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Carlos Hernández

Se registró el 02/10/2008

Sobre Carlos Hernández

En lucha contra la clausula suelo los intereses de usura y por el derecho a rehabilitar todas las operaciones financieras

http://www.nomasabusobancario.org/
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Carlos Hernández 27/08/10 16:08
Ha respondido al tema La extorsion hacia mi, por parte de BBVA
Depende de la Comunidad Autonoma. La normativa que regula las hojas de reclamaciones normalmente extiende la obligación de tener hojas de reclamación también a las entidades finacieras aunque creo que Canarias y otra comunidad están excluidas
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Carlos Hernández 27/08/10 16:00
Ha respondido al tema La extorsion hacia mi, por parte de BBVA
La comisión por reclamación de posiciones deudoras o por impagados son ilegales. A) porque no se corresponden con un servicio efectivo como declaró el propio Banco de España en 1989 (aunque al cabo de unso años cambió su criterio,en contra de los clientes.. una más)y pasó a admitirlos siempre que se repsetaran determinados requisitos que jama´s se cumplen pero como el banco de España no sanciona jamás a las entidades finacieras pues hacen lo que les apetece. B) Porque aunque el Banco de España tras cambiar su criterio las haya justificado eso solo se da en algunas coasiones, que exita reclamación efectiva y que sea necesaria no siendo admisibles las reclamaciones automaticas. c) Por otra parte por lo que respecta a las visitas en el lugar de trabajo las mismas son del todo inadmisibles cuando se trate de visitas reiteradas, se comente en voz alta que eres un deudor por cuanto con ello se está vulnerando el deber de confidencialidad de la entidad y el del derecho al Honor. igual pasaria si te fueras a la cas del director para reclamarle que te devolviera las comisiones que te ha cobrado ilegalmente. No aceptes la firma de los contratos bajo ningún concepto. Suerte.
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Carlos Hernández 24/08/10 20:21
Ha respondido al tema Clausula suelo y techo
habria que vere cual es la redacción de la clausula así como lo que ponía la oferta vinculante cuya entrega es obligatoria aunque la hipoteca sea superior a 150.000 euros ( antes del 2007 cuando el préstamo era superior a 150.000 euros la OM de Transparencia de Préstamos hipotecarios no era aplicable y muchas enitdades no facilitaban oferta vinculante).
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Carlos Hernández 24/08/10 14:38
Ha respondido al tema Clausula suelo y techo
Gracias Ritxi70 Normalmente las clausulas suelo suponen la limitación del tipo de interés juntmente con el diferencial con un texto similar a este: "No obstante se pacta expresamente que el tipo de interés nominal anual minimo aplicable sera del 3,50". Ello supone el tipo de interés de referencia más diferencial. Por lo que si el suelo es el 2,25 mi respuesta es correcta. Otra cosa es que en la escritura se indicara que: "con independencia de cual sea la evolución a la baja del tipo de interés adoptado como referencia se pacta expresamente que el tipo minimo de interés adoptado como referencia no será inferior al 2,25 al cual habrá de añadirse el diferencial pactado en el contrato". En ese caso si que mi respuesta no sería correcta. por tanto haría falta saber cual es la redacción real de la clausula. En cualquier caso si la redacción no incluyera el diferencial a efectos de calculo del suelo ya se le indicó algunas herramientas para poder reclamar. En el caso de que no indique expresamente que el tipo de interés minimo aplicable NO incluye el diferencial se deberá entender que éste está incluido en el calculo a efectos del suelo. Dado que se trataría de una condicion general confusa predispuesta por el banco y en ese caso la interpretación debería ser a favor del consumidor.
