Buenos dias al tener una IPT y cobrar una pensión tienes la obligación de mandar a la seguridad social copia del contrato de trabajo para que ellos comprueben si el trabajo que vas a realizar es compatible con tu lesión.En principio no vas a tener ningún problema.Si no mandas escrito con la copia del contrato te pueden sancionar con dos meses de retirada de la pensión, incluso retirartela.
Es casi imposible que tiendo una IPT ningún seguro te cubra las bajas ni laborales ni de ninguna otra cosa. Es más los seguros médicos privados no te aseguran teniendo una IPT
La base de cotización en caso de revisión será la primera en caso de accidente de trabajo, en enfermedad común tengo dudas.Respecto a la revisión dudo mucho que te la concedan tiran para atrás todos de oficio.Si tienes 55 años a lo mejor puedes pedir la cualificada
En todo caso las seguridad social. No estaría de más que tuvieras algún informe médico de que tu lesión no ha mejorado. Preferiblemente que el informe sea de un médico de la seguridad social porque los informes de médicos privados no tienen la misma fuerza jurídica. Yo también tengo la total con un grado de discapacidad del 46% .
Buenos días en teoría si pueden porque ellos son los que pagaron a la seguridad social tu pensión. Se hizo una provisión de la pensión y la mutua pago a la seguridad social el total y está última se encarga de pagarte. Lo que me parece raro es que después de tanto tiempo te llamen ahora. Que grado de discapacidad tienes?.De todas formas si ocurriera algo puedes recurrir por vía administrativa o judicial.Yo también tuve un accidente de trabajo en las mismas fechas que usted y nunca me llamaron, solo el primer año. Un saludo
Según tengo entendido los procesos para reconocer la IPT pasando tribunal médico se hacen sin presencia del perjudicado. Se están dando por rechazados casi todos
Buenos días te lo pida la carta o no lleva todos los informes. Pruebas de imagen y demás nuevos y viejos. Y a poder ser de la sanidad pública, porque de la sanidad privada no se toman apenas en cuenta