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Chbolado

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Chbolado 29/01/13 08:45
Ha respondido al tema Traspaso de valores y comisiones abusivas
Hola. Te pasaré las comisiones que me están cobrando a mí (y creo que al resto de los que negociamos acciones en Bolsa), en BANKINTER. -COMPRA-VENTA: 8€ (valores nacionales), hasta 90.000€ -MANTENIMIENTO DE VALORES: 0,04% sobre el VALOR REAL de la acción más IVA y trimestral. Por lo que sé, es uno de los BANCOS/CAJAS más baratos, si no el que más. Por supuesto, sin valorar los BROKER con oficinas VIRTUALES. Sdos.
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Chbolado 28/01/13 21:41
Ha respondido al tema Titulos Telefonica a 16,40 euros en 2012, ayuda por favor
Hola. Creo, que deberías informarte bien. Ya sea a través del banco donde están depositados los títulos, ya sea a través de asesor financiero...Pero lo que sí es totalmente cierto, es que TF, no ha llegado a ese precio a lo largo de todo el año pasado. Sdos.
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Chbolado 28/01/13 21:36
Ha respondido al tema Traspaso de valores y comisiones abusivas
Hola. En los diferentes trapasos que he tenid,o que realizar tanto entre bancos, como de banco a caja. Siempre suelen cobrar comisiones. Ahora bien, si lo negocias, y a la entidad receptora le interesan tus valores, y tú como cliente, suelen correr ellos con la correspondiente comisión. No obstante, en mi caso, tuve que negociarlo con ellos. Si no lo haces...ya sabes. Por cierto, cerciórate bien, de las nuevas condiciones del banco, caja...con el que vas a trabajar. Sé por experiencia, que "donde dije digo, digo Diego". Vamos que todo por escrito. Sdos.
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Chbolado 27/01/13 21:54
Ha respondido al tema Subida desorbitada de las comisiones de custodia de acciones
Hola. Cuando comencé con BANKINTER, tuve que hacer una transferencia desde otro banco. Anterior a todo esto, tuve que negociar las comisiones. Como creo que habrás sacado en conclusión, no suelo invertir pequeñas cantidades. La verdad, es que no me dan ninguna confianza los BROKER VIRTUALES. Por supuesto, me merecen todo el respeto... pero no van conmigo. La verdad, con todo lo que ha pasado y pasa...no me arriesgo. Necesito, que si en cualquier momento me surge cualquier duda, pueda acercarme a la oficina de confianza, y que me resuelvan la duda de forma directa... Sdos
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Chbolado 27/01/13 21:24
Ha respondido al tema Subida desorbitada de las comisiones de custodia de acciones
Hola. ¿Tú confiarías por ejemplo 10.000 acciones de IBERDROLA a este "Broker"?. Seguramente, si la capitalización para "jugar" en bolsa fuese de pongamos 3.000€, seguramente haría lo mismo que tú. De hecho, exiten otros Brokers más baratos. Pero, cuando se trata de tu futuro PLAN DE JUBILACIÓN, entonces, necesitas oficinas físicas a diferencia de las virtuales. Siempre y cuando las comisiones no sean excesivas. Por supuesto, no soy ningún suicida que se la juega a diario en intra dia. Me gusta estudiar un valor, por supuesto BLUE CHIP, le hago el seguimiento durante meses, incluso años, y en función del comportamiento del mercado USA, del IBEX, y del propio valor, toca una cosa o la contraria. Pero siempre, con intervalos amplios. Por cierto, que años atrás, ya las pagué...bien pagadas....las comisiones.
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Chbolado 26/01/13 14:56
Ha respondido al tema Subida desorbitada de las comisiones de custodia de acciones
Hola. Les comento: Actualmente trabajo con BANKINTER. Y sí, es verdad, que han subido las comisiones de mantenimiento de valores. En este banco, hasta ahora, estaban cobrando el 0,20% trimestral, sobre el nominal más IVA. A partir de ahora cobrarán: el 0,04% trimestral sobre el efectivo más IVA. EJEMPLO....ANTES: 1.000 IBERDROLAS X 0,75(nominal)x 0,20%= 1,50€ AHORA: 1.000 " x 4,1 (v.real) x 0,04%= 1,64€ Esta es la nueva comisión REAL DE BANKINTER. Por supuesto, conforme suba el valor real de la acción, subirá la cuantía del mantenimiento. Creo, que ya nos gustaría, que nos subiera la comisión...cada tres meses. Sdos.