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Carlos Hernández 23/08/10 14:08
Ha respondido al tema Clausula suelo y techo
Con un suelo de un 2,25 más un diferencial de un 1,1 la clausula suelo no se ha activado ( es decir que no te ha perjudicado) para ello el euribor a un año debería haber bajado del 1,15% lo que no se ha dado y de hecho ya está en el 1,40 así que no firmes nada. Si el euribor no ha bajado del 1,15 despues de lo que ha caido es complicado que lo haga, en cualquier caso si ello sucediera siemrpe tendrías la posibilidad e solictar su anulación, adjunto respuesta dada a otro post Para tu información Para aquellos que les interese se acaba de subir a la web http://www.nomasabusobancario.org/ la demanda tipo para solicitar la nulidad de la clausula suelo. Tambien en ella hay una carta tipo para reclamar al banco la nulidad de la clausula suelo ( y si eres un particular, no tienes miedo a gastar tinta de la impresora puedes adjuntar a la carta la demanda tipo al igual que hacen las empresas de recobro que adjuntan un borrador de demanda para que dar un mensaje de que se va en serio) La carta tipo está en http://www.nomasabusobancario.org/pg_articulo_nmab.php?art=20 La demanda tipo http://www.nomasabusobancario.org/pg_articulo_nmab.php?art=53 Suerte a los afectados por este expolio. Los de Baleares pueden reclamar judicialmente a su banco sin asumir coste alguno a través de ACUIB . [email protected]
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Carlos Hernández 05/08/10 13:03
Ha respondido al tema Suelo hipoteca
Para tu información Para aquellos que les interese se acaba de subir a la web http://www.nomasabusobancario.org/ la demanda tipo para solicitar la nulidad de la clausula suelo. Tambien en ella hay una carta tipo para reclamar al banco la nulidad de la clausula suelo ( y si eres un particular, no tienes miedo a gastar tinta de la impresora puedes adjuntar a la carta la demanda tipo al igual que hacen las empresas de recobro que adjuntan un borrador de demanda para que dar un mensaje de que se va en serio) La carta tipo está en http://www.nomasabusobancario.org/pg_articulo_nmab.php?art=20 La demanda tipo http://www.nomasabusobancario.org/pg_articulo_nmab.php?art=53 Suerte a los afectados por este expolio. Los de Baleares pueden reclamar judicialmente a su banco sin asumir coste alguno a través de ACUIB . [email protected]
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Carlos Hernández 03/08/10 12:01
Ha comentado en el artículo No más abuso bancario
Sr. Ross Hay dos tipos de incumplidores, aquellos que no quieren asumir sus compromisos y aquellos que no pueden. Las tasas de morosidad de años anteriores reflejan que la tasa de morosidad, el porcentaje de personas que incumplen sus obligaciones financieras era en epocas de bonanza practicamente 0 por lo que cabe deducir que la gente si tiene dinero para pagar, paga. la cuestión que se plantea es cual es la penalización que se puede imponer a las personas o empresas que no pueden pagar sus operaciones financieras. la situación actual se resume de este modo: las entidades financieras aplican intereses de hasta el 29%, además aplican comisiones por cada periodo de liquidación, los periodos de liquidación se han acortado pasando de periodos semestrales a mensuales con lo que un mismo descubierto puede generar una comisión de un 3 o un 4% durante un año lo que supone un coste sólo en comisiones de un 36 o un 48% en términos anuales. Las personas fisicas deberán de por vida las cantidades que no se hayan obtenido con la ejecución de sus viviendas. Esas cantidades generan diariamente el interés de demora pactado hasta el completo pago. Las entidades pueden ( y de hecho lo hacen) declarar vencido un prestamo hipotecario a 30 años por un retraso en el pago de 39 días y a partir de ese momento se generan intereses por la totalidad de la cantidad vencida. Entiendo que siendo absolutamente legitimo que las entidades financieras apliquen intereses de demora a los clientes que se retrasan en el pago lo que es un abuso, una aberración, un expolio consentido es la situación actual. Entiendo que cuando usted se refeiere a. "Me gustaria que nos aporte algún contrato bancario que justifique que estos son contrarios a la Ley o a la moral." quiere aludir a Sentencias que consideren estos intereses como abusivos. En un par de semanas le remitiré a la web donde se colgara un pdf con todas las sentencias que hemos podido localizar que indican que intereses de demora son abusivos Obviamente hay otros sectores que abusan de la gente via tarifas y presion politica ( electricas, telecomunicaciones, petroleras, farmaceuticas etc etc). Por ejemplo es incomprensible que la tarifa satandar de enviar un SMS siga siendo la misma desde hace 14 años 25 ptas/15 centimos y que llega al abusrdo que sea un 36% más barato enviar un SMS a FInlandia que al vecino de al lado porque europa decidió aplicar limites a las tarifas de sms en roaming o intinerancia la cuestión es que por alguno hay que empezar. Las soluciones maximalistas de todo o nada son imposibles de llevar a cabo. Ignoro el dato de facturación de mis compañeros por lo que respecta a mí caso como se deduce de la web ello no supone incremento de facturación sino de trabajo ya que las reclamaciones en contra de este abuso ( clausula suelo y proximamente intereses de demora) se realizan sin coste alguno para el consumidor. Sin animo de ser engreido creo que mi planteamiento es bastante serio, los intereses de demora que se aplican actualmente son una obscenidad y haré lo que pueda por intentar acabar con ellos ¿que hay muchas más cosas?, efectivamente, pero yo me apunto a luchar contra esta. Por cierto mucha suerte con la reclamación.
