden verse amenazados (en el caso de las subastas judiciales, por ejemplo, ya sabemos que a veces el edicto del tablón ni se publica o es hurtado nada más ser colgado). En resumen, los que se oponen a estos sistemas son los que obtienen alguna ventaja de la falta de transparencia y concurrencia de ciertos mercados. Y como todo en la vida, no sólo hay que valorar el precio: a veces (a todos nos pasa en la vida), es interesante pagar más precio por diversas razones (plazo del envío o seriedad del vendedor por tener más puntos en la plataforma, por ejemplo).
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Ciberet 19/10/13 21:20
Ha comentado en el artículo El futuro (¿e inminente?) Portal de Subastas Judiciales Electrónicas
Efectivamente, Tristán, la simple marcha atrás hacia la obligatoriedad de publicar las subastas en el BOE es algo factible y bastaría para dar publicidad total a las subastas, mejorando muchísimo la situación actual. Y es que desde la antigua LEC de 1881, todas las reformas que se han hecho han sido calamidad tras calamidad. ¿O cómo olvidar el dislate de la mejora de postura que antes se resolvía mejor, cara a cara, por medio de la subastilla? Sin ser perfecta, la LEC original era la mejor de todas las versiones que se han hecho de la LEC. A ver si es verdad y clausuran de una vez las pocilgas de los tablones de anuncios de los juzgados, casi siempre un puro caos y con ciertos edictos distraídos, si no robados por subasteros marrulleros.
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Ciberet 19/10/13 21:10
Ha comentado en el artículo ¿Cuántos recibos atrasados de IBI hay que pagar?
Es curioso, pero al menos en Madrid, para varios inmuebles que compré en subasta, me dirigí al Ayuntamiento para notificar el cambio de titularidad y me empezaron a cobrar el IBI de ahí en adelante, pero de los IBIs pendientes, nada de nada... No sé, quizás reciba una carta certificada en un futuro reclamándome los IBIs anteriores. ¿Qué experiencias prácticas tenéis vosotros? De la teoría, Tristán, ya nos has surtido bien!! Por otra parte, pongo encima de la mesa una táctica que he oído hacen algunos: no notificar nada al Ayuntamiento y dejar pasar el tiempo esperando a la prescripción. ¿Qué riesgos se corren? ¿Siempre avisa el Registrador al Ayuntamiento del cambio de titularidad? O aún más allá: ¿qué pasa si ni siquiera inscribimos en el Registro de la Propiedad? Que conste que yo nunca he hecho nada de esto.
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Ciberet 13/10/13 12:16
Ha comentado en el artículo El nuevo portal inmobiliario de Tristán el subastero
¡¡¡¡¡Coooooooooooooooño, Tristán!!!! ¡¡¡¡Qué sorpresa!!!! Muchos dirán (no yo): ¡Ajá, especulador! ¡Por fin te desenmascaraste! Ya sabía yo que tu blog no era más que una burda excusa para hacer negocio de la desgracia ajena. ¿¿Qué podías esperar de un subastero?? Espera recibir muchas críticas, desde luego. Por cierto, con esta nueva aventura inmobiliaria, ¿vas a abandonar este blog?
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Ciberet 10/10/13 01:35
Ha comentado en el artículo Jejeje, que risa
A mí me pasa que cuando veo publicar noticias en la prensa de asuntos que conozco perfectamente por mi profesión, también me suele dar la risa. Lo cual me lleva a extender mi ínfima opinión a prácticamente todos los medios de comunicación, pues en el fondo no tienen ni puta idea de nada (perdón por la exageración, habrá excepciones). Por no hablar de los favores que los medios deben a los políticos por publicidad institucional, "primicias" filtradas para ofrecer titulares,... Vamos, una auténtica ruina de prensa. Espero que Internet, con canales especializados como este y otros muchos más, cambie definitivamente el periodismo.
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Ciberet 06/10/13 19:15
Ha comentado en el artículo Encuentro de dos viejos subasteros
Yo siempre he pensado en la intimidad que hay un lobby subastero muy poderoso, que es el que hace que las sucesivas reformas de la Ley de Enjuiciamiento Civil sean cada vez más restrictivas para el negocio de las subastas...lo cual hace, como bien dices, Tristán, que cada vez seáis menos para repartir el pastel. No es sólo que esto se está convirtiendo en un negocio exclusivo para profesionales, sino para kamikazes o para gente con información muy privilegiada. Si las reformas fueran en el sentido de dar más transparencia, seguridad y facilidad para participar en subastas, entonces cualquiera podría participar en este negocio, subiendo el precio de los inmuebles y haciendo poco atractivo esto para los subasteros, al reducirse extraordinariamente los márgenes. Con ello, ganarían los acreedores y los deudores, justo lo que supuestamente hacen con cada reforma y que es en realidad lo contrario de lo que hacen. ¡Te hemos desenmascarado, Tristán! Eres el gran urdidor de todo este gigantesco dislate jurídico en el que estamos sumidos. Lo que quieres es eliminar a toda tu competencia y comerte tú solito el gran pastel. ¿No estará ese viejo subastero, al que embriagaste con multitud de birras, aplastado por varias cajas de expedientes judiciales en los sótanos del juzgado que visitaste este viernes?
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Ciberet 03/10/13 09:12
Ha comentado en el artículo La hucha de la comunidad de propietarios
En el artículo 9.1e, habla literalmente de "el adquirente de una vivienda o local en régimen de propiedad horizontal". Supongo que con esta expresión, se extiende a todo tipo de propiedades inmobiliarias (trasteros, garajes,...), no sólo viviendas y locales.
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