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Chbolado 05/01/13 21:47
Ha respondido al tema Autónomo y subsidio para mayores de 55 años
Hola. Soy autónomo desde hace 28años. Si tienes la desgracia de tener que cerrar la empresa. Yo lo primero que haría, sería ir a hablar con las ASISTENTAS SOCIALES. En cada pueblo o ciudad las hay. Todo ciudadano mayor de 52 años, que haya cotizado un mínimo de 15 a la seguridad social, y que haya cotizado 2, en el período de los 50 a los 65, en principio, tiene derecho a que se le de una ayuda familiar de unos 426€, hasta la edad de jubilación (65). El que esta ayuda se lleve o no a cabo, depende de los recursos de los que dispongáis, pero si vuestra economía es de "guerra", darlo por hecho. Sdos.
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Chbolado 29/12/12 19:09
Ha respondido al tema El banco malo...una nueva estafa a los ciudadanos!!!!
Hola. Me parece muy bien, el enlace que me envías. Pero creo, que no explica lo que realmente quiere saber el ciudadano: Qué es, como se gestiona, quién lo va a sufragar, lo que oculta... Esto sí queda meridianamente claro en el post que mandé. Saludos.
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Chbolado 31/10/12 18:38
Ha respondido al tema Iberdrola en el cenro del charco...
Hola. Este es el texto íntegro: Iberdrola en el centro del charco Iberdrola, se define como el primer grupo energético español, una de las cinco mayores compañías eléctricas del mundo y líder global en energía eólica. Esta presente en cerca de 40 países, tiene 30.757 empleados y más de 30 millones de clientes. Su linea de negocio se organiza en: redes que representa el 50% del EBITDA, Generación y Clientes el 29% y Renovables el 21%. El Balance, ha mejorado ligeramente con respecto al cierre del ejercicio anterior, ha aumentado la liquidez hasta situarse en 1,23 puntos, la solvencia se sitúa en el 35,17% y el endeudamiento representa el 81% del patrimonio neto. Su valor teórico es 5,48 euros por acción. En la presentación de los resultados de los nueve primeros meses del año, se incluye una tabla con las magnitudes básicas gestionadas en las que se puede ver que la producción neta de energía ha disminuido un 7,3% y también se puede ver que sobre todo debido al descontrol que hay en la planificación energética española las compañías productoras de electricidad están totalmente sobredimensionadas en cuanto a capacidad instalada de energía comparada con la demanda, de forma que como media, las centrales eléctricas de Iberdrola, y supongo que lo mismo le ocurre a las otras compañías, sólo están funcionando una media de 5,95 horas al día, y si lo vemos en función del tipo de energía primaria podemos ver que las centrales nucleares han estado trabajando 21 horas al día de media mientras que los ciclos combinados de GAS sólo han estado funcionando una media de 1,3 horas al día, con lo cual, esta resultando ser una inversión totalmente ruinosa para las eléctricas. Todo ello en beneficio de las centrales de carbón que son las que más polucionan y CO2 emiten, que por interés político han estado funcionando 10,5 horas de media al día. Aunque la empresa vende que el EBITDA ha aumentado un 3,4% respecto al mismo periodo del año pasado, y que el beneficio neto lo ha hecho un 12%, la realidad es que los gastos financieros han subido un 5,1% y el beneficio antes de impuestos disminuye un 11,4%, de forma que el beneficio neto aumenta simplemente porque gracias a los créditos fiscales de los que disfruta, de impuestos sólo ha pagado un 1,87%. Hay que tener en cuenta que en estos resultados hay un impacto negativo de 124 millones por la puesta en equivalencia de GAMESA y un resultado positivo por venta de activos no corrientes de 70,5 millones. Si hacemos las cuentas sin extraordinarios y con la tasa impositiva adecuada, terminará el año con un beneficio por acción de 0,38 euros y un flujo de caja operativo de 0,87 euros por acción de los que una vez descontados la parte destinada a la amortización de deuda y las inversiones para mantenimiento del negocio, quedarían disponibles para el accionista 0,12 euros por acción, que es lo máximo que debería destinar para dividendo y que cada vez será menor si continúa aumentando el numero de acciones por el dividendo flexible. http://bdl333.blogspot.com.es/2012/10/iberdrola-en-el-centro-del-charco.html
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Chbolado 06/10/12 17:44
Ha respondido al tema 100.000 Euros ,,,, ¿En qué valores los invertirias?
