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Campelon

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Campelon 20/06/18 15:19
Ha comentado en el artículo Pensión compensatoria y anualidades por alimentos en la Declaración de la Renta
Hola, Quisiera haceros una consulta. Llevo separado desde el 2013, con 3 hijos, la custodia era de la madre y estaba fijada en la sentencia, por el juez, la anualidad por alimentos. Durante estos años, no he puesto a los niños en mi declaración y he rellenado la casilla de la anualidad por alimentos. En el 2017, posamos de separación a divorcio con custodia compartida. Por lo que hasta septiembre estuve separado pagando pensión alimenticia y a partir de la sentencia de divorcio ya no he pasado la pensión: Como debo hacer la renta este año? Si me pongo a los niños (unidad familiar), por lo que he leído, no puedo usar la casilla 497 para desgravar alimentos. Pero como la unidad familiar se determina en la situación a 31/12, debo si o si poner a los niños conmigo?... o puedo no ponerlos y de esta manera no tengo el mínimo de contribuyente (de los niños) que parece que es lo incompatible con la casilla 497... No se si me he explicado! Gracias de todas formas.
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