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Carlos9

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Carlos9 12/02/23 21:30
Ha respondido al tema Cuota anual American Express
El comercio donde vayas a pagar tiene que tener firmado un contrato con su entidad financiera para admitir amex.El problema es que muchos comercios no aceptan amex dado que las comisiones que tienen que abonar a su entidad financiera por aceptar amex normalmente son más altas que con visa/master.
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Carlos9 12/02/23 15:43
Ha respondido al tema Cuota anual American Express
En la página web de amex puedes consultar si el importe del pago que vayas a realizar lo van a autorizar o no.En el comercio tendrás que consultar si admiten amex.
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Carlos9 05/02/23 16:43
Ha respondido al tema Llevar al administrador y al presidente al Juzgado. ¿Juntos o por separado? - Comunidad de propietarios
La normativa de protección de datos afecta a las personas físicas.Cualquier dato de una persona, debe ser exacto y correcto. Un dato económico de una persona física, si no se corresponde con la realidad, hay que corregirlo. Si en una comunidad de propietarios existe un dato que indica que tiene una deuda, y esa deuda no es correcta, hay que dirigirse a la comunidad de propietarios para que le corrija. Si no lo se corrige, y el dato, no es cierto, se puede interponer una denuncia a la Agencia Española de Protección de Datos.
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Carlos9 02/02/23 15:24
Ha respondido al tema Comisión cambio titular
A por ellos!https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/podemosayudarte/consultasreclama/comorealizarrecl/
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Carlos9 01/02/23 19:55
Ha respondido al tema Comisión cambio titular
Aquí tienes el criterio del Banco de España: https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/podemosayudarte/criterios/comision-por-tramitacion-de-testamentaria.html
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Carlos9 31/01/23 16:09
Ha respondido al tema ¿Aparecen deudas de hacienda en Cirbe?
Los préstamos entre particulares no se registran en el CIRBE.Desde la firma del préstamo entre particulares dispones de 30 días para liquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales (exento). Si no lo presentas en plazo puedes cometer una infracción tributaria. 
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Carlos9 30/01/23 16:08
Ha respondido al tema American Express Platinum
La póliza la tienes en: https://www.americanexpress.com/content/dam/amex/es/beneficios/infotitulares/pdfs/platinum_insurance_082020.pdfPROTECCIÓN DE DEVOLUCIÓN SUS COBERTURAS:1)  Esta prestación se aplica a los artículos comprados a un comerciante minorista establecido en España con dependencias en un domicilio español que no hayan tenido ningún propietario anterior.2)  Si el minorista no aceptara la devolución de un artículo no utilizado y adquirido con la Tarjeta Platinum para uso personal en el plazo de 90 días desde la fecha de compra, se le abonará: a)  El precio de compra del artículo con un máximo de 500€. b)  En cualquier caso la indemnización máxima será de 1.500€ por cada periodo de 12 meses.EXCLUSIONES: Las exclusiones particulares de protección de devoluciones son las siguientes:1)  Cualquier artículo con un precio de compra inferior a 30€.2)  Artículos que no estén nuevos, en buen estado, en condiciones de venta, exentos de todo defecto y en buen estado  de funcionamiento.3)  Artículos de joyería, piedras preciosas, sellos y monedas raros o preciosos; artículos tales como antigüedades, obras de arte y pieles; efectivo o sus equivalentes; cheques de viaje; tickets; instrumentos financieros negociables, servicios; teléfonos móviles y accesorios; artículos reproductores (incluidos, sin carácter limitativo, CDs, DVD, aplicaciones  o programas informáticos, cintas de audio y vídeo); libros; animales y plantas; mercancías consumibles y perecederas; artículos de cuidado de la salud; artículos reconstruidos y modernizados; artículos de ventas por liquidación; vehículos y sus componentes; propiedades inmobiliarias y edificios; artículos asignados permanentemente al hogar, oficina o vehículos.
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Carlos9 26/01/23 11:26
Ha respondido al tema Boletines de luz y agua
En el proceso constructivo, en el caso de las instalaciones eléctricas hay varias entidades que se encuentran implicadas:- Instalador autorizado (que es el que elabora el boletín, y se lo entrega al "constructor")- Promotor ("constructor")- UsuarioAquí hay un conflicto entre partes. ¿Qué dice el contrato firmado? ¿Cuándo se entrega la documentación? ¿Con el pago total? ¿El contrato no dice nada? Mi opinión, que no tiene ningún tipo de validez, es que el constructor debiera entregar el boletín, pero a ver cómo le obligas a que te lo de, sin acudir a los tribunales.Lo más práctico es que vayas a tu comunidad autónoma, al órgano que tenga las competencias en materia de industria, a pedir una copia. Tal y como te indiqué el REBT dice: " el instalador autorizado deberá presentar ante el Órgano competente de la Comunidad Autónoma, al objeto de su inscripción en el correspondiente registro, el Certificado de Instalación con su correspondiente anexo de información al usuario, por quintuplicado, al que se acompañará...".Tendrás que presentar un documento que acredite que tú eres el propietario de la vivienda. Puedes decir que lo has perdido y lo necesitas.