Hola. Yo tengo una experiencia de unos veinte años en bolsa. Casi siempre he diversificado. En la actualidad, no. Mi apuesta actual está siendo IBERDROLA. Por qué: -Acabado pleito con Presidente de ACS. Y por cierto, actualmente cogido por las pelotas en IBERDROLA. -Valor súper conservador. -Dividendos asegurados de alrededor de un 8%. Con opción de reinversión de los mismos en acciones de la propia compañía. -Cotización actual -3,81-, muy por debajo de su valor -6,00-. -Con la cotización actual, y aunque fuera excepcional, podría sufrir una OPA de cualquier otra compañía, con la consiguiente revalorización del valor...infórmate por ejemplo de ENDESA... Sdos.
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Chbolado 14/09/12 17:24
Ha respondido al tema ¿Qué pasos hay que dar, para sacar un piso a subasta pública?
Hola a todos. Creo, que después de haber buscado y rebuscado, una de las mejores informaciones que he podido recopilar sobre PORINDIVISOS, es la siguiente, por si aparte de mí, hay algún otr@s, con semejante problema: PORINDIVISO: Situación en que se encuentra una cosa o un grupo de cosas antes de ser dividida y repartida entre sus propietarios. Un proindiviso es algo que está por repartir, si puede separarse en lotes, resulta fácil acabar con el proindiviso, pero hay cosas que no son fáciles de separar en trozos, bien por que al dividirlo el valor de los trozos por separado, es menor que el valor unido, o porque al dividirla, cambia la esencia del objeto. Frecuentemente, esto es lo que ocurre con los bienes inmuebles, un solar deja de ser edificable, si las parcelas se reducen por debajo de cierto tamaño o un piso no se puede segregar en habitaciones. Esta imposibilidad de dividir físicamente el bien, hace que sus propietarios obtengan una participación en su propiedad, pero que este se mantenga unido, indiviso. El inmueble se transforma así legalmente en un proindiviso con varios propietarios. Los proindivisos pueden aparecer por muy diversas causas, pero el grueso de ellos nacen de tres circunstancias, la compra conjunta de un inmueble entre varios socios de un negocio, la compra de un hogar entre los dos cónyuges y la herencia de un inmueble entre vaios herederos del propietario. Mientras todos los participes en el proindiviso, estén de acuerdo en el uso que se quiere dar al bien, el asunto no genera mayor dificultad. Así ocurre, por ejemplo, con miles de hogares cuya propiedad se comparte entre los cónyuges para ser usada como residencia de la familia. En cambio, los proindivisos se transforman en una envenenada manzana de la discordia, cuando los partícipes en la propiedad, no logran ponerse de acuerdo en el uso a dar al bien, pues se necesita sla autorizacion de todos los propietarios, aunque alguien no tenga más que una mínima participación en la propiedad común, para cualquier decisión a tomar sobre la propiedad, lo que da un inmenso poder para paralizar cualquier acción sobre el inmueble a cualquiera de los copropietarios del mismo. El proindiviso se transforma así en una terrible arma para quebranta, por profundos que sean, los cimientos de la amistad y cariño que se tenían los propietarios, o para ahondar las diferencias que por otro motivo hayan podido surgir entre los copropietarios, dando lugar a multiplicar el rencor entre ellos y a crear violentas disputas entre ellos. Aconsejo que, en la medida de lo posible, se eluda la formación de proindivisos, o que se trate de que estos tengan el menor número posible de partícipes. No obstante,este consejo es difícil de seguir. Al precio actual de las viviendas, suele ser necesario para su compra el concurso del dinero aportado por ambos cónyuges, mientras que en la herencia de una familia media, la vivienda supone generalmente la mayor parte de la cuantía de la mismaa, con lo que no hay forma de repartir los bienes entre los herederos, sin dar participación a todos en la propiedad de la vivienda. En caso de disensión entre los dueños, la mejor solución al problema es que la mayoría compre la participación de la minoría. Ello supone llegar entre ambas partes a un acuerdo en el valor del inmueble, para poder proceder a la compra