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Carlos Hernández 03/08/10 00:24
Ha respondido al tema Como quitar el suelo en las hipotecas
Para aquellos que les interese se acaba de subir a la web http://www.nomasabusobancario.org/ la demanda tipo para solicitar la nulidad de la clausula suelo. Tambien en ella hay una carta tipo para reclamar al banco la nulidad de la clausula suelo ( y si eres un particular, no tienes miedo a gastar tinta de la impresora puedes adjuntar a la carta la demanda tipo al igual que hacen las empresas de recobro que adjuntan un borrador de demanda para que dar un mensaje de que se va en serio) La carta tipo está en http://www.nomasabusobancario.org/pg_articulo_nmab.php?art=20 La demanda tipo http://www.nomasabusobancario.org/pg_articulo_nmab.php?art=53 Suerte a los afectados por este expolio. Los de Baleares pueden reclamar judicialmente a su banco sin asumir coste alguno a través de ACUIB . [email protected]
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Carlos Hernández 03/08/10 00:03
Ha comentado en el artículo No más abuso bancario
Bueno de hecho estos post me han motivado a acabar de una vez la demanda tipo para que cualquier Abogado pueda reclamar contra la clausula suelo y en el que se exponen en unas 45 paginas los argumentos con los que rebatir el argumento del Sr. Marc Ross de que hay que cumplir lo que está firmado y que el artículo era con finalidades comerciales. A mí como a todo el mundo me gusta vivir bien, lo que no tolero y haré lo que esté en mi mano para acabar con ello es que la gente viva bien a costa de las desgracias ajenas y chupándole como sanguijuelas en base a clausulas que hace muchos años deberían haber sido erradicadas de los contratos. La demanda contra la clausula suelo dentro de pocos minutos estará disponible en http://www.nomasabusobancario.org/pg_que_hacemos.php (lo siento pero no se como se incluyen hipervinculos en el texto) Y dentro de poco estará subida la de los intereses de demora ( junto con el centenar de sentencias que hemos recopilado). Así que muchas gracias Sr. Ross porque su comentario han conseguido redoblar mi empeño en poner un granito de arena para acabar con este abuso.
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Carlos Hernández 02/08/10 22:54
Ha comentado en el artículo No más abuso bancario
Efectivamente pero precisamente en epocas como esta es la unica posibildiad que hay para equiparar estas situaciones. hace 5 años cuando todo iba perfecto y la morosidad estaba en un 0.30 en hipotecas y el doble en general el interés de demora no afectaba a millones de personas. Ahora sí.
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Carlos Hernández 02/08/10 22:11
Ha comentado en el artículo No más abuso bancario
Para su información y aunque hasta la fecha ello no ha pasado le indico lo que se estipula en la solicitud de servicios que firman mis clientes En el caso de que se produjeran impagos por parte del solicitante los mismos devengarán el tipo de interés legal vigente en el momento del impago más cuatro puntos porcentuales hasta el momento de su completo pago. ( eso en la actualidad supone un 8%). Por lo que respecta a su razonamiento de que debemos acudir a lo que se firmó en su día antes el impago antes podía significar la prisión ( o incluso castigos corporales). El principio decimononico de que los pactos suscritos deben ser cumplidos fue corregido hace ya decadas por el de que los mismos no sean contrarios ni a la ley nia a la moral.Por otra parte el respeto a la voluntad de las partes cuando una de ellas es la que impone las condiciones hace ya decadas que también ha sido superado y por eso precisamente hay la Ley de condiciones generales de contratación y la normativa de defensa de consumidores que expresa las clausulas que aun siendo firmadas son abusivas En estos momentos en los que hay 1,3 millones de hogares con todas las familias en el paro, con un paro de un 20% de la población activa, con las ayudas y facilidades que se ha dado a las entidades financieras, con un tipo de interés del BCE al 1% la cuestión que se plantea es si resulta legitimo que lsa entidades financieras abusen de los más desfavorecidos (QUE SI NO PAGAN ES PORQUE NO PUEDEN) les pueden calzar un miserable 29% más comisiones que liquidados mensualmente pueden suponer tipos de interés reales de 60,70 e incluso un 168% (CASO REAL). Por lo que respecta a si es un argumento de venta cada uno opinará lo que considere de todos modos puede verificar que se llevan, y se continuaran realizando acciones desde la web nomasabusobancario.org sin que ello suponga coste alguno para los afectados por la clausula suelo, y proximamente para los intereses de demora.
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Carlos Hernández 02/08/10 21:56
Ha comentado en el artículo No más abuso bancario
El razonamiento de que es ridiculo enviar cartas a los Gobernantes parte de una premisa que entiendo equivocada desde el momento en que no vivimos en tiempos de Hernán Cortes ni se hacen sacrificios al sol ni existe la Santa Inquisición. La cuestión no es que no sean efectivas las cartas a los gobernantes sino cual es el numero minimo que es preciso que sea enviado para que lo sean. No quiero creer que si se enviaran, por poner un ejemplo, 10 millones de cartas al Sr. Rodriguez Zapatero solicitando que se limitaran los intereses de demora este haría oidos sordos a dicha petición que además únicamente sería contrariada por las entidades financieras.