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Carlos9 24/01/23 19:15
Ha respondido al tema Llevar al administrador y al presidente al Juzgado. ¿Juntos o por separado? - Comunidad de propietarios
Antes de ir a los tribunales y gastarse el dinero, con respecto a datos incorrectos de la deuda e importe de aportaciones, lo más barato y cómodo es gestionarlo por protección de datos.Que prepare un escrito formal, al amparo de la normativa de protección de datos, y que solicite se rectifiquen los datos incorrectos. Aquí está el modelo: https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos/derecho-de-rectificacion.Si no le responden (hay que enviarlo por carta certificado, o que le sellen la copia) o no rectifican que presente denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos.
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Carlos9 24/01/23 19:04
Ha respondido al tema Boletines de luz y agua
Con respecto al tema eléctrico, la obligación de entrega del boletín está regulada en el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, en concreto en la ITC-BT-04, donde se establece:"Antes de la puesta en servicio de las instalaciones, el instalador autorizado deberá presentar ante el Órgano competente de la Comunidad Autónoma, al objeto de su inscripción en el correspondiente registro, el Certificado de Instalación con su correspondiente anexo de información al usuario, por quintuplicado, al que se acompañará, según el caso, el Proyecto o la Memoria Técnica de Diseño, así como el certificado de Dirección de Obra firmado por el correspondiente técnico titulado competente, y el certificado de inspección inicial con calificación de resultado favorable,  del Organismo de Control, si procede. El Órgano competente de la Comunidad Autónoma deberá diligenciar las copias del Certificado de Instalación y, en su caso, del certificado de inspección inicial, devolviendo cuatro al instalador autorizado, dos para sí y las otras dos para la propiedad, a fin de que ésta pueda, a su vez, quedarse con una copia y entregar la otra a la Compañía eléctrica, requisito sin el cual ésta no podrá suministrar energía a la instalación, salvo lo indicado en el Artículo 18.3 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión" 
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Carlos9 24/01/23 17:38
Ha respondido al tema Crónica de un calvario. ING: mentiras, excusas y abuso de poder
Es totalmente legal grabar las conversaciones telefónicas y utilizarlas como prueba, siempre y cuando tu participes en la conversación. No es necesario avisar (las empresas, por normativa de protección de datos, sí)Para acceder a las grabaciones de ING, utiliza la normativa de protección de datos. Puedes mandar un correo electrónico a [email protected], con un escrito con firma electrónica, identificando fecha y hora, y tienen obligación de mandarte dichas grabaciones. Si no te las envían presenta denuncia a la Agencia Española de Protección de Datos (https://www.aepd.es/es).
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Carlos9 22/01/23 09:59
Ha respondido al tema Crónica de un calvario. ING: mentiras, excusas y abuso de poder
Una transferencia, en principio es un pago, o una disposición de fondos.Que yo conozca, no hay ninguna disposición legal que obligue a identificar ingresos mayores de 1.000 euros, ni tampoco ninguna relacionada con comunicación de transferencias mayores de 10.000 euros.Con respecto a los 1.000 euros señalar que no se pueden realizar pagos en metálico mayores de 1.000 euros, por la  Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego 
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Carlos9 21/01/23 23:17
Ha respondido al tema Crónica de un calvario. ING: mentiras, excusas y abuso de poder
Aunque en muchos sitios se publique que se comunican a la Agencia Tributaria las transferencias de más de 10.000 euros, la realidad es que son las de más de 3.000 euros. Orden EHA/98/2010, de 25 de enero, por la que se aprueba el modelo 171 de declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática 
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Carlos9 07/01/23 20:24
Ha respondido al tema Documentación complementaria Orange Bank
 Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismoEntre otros, artículo 5: "Los sujetos obligados obtendrán información sobre el propósito e índole prevista de la relación de negocios. En particular, los sujetos obligados recabarán de sus clientes información a fin de conocer la naturaleza de su actividad profesional o empresarial y adoptarán medidas dirigidas a comprobar razonablemente la veracidad de dicha información" 
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Carlos9 04/01/23 15:25
Ha respondido al tema Pasar dinero entre 2 cuentas propias CaixaBank - Transferencias
Orden EHA/98/2010, de 25 de enero, por la que se aprueba el modelo 171 de declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemáticaY su modificaciones: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GI33.shtml
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Carlos9 22/12/22 22:13
Ha respondido al tema Atrapado en BBVA ¡Ayuda!
Actualmente, en principio, y desde la entrada en vigor de la MIFID II, muchas entidades financieras no van permitir comprar esas obligaciones subordinadas a un minorista. En su momento, la normativa lo permitía.Ahora que están en cartera dichas obligaciones subordinadas, ¿se pueden transmitir? Mi opinión es que esa persona tiene derecho a transmitirlas (venderlas o trasladarlas a otra entidad financiera). Si ahora es un instrumento complejo (en su momento parece que no) que menos que le dejen venderlas!Lo mejor es presentar  la oportuna reclamación y si la entidad financiera no quiere saber nada del tema que sea la CNMV la que se pronuncie.
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