de la parte minoritaria. Corrientemente se recurre entre los copropietarios a nombrar un árbitro de la confianza de todos, que busque la mejor solución a la finalización del proindiviso de forma justa y equilibrada. El problema es que la solución dictada por el árbitro no tiene fuerza legal y depende de la voluntad de las partes el aceptarla, o no Sea el que sea el sistema utilizado para llegar a un acuerdo entre las partes, todos deben ser conscientes que el acuerdo es difícil de conseguir, pues normalmente, los que se ven obligados a comprar, tienden a considerar caro el precio acordado y los que se ven obligados a vender, lo considerarán bajo, con lo que al final, si la operación se produce, todos se sienten perjudicados. Por ello, para llegar a buen puerto, todos han de estar dispuestos a ceder algo en sus pretensiones, en la seguridad, de que como no se cansan de repetir los abogados, más vale un mal acuerdo que un buen pleito. De no encontrar un acuerdo entre las partes, la siguiente solución es tratar de vender la totalidad del bien a un tercero y repartirse proporcionalmente el resultado de la venta, pues el dinero, siempre puede dividirse en fracciones. También en este caso hay que llegar a un acuerdo a priori sobre cual es el precio mínimo aceptable para cerrar la operación, pues no hay nada más frustrante y desairado para quien lleve la operación de venta, que andar de correveidile entre los diferentes propietarios y no poder cerrar una operación, por desconocer si todos estarán conformes con el precio y condiciones pactadas con el posible comprqdor. Aconsejo que previa al inicio de las gestiones de venta, se fije en un documento, las condiciones mínimas de venta aceptadas por todos los propietarios. Cuando esta vía falla, al no llega a acuerdo entre las partes en el precio de venta, o si no se pudo encontrar comprador al precio pactado, se penetra en la vía judicial. Calquiera de las partes, puede forzar ante un juez, la disolución del proindiviso mediante subasta pública del inmueble. La subasta se celebra a la baja, hasta la aparición de un comprador. Fijado el precio de venta, hay un plazo de tiempo para que cualquiera de los copropietarios lo iguale quedandose con la propiedad al completo. La forma de realizarlo es interponer una demanda en el Juzgado de primera instancia del lugar donde se encuentra el inmueble en cuestión, en ejercicio de la acción de división de la cosa común. Si el inmueble no puede dividirse materialmente en tantas partes como comuneros haya, (o hacerlo suponga que desmerezca mucho su valor), saldrá a pública subasta con admisión de licitadores extraños. Arts. 400 y ss. del Código Civil.. En mi opinión, esta es una mala solución que deben esforzarse en eludir los propietarios, pues reduce el valor de la propiedad y es largo en el tiempo. Ocurre a veces, que algún propietario obtienen de la prolongación del proceso, un beneficio que otros no tienen, por ejemplo, el que viviendo en el inmueble no paga ningún tipo de renta al resto de los propietarios. En estos casos, queda a un último recurso, aún menos aconsejable, pero que por desgracia, resulta en muchos casos el único posible, es vender la participación del inmueble a empresas especializadas en la compra de participaciones de proindivisos. Ni que decir tiene que quien compra participaciones en proindivisos envenenados por discordias entre los propietarios, solo lo hace a precios de saldo, por lo que el que recurre a este medio, obtiene un magro resultado de la venta de su participación. Pero los que no venden su parte, tampoco gozarán mucho de la propiedad, pues estas empresas son hábiles en las técnicas del moving inmobiliario, y mediante presiones totalmente legales, obligaran a que los antiguos propietarios, bien a comprar su participación a un precio mucho más alto que el pagado por ellos, o que tengan que acabar igualmente, malvendiendo su participación a esas empresas. Salvo que el proindiviso haya realizado su labor demoledora de afectos, hasta tal punto, que el único interés de cada propietario, sea el hacer daño al resto, por encima de sus propios intereses, no recomiendo tomar esta solución.
