Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Carangana

Se registró el 08/05/2018
43
Publicaciones
3
Recomendaciones
1
Seguidores
Posición en Rankia
6.690
Posición último año
Carangana 22/04/21 16:19
Ha respondido al tema Valor de adquisición de un inmueble transmitido, para declarar en IRPF.
Gracias Juan. Pero, si como dices, las amortizaciones acumuladas durante el periodo en que ha estado alquilado se descuentan del precio de venta (y no de adquisición como dijiste en un principio), esa medida beneficia al contribuyente, que tendrá entonces menor incremento patrimonial......¡¡¡ Raro es que Hacienda beneficie al contribuyente..!!!. Gracias de nuevo, ya no insisto. Saludos. 
Ir a respuesta
Carangana 21/04/21 15:38
Ha respondido al tema Valor de adquisición de un inmueble transmitido, para declarar en IRPF.
Hola Juan. Muchas gracias por tu respuesta, veo que yo estaba equivocado respecto a los gastos a imputar.Sin embargo, hay una cosa que no llego a entender, discúlpame.Dices, o eso interpreto yo, que del valor de adquisición de la vivienda que se pagó en su día (incluyendo gastos), hay que descontar las amortizaciones del inmueble que se han ido aplicando en las declaraciones de renta de los distintos años en que ha estado alquilado (que son aproximadamente nueve o diez....)....¿Es eso lo que quieres decir exactamente..?. No lo había oído nunca, pero es verdad que esta situación es nueva para mí.....Perdona, te agradeceré me lo aclares para, en caso positivo, ir buscando las rentas presentadas en esos ejercicios.Muchas gracias. Un saludo.
Ir a respuesta
Carangana 16/04/21 16:40
Ha respondido al tema Piso heredado y alquilado, valor de adquisición a efectos de amortización.
Muchas gracias Berto27.Teóricamente se iba a vender la vivienda el pasado 12 de noviembre. Ya estábamos citados todos en el notario para ese día, pero el comprador, residente en Suecia y mayor, tuvo miedo de desplazarse aún teniendo justificante oficial para viajar con ese motivo, a pesar de estar confinados en nuestra Comunidad. Le propusimos la fórmula del Poder notarial a algún familiar residente aquí utilizando el consulado español, como tú indicas, pero era reacio a esa opción porque es un poco desconfiado y prefería personarse él cuando se pudiese.....La cuestión es que ahora tampoco puede hacerse esa maniobra, porque ya ha pasado más de un año desde el fallecimiento (2 de febrero de 2020), lo cual nos obliga a volver a tributar por la plusvalía municipal cuando llegue el momento de la venta, que a este paso no sabemos cuando podrá producirse vista la situación pandémica mundial............ ¡¡ Una lástima !!.Un cordial saludo.
Ir a respuesta
Carangana 20/08/20 12:10
Ha respondido al tema Venta de vivienda heredada sin haber pagado todavía la plusvalía municipal.
Muchas gracias por tu respuesta, Sabella.Sí, la vivienda ya está inscrita perfectamente en el registro de la propiedad a nombre de los herederos, y lo único que falta, como digo, es el pago de la plusvalía municipal por esa herencia. Opino que dicho trámite no interfiere en la próxima compraventa ni "salpica" al comprador.Un saludo.