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Carlos Hernández 27/03/10 17:59
Ha comentado en el artículo Acuerdo entre Mediadores y Caja Extremadura
Majestuosa metafora la de la perla negra. Aunque si esa practica está tan extendida lo oportuno sería una denuncia ante todos los organismos con posibles competencias Dirección general de seguros; Comisión Nacional de Competencia; y Agencia esañola de Protección de Datos por no hablar de temas penales derivados de la utilización de los datos que se derivan de su practica profesional para su propio beneficio. De todos ellos me quedo con la de datos ya que el tratamiento que dan a esos recibos no puede significar en ningun caso que se acceda al conocimiento de los datos contenidos en los recibos ni el conocimiento de dningun dato de la cuetna del cliente. Sería lo mismo que si correos abriera las cartas para saber que es lo que pone ahí y si ve cobros de seur hacer una contraoferta.
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Carlos Hernández 08/12/09 21:08
Ha respondido al tema Agobio con pagos y préstamo personal
Lo que se consigue es que si estas agobiado por diferentes deudas que sean de tarjetas y/ o prestamos personales y tras declararte en concurso es A) Posibilidad de conseguir una rebaja del importe adeudado B) Conseguir un aplazamiento en el pago de hasta cinco años C) Que los intereses, ordinarios y de demora se suspendan ( es decir no se generen) o en algunos supuestos se paguen, posteriormente, al tipo de interés legal, no el pactado. D) Evitas que se inicien los procesos de ejecución con los costes judiciales que se generan E) Tienes un elemento de negociación real Espero que con esto esté un poco más claro
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Carlos Hernández 06/12/09 14:51
Ha respondido al tema Agobio con pagos y préstamo personal
Lo siento no había quedado claro en el texto. La solución en caso de que no acepten voluntariamente la rebaja de intereses podría pasar por instar el concurso ya que en ese caso según dispone el art 59 de la Ley Concursal se suspenden los intereses y en todo caso se pueden cobrar al interes legal ( no al 25%). Por eso en los casos en los que los problemas derivan de prestamos personales y tarjetas ( es decir no hipotecas ya que estas no se suspenden si es sobre la vivienda familiar, artículo 56 de la LC) y se mantienen las fuentes de ingresos la solicitud de concurso voluntario puede ser una alternativa aconsejable. Ya que no se pueden iniciar ejecuciones con los costes judiciales así como los intereses ya sea los ordinarios como los de demora. En cuanto al coste que siempre se dice que es muy elevado. Falso. Si estás en situación de concurso ( es decir de lo que se conoce comunemente como de quiebra) puedes solicitar abogado y procurador de oficio con lo que no te cuestan un euro. Por lo que respecta a los honorarios de los administradores concursales habrá que ver en cada caso pero suelen ser muy inferiores a los intereses que se dejan de pagar.
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Carlos Hernández 03/12/09 19:13
Ha respondido al tema Agobio con pagos y préstamo personal
LAs tarjetas es posiblemente el mayor problema ya que las tengas a un tipo de interés de un 20 25%. La cuantía pendiente del préstamo no es muy grande así que como abogado que llevo bastantes años con temas como estos te puedoe asegurar que tu caso, mientras mantengas el trabajo es bastante viable. Mi primer consejo sería, aunque fuera duro, que si recibes paga extra vaya destinada a reducir la deuda de una de las tarjetas, si hay que comprar un par de juguetes a los niños este año mejor, con lo que te ahorres de intereses podrás comprarles regalos estupendos el próximo año. Rompe ya las tarjetas. Solicita una reducción del tipo de interés aplicable en la tarjeta, si no te hacen caso ya te explicaré que puedes hacer. Intenta pasar los prestamos de tarjetas al 20% a un personal a 5 años aunque pagues un tipo del 8-10% sera posiblemente inferior al que pagas actualmente por las tarjetas y será más comodo su devolución, si las cosas mejoran ya habrá tiempo de cancelarlo anticipadamente. Si el dinero escasea y tienes que optar sugiero que pagues el prestamo del coche antes que los de las tarjetas, el del coche es un prestamo formalizado ante notario que en caso de impago se puede declarar vencido el prestamo y ser reclmado judicialmente y embargado tu salrio, con las tarjetas el procedimiento es bastante más lento e incluso cabe la posibilidad de que declaren abusivo el tipo de interés de demora. En caso de reclamación judicial solicta un abogado de oficio. Finalmente si la cosa se pone fea puedes intentar un proceso ocncursal, en este caso aunque haya unos gastos de administrador judicial que pagarías cuando pudieras ( hay infindad de emrpesas que se declaran en concurso sin un euro en sus cuentas y los administradores no cobran) posiblemnte el acuerdo que se pudiera alcanzar con la empresa del prestamo y la de las tarjetas permitiria recomponer tu situación finacniera. Por el coste de abogado y procurador puede ser gratis si solictas justicia gratuita.
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