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Chbolado 14/09/12 17:16
Ha comentado en el artículo Consulta de ayer. Proindivisos
Hola a todos. La persona, a la que se refiere en el comentario este Sr, soy yo. Después de buscar y buscar... creo que puedo aportar algo más acerca de los proindivisos, que lo que -con todos los respetos-, él me informó: Proindiviso(*): Situación en que se encuentra una cosa o un grupo de cosas antes de ser dividida y repartida entre sus propietarios. Un proindiviso es algo que está por repartir, si puede separarse en lotes, resulta fácil acabar con el proindiviso, pero hay cosas que no son fáciles de separar en trozos, bien por que al dividirlo el valor de los trozos por separado, es menor que el valor unido, o porque al dividirla, cambia la esencia del objeto. Frecuentemente, esto es lo que ocurre con los bienes inmuebles, un solar deja de ser edificable, si las parcelas se reducen por debajo de cierto tamaño o un piso no se puede segregar en habitaciones. Esta imposibilidad de dividir físicamente el bien, hace que sus propietarios obtengan una participación en su propiedad, pero que este se mantenga unido, indiviso. El inmueble se transforma así legalmente en un proindiviso con varios propietarios. Los proindivisos pueden aparecer por muy diversas causas, pero el grueso de ellos nacen de tres circunstancias, la compra conjunta de un inmueble entre varios socios de un negocio, la compra de un hogar entre los dos cónyuges y la herencia de un inmueble entre vaios herederos del propietario. Mientras todos los participes en el proindiviso, estén de acuerdo en el uso que se quiere dar al bien, el asunto no genera mayor dificultad. Así ocurre, por ejemplo, con miles de hogares cuya propiedad se comparte entre los cónyuges para ser usada como residencia de la familia. En cambio, los proindivisos se transforman en una envenenada manzana de la discordia, cuando los partícipes en la propiedad, no logran ponerse de acuerdo en el uso a dar al bien, pues se necesita sla autorizacion de todos los propietarios, aunque alguien no tenga más que una mínima participación en la propiedad común, para cualquier decisión a tomar sobre la propiedad, lo que da un inmenso poder para paralizar cualquier acción sobre el inmueble a cualquiera de los copropietarios del mismo. El proindiviso se transforma así en una terrible arma para quebranta, por profundos que sean, los cimientos de la amistad y cariño que se tenían los propietarios, o para ahondar las diferencias que por otro motivo hayan podido surgir entre los copropietarios, dando lugar a multiplicar el rencor entre ellos y a crear violentas disputas entre ellos. Aconsejo que, en la medida de lo posible, se eluda la formación de proindivisos, o que se trate de que estos tengan el menor número posible de partícipes. No obstante,este consejo es difícil de seguir. Al precio actual de las viviendas, suele ser necesario para su compra el concurso del dinero aportado por ambos cónyuges, mientras que en la herencia de una familia media, la vivienda supone generalmente la mayor parte de la cuantía de la mismaa, con lo que no hay forma de repartir los bienes entre los herederos, sin dar participación a todos en la propiedad de la vivienda. En caso de disensión entre los dueños, la mejor solución al problema es que la mayoría compre la participación de la minoría. Ello supone llegar entre ambas partes a un acuerdo en el valor del inmueble, para poder proceder a la compra de la parte minoritaria. Corrientemente se recurre entre los copropietarios a nombrar un árbitro de la confianza de todos, que busque la mejor solución a la finalización del proindiviso de forma justa y equilibrada. El problema es que la solución dictada por el árbitro no tiene fuerza legal y depende de la voluntad de las partes el aceptarla, o no Sea el que sea el sistema utilizado para llegar a un acuerdo entre las partes, todos deben ser conscientes que el acuerdo es difícil de conseguir, pues normalmente, los que se ven obligados a comprar, tienden a considerar caro el precio acordado y los que se ven obligados a vender, lo considerarán bajo, con lo que al final, si la operación se produce, todos se sienten perjudicados. Por ello, para llegar a buen puerto, todos han de estar dispuestos a ceder algo en sus pretensiones, en la seguridad, de que como no se cansan de repetir los abogados, más vale un mal acuerdo que un buen pleito. De no encontrar un acuerdo entre las partes, la siguiente solución es tratar de vender la totalidad del bien a un tercero y repartirse proporcionalmente el resultado de la venta, pues el dinero, siempre puede dividirse en fracciones. También en este caso hay que llegar a un acuerdo a