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Enhorabuena Lechus!!! 🥰
Chedes28/10/25 23:59
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Muchas gracias Kayuma!!! 🥰
Chedes28/10/25 23:58
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Muchísimas gracias Laura, todavía lo estoy asimilando jajajaj 🥰
Chedes28/10/25 23:57
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
de
Laura8523
Chedes28/10/25 23:57
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
de
Kayuma
Chedes27/10/25 22:42
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
de
José Luis 54
Chedes27/10/25 22:17
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Es que presenté en la reclamación un informe de un especialista de la seguridad social que era una bomba, yo puse demanda el 12 de septiembre (porque tenía el plazo de 30 días hábiles), hace unos días señalan juicio para noviembre de 2026, y hoy me llega esa notificación...... blanco y en botella. Obviamente si a mi me ha llegado la fecha de juicio a ellos también... INSS, MUTUA, EMPRESA... Esto quiere decir que se han allanado sin mas, ahora se archivará ese procedimiento y listo.
Chedes27/10/25 22:05
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Sorpresa? me he quedado a cuadros jajajaja, te explico, la vía administrativa ya ha finalizado. La Mutua dispone de un plazo de 30 días para presentar una demanda, pero esta solo puede dirigirse contra el INSS. Esto no me afecta en absoluto; imagina que la Mutua argumenta que no es un accidente laboral y el INSS sostiene que sí lo es. En ese caso, será el juez quien decida quién debe asumir el pago. Sin embargo, la Mutua tiene todas las de perder, ya que entiendo que, al igual que yo impugné la resolución mediante la reclamación previa, la Mutua también lo hizo. Independientemente de quien tenga que pagar yo voy a cobrar igualmente.
Chedes27/10/25 21:54
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
de
José Luis 54
Chedes27/10/25 21:03
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
de
José Luis 54
Chedes27/10/25 21:02
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Muchas gracias, José Luis, por tu valiosa y desinteresada ayuda. Al recibir la notificación, pensé que se trataba de la desestimación. Veremos cómo continúa esta historia... Ahora que se peleen el INSS y la Mutua. 🥰
Chedes27/10/25 20:24
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Buenas tardes, solo quería actualizar este tema porque creo que puede servirle a más gente que esté en la misma situación. No acudí a la citación de la Mutua (después de tener la IPT).No me dejaron de pagar en ningún momento.No me llamaron a más revisiones.Y, tras presentar yo misma la reclamación administrativa previa el 30 de mayo, HOY el INSS ha estimado mi reclamación y me ha otorgado la IP ABSOLUTA (tenían de plazo para contestar hasta primeros de agosto...).Lo comparto porque, cuando comenté mi caso, algunos insistían en que obligatoriamente había que ir a todo lo que dijera la Mutua. Y no siempre es así. Cada situación es distinta, y hay que conocer bien nuestros derechos antes de asumir que estamos obligados a algo. Si yo no hubiera actuado, probablemente seguiría esperando. Así que: Informarse Asesorarse Reclamar cuando corresponde A veces la razón está de nuestra parte y solo hay que defenderla. Lo digo con respeto y sin ánimo de polémica: la Mutua no siempre tiene la última palabra. Ojalá esta experiencia le sirva a alguien más que esté luchando por lo que le corresponde.
Chedes27/10/25 20:13
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
de
Kayuma
Chedes23/10/25 23:44
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Buenas Kayuma! perdona y con el debido respeto, no comparto tu opinión. La Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita no dice que solo puedan tener abogado los que están en la miseria absoluta. El límite son unos 16.800 € al año "para una persona sola", pero la propia ley permite excepciones si hay hijos, hipoteca o alquiler alto, o si los gastos básicos dejan sin margen para litigar. Además, los colegios de abogados pueden conceder la justicia gratuita aunque se supere un poco el límite, si se demuestra que pagar un abogado impediría cubrir necesidades básicas. Y ojo, no todo pasa por pagar un despacho carísimo: los sindicatos ofrecen asesoría jurídica gratuita o muy económica a sus afiliados, y muchos abogados permiten pagos fraccionados o cobran por resultado (por ejemplo el mio). Así que no siempre es que la gente “no pueda” demandar; a veces simplemente no se informa bien o prefiere no complicarse. Que la justicia no sea gratis para todos no significa que sea imposible acceder a ella. Las víctimas de violencia de género, terrorismo, trata, menores, discapacitados, y algunos casos laborales o de extranjería tienen derecho automático, sin importar ingresos.