Ir a respuesta
Carangana 27/07/20 16:07
Ha respondido al tema Saldos bancarios sujetos a herencia
 Hola Mbmbmb.Gracias por tu correo del sábado 25, aunque este asunto ya me desconcierta y no sé realmente qué derechos asisten a mi cuñado. Como expuse en mi primer comentario, y comparto tu criterio, la propiedad de los fondos es proporcional al número de titulares que intervienen en la cuenta bancaria. Así, en la cuenta inicial que hay todavía a nombre exclusivo de mis suegros, corresponde el 25% del saldo actual a cada uno de los cuatro hijos existentes, herederos todos ellos. Aquí no reside ninguna duda. Pero en la segunda cuenta, abierta tras el fallecimiento de mi suegro y a nombre de su esposa, todavía viva, y tres de sus hijos (el cuarto había renunciado verbalmente a su herencia, antes incluso de fallecer su padre), soy también de la opinión, en principio, de que al no renunciar finalmente a su parte, le correspondería el 6,25% del saldo total (1/4 de la cuarta parte, por herencia de su madre). Pero hay que tener en cuenta un matiz importante, y aquí es donde está el meollo de la cuestión: En esta cuenta última se han ido recogiendo ingresos procedentes del alquiler que ha generado el piso de los abuelos desde febrero, así como las arras recibidas, puesto que se estableció un contrato de alquiler con opción a compra, documento que firmaron TODOS LOS PROPIETARIOS DE LA VIVIENDA. Mi suegra todavía no había fallecido, pero al no haber testado, los cuatro hijos firmaron ese documento por la parte de su padre, ya fallecido. Es decir, el cuñado que iba a renunciar ya intervino en el contrato del bien que se venderá próximamente. Por lo tanto, él es beneficiario de la cuarta parte de la vivienda ahora que ambos cónyuges han fallecido, y cuando se venda habrá que deducir los alquileres percibidos hasta ese momento y las arras, todo ello en la cuenta bancaria donde él no es titular. Por lo tanto, existe algo parecido a un conflicto de intereses. Entonces, ¿qué prevalece más, qué tiene más peso, la titularidad real de la cuenta o la herencia que por ley le corresponde?.¿Qué figura debe determinar esta controversia?....¿Tal vez la Asesoría Jurídica del banco a la hora del reparto de saldos........?.Sobre los gastos, de los cuales tendría que asumir teóricamente un 25% a descontar de su parte, se han pagado con cargo a esta cuenta los de sepelio, abogado, comunidad y otros que no se podían atender en la cuenta inicial de mis suegros, porque el banco la bloqueó nada más fallecer el primer titular, mi suegro, a la espera de la testamentaría. Ahí es donde está el conflicto, porque esa cuenta donde no figura como titular, está vinculada a un bien inmueble que sí le pertenece por ley en su cuarta parte. Perdón por el extenso relato, hecho sin ánimo de aburrir. Muchas gracias. Un saludo. 
Ir a respuesta
Carangana 24/07/20 12:58
Ha respondido al tema Saldos bancarios sujetos a herencia
Muchas gracias Leopol72 por tu respuesta.La renuncia fue hecha verbalmente. Ojalá la hubiésemos obtenido por escrito y ante notario para no poder retractarse ahora.......!!!Un saludo.
Ir a respuesta
Carangana 24/07/20 12:56
Ha respondido al tema Saldos bancarios sujetos a herencia
Muchas gracias Mbmbmb. Me has ayudado mucho. Efectivamente me temía que eso era así, y como no hubo testamento de mis suegros, de la herencia corresponde un 25% a cada uno de sus cuatro hijos, tanto de la vivienda, que está alquilada y se venderá previsiblemente en agosto, como de los saldos bancarios, aunque él no figura como titular en ninguna de las dos cuentas.Cuando fuimos al notario a aceptar la herencia, le presentamos una nota con todos los gastos que habíamos tenido que asumir particularmente, fuera de los soportados a través del banco,  pero con eso no le podemos obligar a pagar su cuarta parte de ellos, depende de si tiene voluntad de hacerlo (que yo creo que no....). Otra cosa son los gastos pagados por la cuenta bancaria, que como él se llevará su parte del saldo actual tiene que asumir forzosamente la cuarta parte de esos gastos.Ojalá le hubiésemos hecho firmar la renuncia a la herencia de sus padres por escrito y ante notario antes del fallecimiento, pero solamente fue verbal, así que  "ajo y agua".Muchas gracias.Un saludo.
Ir a respuesta