En este caso no se trata de una inocentada.... yo cobro cheques de comida (210€) y guardería (400€) fuera de nómina, por lo que no están sujetos a retención. He oido hablar de ayudas para compra de equipos informáticos que la empresa puede pagarte del mismo modo. En mi caso es interesante porque sin esos 610€ aún estoy en el tope de cotización. De no ser así habría que valorar las ventajas e incnvenientes de acogerse a la medida.
Una pregunta relacionada con este tema. Las revisiones obligatorias por ley (4 ó 5 años en función del combustible) por cuenta de quién deben correr en el caso de viviendas en alquiler? ¿el inquilino o el arrendador?
Gracias por adelantado por vuestras respuestas?