Chedes21/10/25 22:20
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¡Buenas noches! No os olvidéis de los abogados de oficio. Si alguien no reclama, es porque no quiere. Eso sí, si tienen ingresos altos, no se lo van a conceder. Y si no reclaman, entonces la responsabilidad recae en la persona que no quiere gastar un euro.
Chedes02/10/25 22:59
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Buenas!!! yo si lo veo normal, el inss retira los recursos cuando ve que no hay viabilidad, simplemente es una estrategia procesal, y lo otro, entiendo que te llega la notificación en agosto pero no te habrán revisado hasta septiembre no?
Chedes02/10/25 22:56
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
de
Josea.M.L.
Chedes28/09/25 01:12
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
de
José Luis 54
Chedes17/09/25 20:59
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Entiendo que lo que han hecho es denegar la revisión por agravación, pero no pierdes la IT, simplemente no te conceden un grado superior.
Chedes06/09/25 17:35
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Nos referimos a una incapacidad permanente, no temporal. En caso de ser temporal, es obligatorio acudir sí o sí.
Chedes05/09/25 21:58
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Yo no intento convencer a nadie, cada uno tiene su opinión, y cada uno es libre de hacer lo que le de la gana. Porque al final, lo que vale no son las opiniones de un foro, sino lo que diga la ley y que te asesore un profesional.
Chedes05/09/25 21:11
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Te van a llamar a revisión igual del INSS (si ellos quieren) vayas o no vayas; si vas a la mutua, porque les van a mandar un informe al INSS para que te revisen porque supuestamente has mejorado, es degenerativo o cien mil historias que se inventan, y si no vas también porque no has ido, ya el INSS decidirá si te revisa o no.
Chedes05/09/25 21:00
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Peter yo no tengo nada que esconder y no voy a ir, ojalá le comuniquen al INSS que no he ido y me llame a revisión, pero a mi la mutua no me vuelve a ver, me han hecho la vida imposible durante mas de un año, llegando a decirme que si me quería suicidar era mi decisión... noooooo, yo no voy a rebatir mas un informe de la mutua, rebatiré un informe del perito médico del juzgado, del inss o de Santa Rita, pero te aseguro que de la mutua no. Ir por miedo a citas que no son obligatorias puede jugar en tu contra, porque esas revisiones se usan luego para informes negativos. Lo importante es conocer la diferencia. Y eso simplemente es lo que quería explicar, y sabes por qué? porque un alto porcentaje no podrá rebatir esos informes de la mutua, porque todos sabemos los informes que hacen muchos especialistas de la seguridad social, solo ponen el nombre de la enfermedad y eso no le interesa al Tribunal Médico, lo que le importa son tus limitaciones funcionales y que venga puesto en un informe muy clarito. DE HECHO YO LES HE DICHO EN MI BUROFAX QUE ME RESERVO EL DERECHO A PONERLO EN CONOCIMIENTO DEL INSS Y DE LA INSPECCION DE TRABAJO, eso es esconderse?. No es cuestión de miedo, es cuestión de saber a quién tengo obligación legal de acudir y a quién no. Y a la mutua ya no. Que me pongan detectives y lo que les de la gana, que ponerlos los ponen, no tengo miedo.
Chedes05/09/25 00:10
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La mutua solo es un seguro privado que contratan las empresas ni mas ni menos, que colaboran con la seguridad social en las incapacidades temporales, punto y pelota, revisa cualquier página web de una mutua y lee las opiniones: la mayoría son negativas, lo cual no es sorprendente, ya que lo que intentan es evitar pagar.
Chedes04/09/25 23:52
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Claro, ellos pueden citarte, pero no estás obligado a asistir. La mutua intentará por todos los medios que te retiren la incapacidad, para eso están las mutuas, no le interesas nada. Si decides no acudir, podrían solicitar al INSS que te revise, pero será el INSS quien determine si acepta o no dicha revisión, ya que siempre es su competencia y lo harán ellos.Por ejemplo, si llego a un juicio y la mutua, como codemandada, solicita al juez que se realice una revisión médica, este puede aceptarla o no. En caso de aceptarla, la revisión la llevará a cabo un perito médico designado por el juzgado, nunca uno de la mutua. La mutua puede llevar su propio perito para cuestionar tus informes, pero en ningún caso puede obligarte a acudir a sus instalaciones. Además, si ya cuentas con la resolución del INSS que establece que, por ley, te revisarán, será esta entidad quien decida si realiza la revisión o no.