priori sobre cual es el precio mínimo aceptable para cerrar la operación, pues no hay nada más frustrante y desairado para quien lleve la operación de venta, que andar de correveidile entre los diferentes propietarios y no poder cerrar una operación, por desconocer si todos estarán conformes con el precio y condiciones pactadas con el posible comprqdor. Aconsejo que previa al inicio de las gestiones de venta, se fije en un documento, las condiciones mínimas de venta aceptadas por todos los propietarios. Cuando esta vía falla, al no llega a acuerdo entre las partes en el precio de venta, o si no se pudo encontrar comprador al precio pactado, se penetra en la vía judicial. Calquiera de las partes, puede forzar ante un juez, la disolución del proindiviso mediante subasta pública del inmueble. La subasta se celebra a la baja, hasta la aparición de un comprador. Fijado el precio de venta, hay un plazo de tiempo para que cualquiera de los copropietarios lo iguale quedandose con la propiedad al completo. La forma de realizarlo es interponer una demanda en el Juzgado de primera instancia del lugar donde se encuentra el inmueble en cuestión, en ejercicio de la acción de división de la cosa común. Si el inmueble no puede dividirse materialmente en tantas partes como comuneros haya, (o hacerlo suponga que desmerezca mucho su valor), saldrá a pública subasta con admisión de licitadores extraños. Arts. 400 y ss. del Código Civil.. En mi opinión, esta es una mala solución que deben esforzarse en eludir los propietarios, pues reduce el valor de la propiedad y es largo en el tiempo. Ocurre a veces, que algún propietario obtienen de la prolongación del proceso, un beneficio que otros no tienen, por ejemplo, el que viviendo en el inmueble no paga ningún tipo de renta al resto de los propietarios. En estos casos, queda a un último recurso, aún menos aconsejable, pero que por desgracia, resulta en muchos casos el único posible, es vender la participación del inmueble a empresas especializadas en la compra de participaciones de proindivisos. Ni que decir tiene que quien compra participaciones en proindivisos envenenados por discordias entre los propietarios, solo lo hace a precios de saldo, por lo que el que recurre a este medio, obtiene un magro resultado de la venta de su participación. Pero los que no venden su parte, tampoco gozarán mucho de la propiedad, pues estas empresas son hábiles en las técnicas del moving inmobiliario, y mediante presiones totalmente legales, obligaran a que los antiguos propietarios, bien a comprar su participación a un precio mucho más alto que el pagado por ellos, o que tengan que acabar igualmente, malvendiendo su participación a esas empresas. Salvo que el proindiviso haya realizado su labor demoledora de afectos, hasta tal punto, que el único interés de cada propietario, sea el hacer daño al resto, por encima de sus propios intereses, no recomiendo tomar esta solución.
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Chbolado 12/09/12 15:54
Ha respondido al tema ¿Qué pasos hay que dar, para sacar un piso a subasta pública?
Hola. Me lo he leído. Pero me crea una duda:¿No podría existir la posibilidad de que en este tiempo -2.009/2.012-, no se hayan cambiado algunas de las leyes por las que se rigen las subastas públicas?. Por otro lado, también me interesaría saber cuáles son los trámites que habré de seguir para poder acceder a esta susodicha subasta... en el artículo anterior, no lo especifica, pues se ciñe exclusivamente a cómo funciona la subasta y cuáles son los condicionantes. Muchas gracias y Sdos.
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Chbolado 11/09/12 21:56
Ha respondido al tema ¿Qué pasos hay que dar, para sacar un piso a subasta pública?
Hola. Se que es bastante difícil vender, con la actual coyuntura económica. Y precisamente por ello, ninguno quiere comprar, a no ser, que el precio sea una ganga. Y es precisamente por eso, que ninguno quiere vender a ese precio. Pero imaginemos, que es a uno de los dos, o a los dos, a quien le interesa quedarse con el susodicho piso, y por lo tanto le interesa sacarle a subasta, con la intención de poder adquirirle... lo más barato posible. Realmente, lo que estoy exponiendo lo hago, sin saber si los propios propietarios pueden acceder a la subasta. También hemos de tener en cuenta, que cualquiera de ellos, puede mandar a la subasta, a segundas personas, para que pujen en su lugar. Porque tenemos que tener en cuenta, que aun siendo hermanos, cuando se habla de dinero...nadie conoce a nadie... Por lo tanto, lo que realmente deseo -si es posible-, es saber cuáles son los trámites a seguir para poder subastarlo.
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